I. ¿En qué consiste y para qué sirve el modelo de escrito contra la inactividad de la Administración?
El modelo de escrito contra la inactividad de la Administración consiste en una reclamación previa a través de la cual se exige el cumplimiento de una prestación concreta. Este modelo de escrito sirve para instar a la Administración a resolver un procedimiento tras el vencimiento del plazo máximo, amparándose en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, lo que obliga a la Administración a dictar resolución expresa, incluso tras el vencimiento del plazo.II. ¿Qué se entiende por inactividad de la Administración?
La inactividad administrativa es la pasividad de la Administración en relación a una prestación o actuación concreta que debe de ejecutar o, cuando no lleve a cabo o materialice sus propios actos. Dicho en otras palabras, la inactividad de la Administración es entendida como la ausencia de actuación por parte de la administración pública en el cumplimiento de sus deberes legales, vulnerando un derecho fundamental a obtener una resolución expresa reconocido en el artículo 24 de la Constitución Española y desarrollado en la Ley 39/2015. Para profundizar sobre este tema, se puede consultar nuestro artículo «Inactividad de la Administración» no debe de confundirse con «silencio administrativo»III. Fases en las que se articula el reclamo por inactividad
El reclamo por inactividad se articula en dos fases:- La primera de ellas es la fase administrativa en la cual se presenta el escrito contra la inactividad de la Administración, para tratar de forzar la respuesta o resolución expresa de la Administración, fundamentado en el artículo 21 de la Ley 39/2015, el cual prevé la obligación que tiene la Administración de dictar resolución expresa y notificarla en todos los procedimientos cualquiera que sea su forma de iniciación.
- La segunda, sería la fase judicial, en la cual se puede interponer recurso contencioso-administrativo por inactividad, si tras reclamar administrativamente pasan 3 meses sin respuesta. En este caso, el recurso se interpone fundamentado en el artículo 29.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, (en lo sucesivo, denominada LRJCA), con la finalidad de que un juez condene a la Administración a realizar la prestación o el acto concreto al que está obligada por ley.
IV. ¿Quién puede presentar el escrito contra la inactividad de la Administración?
El escrito de reclamo por inactividad administrativa puede ser presentado por quienes ostenten la condición de interesados, lo cual incluye a:- Personas físicas o jurídicas que tengan un derecho subjetivo o un interés legítimo afectado por la inacción de la Administración.
- Corporaciones, asociaciones y sindicatos, que actúen en defensa de intereses colectivos legítimos.
- Quienes, en virtud de una ley, contrato o acto administrativo firme, tengan derecho a una prestación material que la Administración no está realizando.
V. ¿Dónde se presenta el escrito contra la inactividad de la Administración?
Para que el reclamo sea válido, debe quedar constancia oficial, en ese sentido, el modelo de escrito contra la inactividad de la Administración se puede presentar:- El Registro Electrónico General de la Administración General del Estado.
- Las sedes electrónicas específicas de cada organismo (por ejemplo, Ayuntamientos, Comunidades Autónomas, entre otras).
VI. ¿Cómo se lleva a cabo el procedimiento de requerimiento previo por inactividad de la Administración?
- Lo primero que se debe hacer antes de presentar el escrito contra la inactividad de la Administración, es identificar el tipo de inactividad de que se trate, sea esta:
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- Inactividad material, conforme a lo previsto en el artículo 29.1 de la LRJCA, cuando la Administración no realiza una prestación concreta a la que está obligada.
- Inactividad en la ejecución, la cual se produce cuando la Administración no ejecuta sus propios actos firmes, conforme lo establece el artículo 29.2 de la LRJCA.
- Seguidamente, se procederá con la presentación del escrito contra la inactividad de la Administración, en este escrito se deberá incluir:
- Identificación del solicitante y del expediente.
- Fundamentación legal, en donde se deberá hacer mención expresa del artículo 29 de la LRJCA, solicitando el cumplimiento de la obligación en el plazo legal.
- Descripción detallada de la prestación omitida por la Administración.
- Presentado el requerimiento mediante escrito contra la inactividad de la Administración, se abre un periodo de espera obligatorio antes de poder acudir a la vía judicial. Este periodo por regla general es de 3 meses. Si luego de transcurrido ese periodo la Administración no actúa, tienes dos meses más para interponer el recurso contencioso-administrativo. No obstante, en el caso de ejecución de actos firmes, el plazo de espera se reduce a un mes, si transcurrido el plazo la Administración no ejecuta, se tendrán dos meses para demandar e interponer recurso contencioso-administrativo, conforme lo previsto en el artículo 46 de la LRJCA.


