
Caducidad de la acción sancionadora en materia de consumo
Cuando nos enfrentamos a la defensa de un expediente sancionador en materia de derecho administrativo, hemos de ser conscientes, de que no existe un plazo
Administrativando Abogados cuenta con uno de los principales blogs de Derecho Administrativo. En dicho espacio y a través de sus entradas, se abordan infinidad de temáticas, todas ellas relacionadas con el Derecho Administrativo y Contencioso – Administrativo.
Participan, a través de la elaboración de artículos, infinidad de colaboradores del más alto nivel, todos ellos expertos en la materia.
Este blog de Derecho Administrativo, también cuenta con un canal de YouTube, donde se comparten vídeos divulgativos sobre la disciplina y se reflexiona sobre cuestiones de actualidad de la materia.
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Cuando nos enfrentamos a la defensa de un expediente sancionador en materia de derecho administrativo, hemos de ser conscientes, de que no existe un plazo

Con cierta regularidad, nos encontramos con que el órgano de contratación en cuestión, en el seno de una licitación, publica una nota de aclaraciones o

Con cierta regularidad, se alega por aspirantes que hayan participado en procesos selectivos, que el Tribunal calificador ha tenido un trato de favor respecto de

Imaginemos que somos interesados en un procedimiento administrativo. Sin embargo, la Administración actuante, ha practicado una notificación defectuosa de la resolución que ponía fin a

¿Qué entendemos por incompetencia en el ámbito del Derecho Administrativo? Podríamos definirla como la ausencia de atribución legal de una determinada competencia a favor

¿Puede una Administración contratante imponer penalidades al contratista una vez que el contrato ha sido ejecutado y recepcionado sin reservas?. Aún cuando la cuestión no

La regulación de las medidas cautelares en el proceso contencioso administrativo de la LRJCA, se integra por un sistema general (artículo 129 a 134) y

¿De qué plazo dispone la Administración Pública contratante para iniciar y resolver un expediente de penalización al contratista por incumplimiento del contrato en cuestión?. La

Comparto artículo publicado hoy en CONFILEGAL en coautoría con D. José Enrique Candela Talavero, Secretario – Interventor de la Administración Local y, actualmente, Director de

Se requiere al licitador para que aporte la oportuna garantía provisional o definitiva. Sin embargo, la misma se constituye en cuantía inferior a la que

A la pregunta ¿cómo ha actuado la Administración Pública, desde el punto de vista jurídico, frente a la ciudadanía, en el contexto de crisis económica

Comparto con todos vosotros, entrevista que me ha realizado el Diario Córdoba y que ha sido publicada en el día de hoy:

Conviene traer a colación, la interpretación reiterada que sobre el instituto de la caducidad y sobre los efectos que puede comportar en procedimientos posteriores de

Tal y como nos hemos referido en otras entradas, cuando hablamos de “Derecho Administrativo”, extendiendo dicho concepto a la esfera judicial “Contencioso Administrativo”, nos hallamos inmersos

Las Federaciones deportivas, pese a que no han sido expresamente citadas en las diferentes normativas sobre contratación pública, sí que han sido consideradas como Poder

En ciertas ocasiones, principalmente en los pequeños municipios, se desconoce si un terreno determinado (normalmente camino o acceso), resulta ser de titularidad pública o privada.

Para lo bueno y para lo malo, los Pliegos rectores de la licitación vinculan a las partes (tanto a la Administración Contratante como al licitador).

Resulta frecuente, principalmente en términos municipales con escasa población, que terrenos que pertenecen al dominio público, sean parcialmente invadidos, cercados o cortados, por algún que

Con cierta regularidad, en Derecho Administrativo, nos encontramos con procedimientos de concurrencia competitiva que finalmente son declarados nulos o anulables por los Tribunales de Justicia

Tenemos nuevamente el placer de «escuchar», a través de este artículo, a nuestro colaborador José Enrique Candela Talavero, Secretario-Interventor de la Administración Local. Un problema que con
Administrativando Abogados cuenta con uno de los principales blogs de Derecho Administrativo. En dicho espacio y a través de sus entradas, se abordan infinidad de temáticas, todas ellas relacionadas con el Derecho Administrativo y Contencioso – Administrativo.
Participan, a través de la elaboración de artículos, infinidad de colaboradores del más alto nivel, todos ellos expertos en la materia.
Este blog de Derecho Administrativo, también cuenta con un canal de YouTube, donde se comparten vídeos divulgativos sobre la disciplina y se reflexiona sobre cuestiones de actualidad de la materia.
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Cuando nos enfrentamos a la defensa de un expediente sancionador en materia de derecho administrativo, hemos de ser conscientes, de que no existe un plazo de caducidad específico para que la Administración en cuestión, desde que tiene conocimientos de los supuestos y presuntos hechos infractores

Con cierta regularidad, nos encontramos con que el órgano de contratación en cuestión, en el seno de una licitación, publica una nota de aclaraciones o rectificación de errores materiales, en virtud de la cual modifica los pliegos rectores de la licitación en los extremos que

Con cierta regularidad, se alega por aspirantes que hayan participado en procesos selectivos, que el Tribunal calificador ha tenido un trato de favor respecto de uno o varios candidatos. Sin embargo, hemos de señalar que tal afirmación, deberá de estar suficientemente probada. Las meras conjeturas

Imaginemos que somos interesados en un procedimiento administrativo. Sin embargo, la Administración actuante, ha practicado una notificación defectuosa de la resolución que ponía fin a dicho expediente. Tal defecto puede ser, por ejemplo, porque lo haya comunicado a otro domicilio que no se corresponde con

¿Qué entendemos por incompetencia en el ámbito del Derecho Administrativo? Podríamos definirla como la ausencia de atribución legal de una determinada competencia a favor del órgano jurisdiccional administrativo, por lo que éste no puede ejercerla, ya que, de hacerlo, podrá conllevar la nulidad o

¿Puede una Administración contratante imponer penalidades al contratista una vez que el contrato ha sido ejecutado y recepcionado sin reservas?. Aún cuando la cuestión no está exenta de discusión y existen posturas encontradas al respecto, hemos de indicar que la corriente más asentada, pasa por

La regulación de las medidas cautelares en el proceso contencioso administrativo de la LRJCA, se integra por un sistema general (artículo 129 a 134) y dos supuestos especiales (artículo 135 y 136), y viene caracterizado por una serie de notas que han puesto de manifiesto

¿De qué plazo dispone la Administración Pública contratante para iniciar y resolver un expediente de penalización al contratista por incumplimiento del contrato en cuestión?. La respuesta, a mi parecer, es clara y evidente: tres meses desde que el incumplimiento se produjo. El conocido Informe 8/12,

Comparto artículo publicado hoy en CONFILEGAL en coautoría con D. José Enrique Candela Talavero, Secretario – Interventor de la Administración Local y, actualmente, Director de Urbanismo del Ayuntamiento de Utrera (Sevilla). El Gobierno de la Generalidad de Cataluña, no conforme con el contenido de la

Se requiere al licitador para que aporte la oportuna garantía provisional o definitiva. Sin embargo, la misma se constituye en cuantía inferior a la que corresponde. Habiendo transcurrido el preceptivo plazo para su aportación sin que se repare dicho error, cabe preguntarse, ¿nos hallamos ante

A la pregunta ¿cómo ha actuado la Administración Pública, desde el punto de vista jurídico, frente a la ciudadanía, en el contexto de crisis económica cuyos estragos aún seguimos padeciendo?, la respuesta, que resulta ser rotunda y sin reservas, no se hace esperar: desplegando con

Comparto con todos vosotros, entrevista que me ha realizado el Diario Córdoba y que ha sido publicada en el día de hoy:

Conviene traer a colación, la interpretación reiterada que sobre el instituto de la caducidad y sobre los efectos que puede comportar en procedimientos posteriores de gravámen, se viene efectuando por la jurisprudencia contencioso-administrativa (entre otras, en SSTS/III 24-febrero-2004 -casación 3754/2001, 5-octubre-2010 -casación 412/2008, 21-noviembre-2012 -casación

Tal y como nos hemos referido en otras entradas, cuando hablamos de “Derecho Administrativo”, extendiendo dicho concepto a la esfera judicial “Contencioso Administrativo”, nos hallamos inmersos en una disciplina de contenido y especialización sencillamente ilimitada. Enumeramos algunos ejemplos de las innumerables áreas de práctica que configuran

Las Federaciones deportivas, pese a que no han sido expresamente citadas en las diferentes normativas sobre contratación pública, sí que han sido consideradas como Poder Adjudicador No Administración Pública (PANAP). Sobre este particular, resulta muy ilustrativo el trabajo realizado al respecto por D. José Antonio

En ciertas ocasiones, principalmente en los pequeños municipios, se desconoce si un terreno determinado (normalmente camino o acceso), resulta ser de titularidad pública o privada. En tales casos, si existan evidencias de que tales terrenos pueden ser públicos, la Administración Local competente, debe de investigar

Para lo bueno y para lo malo, los Pliegos rectores de la licitación vinculan a las partes (tanto a la Administración Contratante como al licitador). Pudiera pensarse, que es una afirmación lógica, más que asentada y que resulta ser conocida. Sin embargo, muchos recurrentes no

Resulta frecuente, principalmente en términos municipales con escasa población, que terrenos que pertenecen al dominio público, sean parcialmente invadidos, cercados o cortados, por algún que otro ciudadano que quiere apoderarse de los mismos, aprovecharse de situaciones en los que no está clara su titularidad o

Con cierta regularidad, en Derecho Administrativo, nos encontramos con procedimientos de concurrencia competitiva que finalmente son declarados nulos o anulables por los Tribunales de Justicia pero que ya han sido ejecutados sin que, por tanto, sea posible retrotraer el procedimiento y realizar la oportunidad concesión

Tenemos nuevamente el placer de «escuchar», a través de este artículo, a nuestro colaborador José Enrique Candela Talavero, Secretario-Interventor de la Administración Local. Un problema que con frecuencia puede presentarse en los ayuntamientos, relacionado con la titularidad de la licencia de actividad, se produce cuando al ayuntamiento
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Doctor en Derecho por la Universidad de Castilla-La Mancha, con la tesis: “Estudio y propuesta de revisión de la prerrogativa en los contratos administrativos”, que fue calificada con sobresaliente cum laude por el tribunal nombrado al efecto.
Asimismo ha realizado el Máster en “Derechos Fundamentales y Libertades Públicas” y el Máster en “Derecho de la Contratación Pública” de la Universidad de Castilla-La Mancha.
Cuenta con una experiencia profesional de dieciocho años, compaginando puestos tanto en el sector privado, en el ámbito de la abogacía y la asesoría jurídica, como en el sector público, ocupando destinos en la Consejería de Educación, Cultura y Deportes y en la Consejería de Economía, Empresas y Empleo de Castilla-La Mancha.
Igualmente, posee amplia experiencia en el ámbito del Derecho deportivo, habiendo sido, durante seis años, Secretario del Comité de Disciplina Deportiva de Castilla-La Mancha y Secretario del Consejo Regional de Deportes de dicha Comunidad Autónoma. De igual modo, fue el autor del Anteproyecto de la Ley 5/2015, de 26 de marzo, de la Actividad Física y el Deporte de Castilla-La Mancha.
En el ámbito de la docencia, es profesor en diversas titulaciones de Máster y postgrado del ámbito del Derecho administrativo en la Universidad de Castilla-La Mancha y ha sido docente de varios cursos para empleados públicos de la Diputación Provincial de Toledo y de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Finalmente, en el ámbito de la investigación del Derecho administrativo, ha participado en varios congresos y seminarios y posee media docena de trabajos publicados en distintos soportes.
De la mano de Administrativando Abogados, vuelve al ejercicio de la abogacía tras ser diputado de las Cortes de Castilla-La Mancha en su X Legislatura, participando durante la misma en la ponencia de veinticuatro leyes.
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Tras su paso por otras firmas donde adquirió una sólida base jurídica, se incorpora a Administrativando Abogados, participando en la defensa de todo tipo de expedientes sobre derecho administrativo.
Entre otras materias, interviene en procedimientos relacionados con derecho de aguas, funcionarios, responsabilidad patrimonial, sanciones administrativas, contratación pública , urbanismo y recursos contenciosos administrativos de toda índole.
Además de asesorar a empresas nacionales e internacionales, participa en la defensa de infinidad de Administraciones y Organismos Públicos. Es profesora de Derecho Administrativo en la Universidad Loyola y participa como miembros del tribunal de TFM en el Instituto Superior de Derecho y Economía de Madrid.
Asimismo, se ha ocupado del diseño y elaboración de diferentes jornadas docentes sobre Derecho Administrativo en la escuela de formación Administrativando Business School.
Tras cursar Administración y Dirección de Empresas en la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales ETEA (actualmente, Loyola), durante más de veinte años de ejercicio profesional, ha asumido la dirección financiera y contable en compañías nacionales e internacionales dedicadas a diferentes sectores de actividad.
Asimismo, de forma simultánea, en buena parte de tales empresas, se ha ocupado de llevar a cabo funciones de representación institucional.
Tras obtener premio extraordinario a su paso por la Universidad de Córdoba y preparar las oposiciones a la carrera judicial y fiscal, se incorporó a Aguayo Abogados, como firma especialista en Derecho Administrativo (hoy integrada en Ejaso ETL Global). Posteriormente, formó parte del equipo de Garrigues.
Fruto de su dilatada experiencia profesional de más de diez años, participa en la orientación y defensa de aquéllos procedimientos administrativos y contenciosos – administrativos de especial dificultad técnica, tanto a nivel nacional como internacional. Asimismo, es especialista en abordar recursos de casación contenciosos – administrativos, de amparo ante el Tribunal Constitucional e impugnaciones ante instancias supranacionales como el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
Igualmente, ha intervenido en procedimientos contenciosos – administrativos de máxima relevancia social como el Caso Alvia o la impugnación de la licitación de compra centralizada de Equipos de Protección Individual por parte de la Comunidad de Madrid, entre otros muchos.
Ostenta el cargo de coordinadora de relaciones institucionales en Administrativando Business School.
Tras preparar las oposiciones a la carrera judicial y fiscal, se incorporó al Departamento de Derecho Administrativo de la conocida firma Sanguino Abogados.
Defiende procedimientos de suma relevancia en la totalidad de áreas que configuran el Derecho Administrativo. Entre otras materias, es especialista en aguas, minas, medio ambiente, función pública, responsabilidad patrimonial, expropiación forzosa, contratación pública, urbanismo y procedimientos sancionadores.
Igualmente, interviene de forma regular ante la jurisdicción de lo Contencioso – Administrativo en todas sus instancias.
Asimismo, compagina su labor como docente impartiendo puntualmente máster class sobre derecho público en la Universidad Loyola Andalucía.
También ha asumido la dirección y orientación de diferentes cursos de experto en Derecho Administrativo, principalmente en las materias de responsabilidad patrimonial, expropiación forzosa y contencioso – administrativo.
Ostenta el cargo de coordinadora académica en Administrativando Business School.
Es profesor en Derecho Administrativo y contratación pública en el Instituto Superior de Derecho y Economía de Madrid.
Con anterioridad, ha formado parte de firmas jurídicas internacionales, como Martínez Echevarría & Rivera Abogados, con cargos de dirección en el Área de Derecho Administrativo.
Recientemente ha intervenido como coautor en el «Manual sobre el Contrato Menor», publicado por la Editorial Aranzadi.
Asimismo, imparte jornadas docentes en la Sección de Derecho Administrativo de Economist & Jurist y Administrativando Abogados. Entre otros eventos, conviene destacar la formación sobre la posible nulidad de las sanciones administrativas impuestas durante los estados de alarma a consecuencia de la Covid-19.
Ha defendido todo tipo de procedimientos de Derecho Administrativo y Contencioso – Administrativo y ante cualquier instancia.
Ostenta el cargo de director ejecutivo en Administrativando Business School.