I. ¿Qué significa ser funcionario?
El funcionario es aquella persona que en virtud de un nombramiento legal se encuentra vinculada a una Administración Pública por una relación estatutaria regulada por el Derecho Administrativo para el desempeño de servicios profesionales retribuidos de carácter permanente, como sería el caso del ejercicio de funciones que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio de las potestades públicas o en la salvaguardia de los intereses generales del Estado y de las Administraciones Públicas. En ese sentido, conociendo en qué consiste el trabajo del funcionariado público es oportuno conocer, cuáles son las ventajas para este tipo de personal, es decir, cuáles son las ventajas de ser funcionario en España.
II. Ventajas de ser funcionario desde el punto de vista de la estabilidad en el empleo público
Desde el punto de vista de la estabilidad en el empleo público, una de las ventajas de ser funcionario (configurándose quizás en uno de los principales aspectos a tomar en consideración al momento de opositar), radica en la estabilidad que ofrece el empleo público, siempre y cuando se cumplan con las obligaciones laborales correspondientes. La estabilidad laboral de los funcionarios supone que únicamente pueden ser despedidos bajo circunstancias excepcionales, lo que aleja el uso clientelar del empleo público, ya que imposibilita que la continuidad laboral de los funcionarios dependa de los políticos de turno. Por otra parte, la estabilidad laboral reduce los costes asociados a la rotación excesiva de funcionarios, permitiendo ofrecerle mayores incentivos a la plantilla laboral. Por último, la estabilidad laboral, permite a los funcionarios, además, optar a una jubilación y a la seguridad social.
III. Ventajas de ser funcionario desde el punto de vista de la seguridad financiera
Desde el punto de vista de la seguridad financiera, podemos mencionar como ventajas de ser funcionario y en sintonía con la estabilidad laboral que, el funcionario público recibe y tiene asegurado toda su trayectoria laboral, percibiendo retribuciones básicas y complementarias, siendo las retribuciones básicas las que retribuyen al funcionario según la adscripción de su cuerpo o escala a un determinado Subgrupo o Grupo de clasificación profesional, en el supuesto de que éste no tenga Subgrupo, y por su antigüedad en el mismo.
En éstas se encuentran comprendidas los componentes de sueldo y trienios de las pagas extraordinarias.
Por otro lado, las retribuciones complementarias son las que retribuyen las características de los puestos de trabajo, la carrera profesional o el desempeño, rendimiento o resultados alcanzados por el funcionario.
Asimismo, se observa dentro de las ventajas de ser funcionario, que los mismos, podrán percibir pagas extraordinarias, las cuales serán dos al año, cada una por el importe de una mensualidad de retribuciones básicas y de la totalidad de las retribuciones complementarias, retribuciones que serán fijadas en función de la escala o grupo al cual pertenezca y se ajustan periódicamente en función de la inflación u otros factores.
IV. Ventajas de ser funcionario desde el punto de vista de los beneficios obtenidos en la prestación del servicio
Las ventajas de ser funcionario, desde el punto de vista de los beneficios obtenidos en la prestación del servicio, radican en:
1.- La jornada de trabajo y flexibilidad en los horarios. En ese sentido, los funcionarios tienen una jornada definida y horarios estables de 37,5 horas semanales. No obstante, en algunos casos, se pueden establecer horarios flexibles o jornadas reducidas para adaptarse a necesidades específicas, como conciliación laboral y familiar.
2.- Los permisos remunerados a los cuales pueden tener derecho los funcionarios, siempre que medie alguna de las causas legales previstas en los artículos 48 y 49 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), tales como: permisos por enfermedad, permisos para asuntos familiares o personales, permisos para realizar exámenes, permisos por matrimonio, permisos para conciliación, permisos por asuntos particulares, entre otros.
3.- Los funcionarios públicos tendrán derecho a disfrutar, durante cada año natural, de unas vacaciones retribuidas de veintidós días hábiles, o de los días que correspondan proporcionalmente si el tiempo de servicio durante el año fue menor (no se considerarán como días hábiles los sábados).
Es importante destacar como otra ventaja de ser funcionario, que, en los casos de conclusión de la relación de servicios de los funcionarios públicos por causas ajenas a la voluntad de éstos, tendrán derecho a solicitar el abono de una compensación económica por las vacaciones devengadas y no disfrutadas; y en particular, en los casos de jubilación por incapacidad permanente o por fallecimiento, hasta un máximo de dieciocho meses.
4.- Días festivos: Los funcionarios también tendrán derecho a días festivos oficiales, los cuales son establecidos por Ley y suelen incluir festividades nacionales, regionales y locales.
V. Ventajas de ser funcionario desde el punto de vista de la carrera profesional y la promoción interna
Otra de las ventajas de ser funcionario se encuentra precisamente desde el punto de vista de la carrera profesional y la promoción interna, en el sentido que, tendrán oportunidades de ascensos y expectativas de progreso profesional conforme a los principios de igualdad, mérito y capacidad.
Con base en lo anterior, los funcionarios gozarán de la carrera profesional aplicable en cada ámbito que podrán consistir, entre otras, en la aplicación aislada o simultánea de alguna o algunas de las siguientes modalidades:
- Carrera horizontal, que consiste en la progresión de grado, categoría, escalón u otros conceptos análogos, sin necesidad de cambiar de puesto de trabajo.
- Carrera vertical, que consiste en el ascenso en la estructura de puestos de trabajo por los procedimientos de provisión establecidos en el EBEP.
- Promoción interna vertical, que consiste en el ascenso desde un cuerpo o escala de un Subgrupo, o Grupo de clasificación profesional en el supuesto de que éste no tenga Subgrupo, a otro superior.
- Promoción interna horizontal, que consiste en el acceso a cuerpos o escalas del mismo Subgrupo profesional.
VI. Ventajas de ser funcionario desde el punto de vista de los derechos laborales de seguridad social y jubilación
Desde el punto de vista de los derechos laborales a la seguridad social y jubilación, tenemos como ventajas de ser funcionario¸ que obligatoriamente, los funcionarios se registrarán como mutualistas, a la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, en el momento de la toma de posesión de su cargo, cuando adquieran la condición de funcionario, lo cual, a su vez, les da derecho a las siguientes prestaciones:
- Asistencia sanitaria, lo cual comprende servicios de atención primaria, prestación farmacéutica y prestación complementaria.
- Subsidios por incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural.
- Prestaciones recuperadoras por incapacidad permanente total, absoluta y gran invalidez.
- Prestaciones para la remuneración de la persona encargada de la asistencia del gran inválido.
- Indemnizaciones por lesiones, mutilaciones o deformidades causadas por enfermedad profesional o en acto de servicio o como consecuencia de él.
- Servicios sociales.
- Asistencia social.
- Prestaciones familiares por hijo a cargo minusválido.
- Ayudas económicas en los casos de parto múltiple.
De igual manera, destacan como ventajas de ser funcionario los derechos pasivos que como tales tienen, como sería el caso del derecho a una jubilación, sea ésta voluntaria (a solicitud del funcionario) o forzosa (al cumplir la edad legalmente establecida.


