La Audiencia Nacional ha estimado paralizar cautelarmente el proceso selectivo extraordinario para el acceso por el turno libre al Cuerpo de Letrados por el sistema de concurso de méritos, tal y como había solicitado el Colegio Nacional de Letrados de la Administración de Justicia. Los letrados consideran que el concurso de méritos perjudica la calidad del proceso selectivo, abriendo la puerta a la subjetividad en la valoración de méritos.
Los letrados de la Administración de Justicia han mantenido en los últimos tiempos una huelga indefinida en reclamación de sus derechos económicos, que ha supuesto una importante paralización en los procesos judiciales. Una situación que ha coincidido con un importante auto de la Audiencia Nacional, el pasado 10 de marzo, por el que se estimaba el recurso presentado por la Administración de Justicia por el que se solicitaba la suspensión cautelar de la Orden JUS/1318/2022, de 27 de diciembre, que convocaba el proceso selectivo extraordinario para el acceso por el turno libre al Cuerpo de Letrados por el sistema de concurso de méritos.
Los letrados consideran que dicha orden vulnera los principios de igualdad, mérito y capacidad para acceder a la función pública al modificar la oposición, que es el sistema de acceso ordinario, por un concurso de méritos.
Decisión de la Audiencia Nacional
La suspensión cautelar se acuerda en base a lo dispuesto por el artículo 442 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), que establece que “los funcionarios del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia serán seleccionados mediante convocatoria del Ministerio de Justicia, a través de los sistemas de oposición, que será el sistema ordinario de ingreso, o de concurso-oposición libre, que tendrá carácter excepcional. Ambos procedimientos deberán garantizar, en todo caso, los principios de igualdad, mérito, capacidad y también de publicidad, en la forma en que dispone esta ley orgánica y las disposiciones reglamentarias que la desarrollen”, no dando opción a concurso de méritos.
En su recurso, los letrados solicitaban la paralización cautelar de la convocatoria, mientras se resuelve si finalmente se acepta su petición de anular el concurso de méritos, de manera que el único sistema de acceso al Cuerpo sea la oposición, tal y como establece la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Los recurrentes señalan también en su recurso que el concurso de méritos perjudica la calidad del proceso selectivo y posibilita la subjetividad en la valoración de los méritos. Además, supone pasar por alto la dedicación de los opositores que se encuentran a la espera de la convocatoria de la oposición en la oferta de empleo público de 2022. “Con ello se compromete el cumplimiento del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia que comprometió España con las instituciones europeas, establecido en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y el Consejo, de 12 de febrero de 2021”, según apuntan.
En función de la petición de los letrados, la Audiencia Nacional estima la adopción de la medida cautelar, entendiendo que concurren los requisitos de apariencia de buen derecho, en tanto que la convocatoria impugnada puede vulnerar el sistema ordinario de acceso al Cuerpo de Letrados.
Entiende la Audiencia Nacional que, asimismo, la ejecución del acto impugnado puede hacer perder la finalidad del recurso y, valorando los intereses en juego, concluye que, de no adoptarse la medida de suspensión cautelar del proceso, son mayores los males que provocaría la continuación del proceso mientras se resuelve el recurso principal, en tanto que se posibilitaría el acceso a la administración de nuevos letrados, consolidándose situaciones de difícil retroacción, al amparo del principio de buena fe.
Extrapolación a otros casos
El pronunciamiento de la Audiencia Nacional podría extrapolarse a otros casos. Administrativando Abogados está planteando, en nombre y representación de diversos colectivos, como por ejemplo la Asociación Defensa Turno libre, demandas similares para la paralización de los procesos para el ingreso en la función pública por un sistema distinto al de oposición o concurso oposición.
En este sentido, el despacho también tiene recurridos diferentes procesos selectivos de varios cuerpos del Estado del subgrupo A1, reivindicando que el acceso de los aspirantes lo sea en condiciones de igualdad y con una valoración de méritos razonable.
La suspensión cautelar del concurso de méritos de letrados de la Administración de Justicia es importante por su excepcionalidad. La paralización de un proceso selectivo de estas características no es usual, y puede servir de ejemplo en otros muchos casos, salvando las diferencias y casuística de cada reclamación.
El Colegio Nacional de Letrados de la Administración de Justicia, por su parte, señala que “lo que debe hacer el Ministerio es convocar cuanto antes la oposición correspondiente a la oferta de empleo público de 2022, que aún sigue esperando”.