
Las incompatibilidades de los funcionarios públicos
I. Qué se entiende por incompatibilidad de los funcionarios? Entendemos por incompatibilidad la imposibilidad de conciliar las funciones inherentes al puesto de funcionario público, con
Administrativando Abogados cuenta con uno de los principales blogs de Derecho Administrativo. En dicho espacio y a través de sus entradas, se abordan infinidad de temáticas, todas ellas relacionadas con el Derecho Administrativo y Contencioso – Administrativo.
Participan, a través de la elaboración de artículos, infinidad de colaboradores del más alto nivel, todos ellos expertos en la materia.
Este blog de Derecho Administrativo, también cuenta con un canal de YouTube, donde se comparten vídeos divulgativos sobre la disciplina y se reflexiona sobre cuestiones de actualidad de la materia.
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Administrativando Abogados cuenta con uno de los principales blogs de Derecho Administrativo. En dicho espacio y a través de sus entradas, se abordan infinidad de temáticas, todas ellas relacionadas con el Derecho Administrativo y Contencioso – Administrativo.
Participan, a través de la elaboración de artículos, infinidad de colaboradores del más alto nivel, todos ellos expertos en la materia.
Este blog de Derecho Administrativo, también cuenta con un canal de YouTube, donde se comparten vídeos divulgativos sobre la disciplina y se reflexiona sobre cuestiones de actualidad de la materia.
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I. Qué se entiende por incompatibilidad de los funcionarios? Entendemos por incompatibilidad la imposibilidad de conciliar las funciones inherentes al puesto de funcionario público, con el desempeño, bien por sí o mediante sustitución, de un segundo trabajo o cargo en el sector público, salvo los

I. Definición de CPV La nomenclatura CPV (CommonProcurementVocabulary – Vocabulario Común de Contratación Pública), resulta ser un sistema de identificación y categorización de todas las actividades económicas susceptibles de ser contratadas mediante licitación o concurso público en la Unión Europea. Un concepto similar, serían las

I. Notas introductorias sobre el recurso contencioso-administrativo El recurso contencioso-administrativo es un instrumento judicial que se interpone contra las disposiciones de carácter general o bien, contra los actos expresos y presuntos de la Administración pública (local, autonómica o estatal, así como determinados organismos públicos dependientes

Compartimos interesante artículo que aborda Dª. Luz Ruibal Pereira, Profesora Titular de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad de Santiago de Compostela. Vaya por delante que no pretendemos en estas líneas realizar un estudio jurídico en profundidad de la llamada tributación mínima global, ni

I. Cuestiones generales sobre el recurso especial en materia de contratación Como es sobradamente conocido, los actos dictados en el seno de un procedimiento de contratación pública serán susceptibles de ser impugnados mediante el recurso especial en materia de contratación el cual se contempla regulado

I. ¿Qué se entiende por reequilibrio económico en un contrato administrativo? La teoría general de la contratación pública se fundamenta en el principio de “riesgo y ventura” por el que el contratista asume los riesgos inherentes al contrato público. La esencia de la contratación general,

I. Los contratos del sector público: algunas cuestiones de interés Un contrato del sector público es aquel que se celebra con el fin de satisfacer necesidades de interés general. El mismo contiene las condiciones que han de respetarse en la ejecución de su objeto. Para

I. ¿En qué consisten las causas de inadmisión? Las causas de inadmisión del recurso contencioso-administrativo son para nosotros, en la práctica, las líneas rojas. Y es que, por ejemplo, en este orden jurisdiccional cabe que el recurso sea inadmitido de forma temprana. Es decir, es

I. ¿En qué consiste la demanda contencioso-administrativa? La demanda contencioso-administrativa es, como se le denomina en la práctica, uno de los escritos, junto con el de contestación a la demanda, rectores del procedimiento. La demanda contencioso-administrativa es el escrito en el que, en definitiva, la

I. Concepto de postulación La capacidad para realizar válidamente actos procesales es lo que denominamos postulación. Generalmente esta capacidad es negada a los ciudadanos salvo para ciertos procedimientos. En el resto de situaciones, éstos deben realizar las actuaciones a través de un abogado y/o un

I.- ¿Cuándo estamos ante una acumulación? La acumulación supone la unión, en un mismo proceso, de varias pretensiones o recursos para que sean tramitados y resueltos en una sola sentencia. Bajo la institución de la acumulación procesal, la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora

I. Regulación Como es sabido, la norma fundamental en materia fiscal, es la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (en adelante, “LGT”), aplicable a todas las Administraciones Tributarias de acuerdo con lo establecido en su artículo 1. El recurso de reposición ante Hacienda

I. ¿Para qué se determina la cuantía del recurso contencioso-administrativo y cuál es su régimen jurídico? La cuantía del recurso contencioso-administrativo es el valor de la pretensión de la demanda y establece el cauce procesal por el que se deberá dirigir la misma. Por ejemplo,

I. ¿Quiénes se consideran entidades del sector público y quiénes tienen el carácter de poderes adjudicadores? Al objeto de poder responder ambas preguntas, hemos de acudir al artículo 3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público por la que

I. ¿Qué es un expediente administrativo? Previamente a la publicación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante, LPACAP), no había ninguna definición en el ámbito procesal o administrativo de lo que debía entenderse por

I.- ¿Qué se entiende por vía de hecho administrativa? La vía de hecho administrativa se origina cuando la Administración Pública realiza una actuación fuera de su ámbito de competencia, esto es, por ejemplo, cuando se dicta un acto administrativo por un órgano manifiestamente incompetente o

I. La interposición del recurso contencioso-administrativo El recurso contencioso-administrativo y por consecuencia, su procedimiento correspondiente, se inicia mediante la presentación del escrito de interposición. Se trata de un escrito sencillo y sumamente técnico que jamás debe descuidarse. El escrito de interposición del recurso contencioso-administrativo es

I. ¿Qué son los poderes adjudicadores que no tienen condición de Administración Pública y cuál es su régimen jurídico? Como resulta de la denominación, los poderes adjudicadores no Administración Pública, son entidades que no se consideran Administración, pero tienen potestad para poder adjudicar contratos del

¿Cuándo hablamos de una expropiación forzosa? La expropiación forzosa se produce cuando por razones de utilidad pública o de interés social se lleva a cabo -previa indemnización- la privación de la propiedad privada o de derechos o intereses legítimos por parte de la Administración, siendo

I. Concepto y regulación El procedimiento de inspección tributaria, según lo establecido en el artículo 145 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (en adelante, “LGT”), tiene como finalidad comprobar e investigar el correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias y, si fuera
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Doctor en Derecho por la Universidad de Castilla-La Mancha, con la tesis: “Estudio y propuesta de revisión de la prerrogativa en los contratos administrativos”, que fue calificada con sobresaliente cum laude por el tribunal nombrado al efecto.
Asimismo ha realizado el Máster en “Derechos Fundamentales y Libertades Públicas” y el Máster en “Derecho de la Contratación Pública” de la Universidad de Castilla-La Mancha.
Cuenta con una experiencia profesional de dieciocho años, compaginando puestos tanto en el sector privado, en el ámbito de la abogacía y la asesoría jurídica, como en el sector público, ocupando destinos en la Consejería de Educación, Cultura y Deportes y en la Consejería de Economía, Empresas y Empleo de Castilla-La Mancha.
Igualmente, posee amplia experiencia en el ámbito del Derecho deportivo, habiendo sido, durante seis años, Secretario del Comité de Disciplina Deportiva de Castilla-La Mancha y Secretario del Consejo Regional de Deportes de dicha Comunidad Autónoma. De igual modo, fue el autor del Anteproyecto de la Ley 5/2015, de 26 de marzo, de la Actividad Física y el Deporte de Castilla-La Mancha.
En el ámbito de la docencia, es profesor en diversas titulaciones de Máster y postgrado del ámbito del Derecho administrativo en la Universidad de Castilla-La Mancha y ha sido docente de varios cursos para empleados públicos de la Diputación Provincial de Toledo y de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Finalmente, en el ámbito de la investigación del Derecho administrativo, ha participado en varios congresos y seminarios y posee media docena de trabajos publicados en distintos soportes.
De la mano de Administrativando Abogados, vuelve al ejercicio de la abogacía tras ser diputado de las Cortes de Castilla-La Mancha en su X Legislatura, participando durante la misma en la ponencia de veinticuatro leyes.
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Tras su paso por otras firmas donde adquirió una sólida base jurídica, se incorpora a Administrativando Abogados, participando en la defensa de todo tipo de expedientes sobre derecho administrativo.
Entre otras materias, interviene en procedimientos relacionados con derecho de aguas, funcionarios, responsabilidad patrimonial, sanciones administrativas, contratación pública , urbanismo y recursos contenciosos administrativos de toda índole.
Además de asesorar a empresas nacionales e internacionales, participa en la defensa de infinidad de Administraciones y Organismos Públicos. Es profesora de Derecho Administrativo en la Universidad Loyola y participa como miembros del tribunal de TFM en el Instituto Superior de Derecho y Economía de Madrid.
Asimismo, se ha ocupado del diseño y elaboración de diferentes jornadas docentes sobre Derecho Administrativo en la escuela de formación Administrativando Business School.
Tras cursar Administración y Dirección de Empresas en la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales ETEA (actualmente, Loyola), durante más de veinte años de ejercicio profesional, ha asumido la dirección financiera y contable en compañías nacionales e internacionales dedicadas a diferentes sectores de actividad.
Asimismo, de forma simultánea, en buena parte de tales empresas, se ha ocupado de llevar a cabo funciones de representación institucional.
Tras obtener premio extraordinario a su paso por la Universidad de Córdoba y preparar las oposiciones a la carrera judicial y fiscal, se incorporó a Aguayo Abogados, como firma especialista en Derecho Administrativo (hoy integrada en Ejaso ETL Global). Posteriormente, formó parte del equipo de Garrigues.
Fruto de su dilatada experiencia profesional de más de diez años, participa en la orientación y defensa de aquéllos procedimientos administrativos y contenciosos – administrativos de especial dificultad técnica, tanto a nivel nacional como internacional. Asimismo, es especialista en abordar recursos de casación contenciosos – administrativos, de amparo ante el Tribunal Constitucional e impugnaciones ante instancias supranacionales como el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
Igualmente, ha intervenido en procedimientos contenciosos – administrativos de máxima relevancia social como el Caso Alvia o la impugnación de la licitación de compra centralizada de Equipos de Protección Individual por parte de la Comunidad de Madrid, entre otros muchos.
Ostenta el cargo de coordinadora de relaciones institucionales en Administrativando Business School.
Tras preparar las oposiciones a la carrera judicial y fiscal, se incorporó al Departamento de Derecho Administrativo de la conocida firma Sanguino Abogados.
Defiende procedimientos de suma relevancia en la totalidad de áreas que configuran el Derecho Administrativo. Entre otras materias, es especialista en aguas, minas, medio ambiente, función pública, responsabilidad patrimonial, expropiación forzosa, contratación pública, urbanismo y procedimientos sancionadores.
Igualmente, interviene de forma regular ante la jurisdicción de lo Contencioso – Administrativo en todas sus instancias.
Asimismo, compagina su labor como docente impartiendo puntualmente máster class sobre derecho público en la Universidad Loyola Andalucía.
También ha asumido la dirección y orientación de diferentes cursos de experto en Derecho Administrativo, principalmente en las materias de responsabilidad patrimonial, expropiación forzosa y contencioso – administrativo.
Ostenta el cargo de coordinadora académica en Administrativando Business School.
Es profesor en Derecho Administrativo y contratación pública en el Instituto Superior de Derecho y Economía de Madrid.
Con anterioridad, ha formado parte de firmas jurídicas internacionales, como Martínez Echevarría & Rivera Abogados, con cargos de dirección en el Área de Derecho Administrativo.
Recientemente ha intervenido como coautor en el «Manual sobre el Contrato Menor», publicado por la Editorial Aranzadi.
Asimismo, imparte jornadas docentes en la Sección de Derecho Administrativo de Economist & Jurist y Administrativando Abogados. Entre otros eventos, conviene destacar la formación sobre la posible nulidad de las sanciones administrativas impuestas durante los estados de alarma a consecuencia de la Covid-19.
Ha defendido todo tipo de procedimientos de Derecho Administrativo y Contencioso – Administrativo y ante cualquier instancia.
Ostenta el cargo de director ejecutivo en Administrativando Business School.