Regularización de personas extranjeras en España. ¿Qué debes saber?

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I. ¿En qué consiste la regularización?

La regularización consiste en el proceso legal mediante el cual una persona extranjera que se encuentra en situación irregular obtiene una autorización de residencia y trabajo, promoviendo no solo la legalidad administrativa, sino el reconocimiento efectivo de derechos, la protección de la unidad familiar y la integración en la vida económica y social del país.

II. ¿Cuáles son las vías para obtener la regularización en España?

La regularización en España para el año 2026, se puede obtener mediante:

  1. La vía extraordinaria y masiva, se explica a continuación.
  2. La vía ordinaria fundamentada en el Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

III. ¿Cuál es el alcance de la regularización?

El alcance del proyecto se dirige principalmente a personas que ya se encuentran en España desde hace tiempo y que han quedado fuera de los cauces ordinarios de regularización, incluidas aquellas con solicitudes de protección internacional pendientes o denegadas que no han podido acogerse a las distintas figuras de arraigo. La medida se aplicará con carácter general, sin distinción de nacionalidad, siempre que se cumplan los requisitos establecidos. Además, el proceso permitirá la regularización simultánea de los hijos e hijas menores de las personas solicitantes que se encuentren en España, cuyo permiso será de 5 años.

IV. ¿Cómo se tramitará la regulación?

La decisión del Gobierno de abordar esta medida mediante la modificación del Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, permite que la regularización se implemente de forma inmediata una vez sea publicado el Real Decreto, sin necesidad de convalidación parlamentaria.

V. ¿Cuál es la finalidad de la regulación extraordinaria?

La regularización extraordinaria permitirá integrar plenamente a miles de personas que ya viven, trabajan y contribuyen al tejido social y económico de España. Las empresas obtendrán seguridad jurídica y acceso a mano de obra regularizada y protegida, fundamental en sectores clave de la economía nacional. Al mismo tiempo, quienes regularicen su situación se beneficiarán del acceso a derechos sociales, laborales y sanitarios, superando la vulnerabilidad derivada de la irregularidad administrativa.

VI. ¿A quién va dirigida la regularización?

La regularización estará dirigida a aquellos extranjeros que, al 31 de diciembre de 2025, llevaran al menos 5 meses viviendo en España. También se podrán acoger quienes hayan presentado una solicitud de protección internacional antes de esa fecha.

VII. ¿Qué requisitos se han de cumplir?

El principal requisito es haber estado de manera continuada y como mínimo cinco meses en España antes del 31 de diciembre de 2025. En ese sentido, para acreditar la permanencia en España, habrá que presentar «cualquier documento público, privado o una combinación de ambos». En este caso, podrán ser documentos como el empadronamiento, contratos de alquiler, informes de citas médicas o certificados de asistencia a recursos sociales.

Pero también se podrá acreditar con los justificantes de envío de remesas, algo que es una demanda de diversas entidades sociales por las dificultades que suelen tener las personas en situación irregular para acceder al padrón o a contratos oficiales de cualquier tipo.

En el caso de los solicitantes de protección internacional, deberán acreditar la presentación de su solicitud antes de esa fecha.

Otro de los requisitos indispensables es carecer de antecedentes penales, ni que suponga una amenaza para el orden público.

VIII. ¿Qué beneficios se obtienen con la regularización?

Los solicitantes que reúnan los requisitos obtendrán una autorización inicial de residencia legal en España, con una vigencia de un año, y transcurrido ese plazo, podrán incorporarse a las figuras previstas en el Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

Este permiso les permitirá trabajar en cualquier sector y en cualquier región del territorio nacional desde el momento en que la solicitud sea admitida a trámite, beneficiando así tanto al trabajador, que podrá acceder a derechos laborales y protección social, como a las empresas, que verán reforzada la seguridad jurídica en sus relaciones laborales.

IX. ¿Qué garantías ofrece la regulación extraordinaria?

Una de las garantías que tendrá esta medida –de regularización-, es que, tras presentarse la solicitud de regularización, quedarán suspendidos todos los procedimientos de retorno, así como las órdenes de expulsión por motivos administrativos o por trabajar sin permiso que la persona solicitante pueda tener.

X. ¿Cuál será el plazo para solicitar la regularización?

Se prevé que el plazo para presentar solicitudes abra en abril de 2026 y finalice el 30 de junio de 2026.

No obstante, se deberá aguardar la publicación del respectivo Decreto en el Boletín Oficial del Estado, para tener certeza sobre los detalles de la medida extraordinaria.

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David Muñoz Zapata

Director

Doctor en Derecho por la Universidad de Castilla-La Mancha, con la tesis: “Estudio y propuesta de revisión de la prerrogativa en los contratos administrativos”, que fue calificada con sobresaliente cum laude por el tribunal nombrado al efecto.

Asimismo ha realizado el Máster en “Derechos Fundamentales y Libertades Públicas” y el Máster en “Derecho de la Contratación Pública” de la Universidad de Castilla-La Mancha.

Cuenta con una experiencia profesional de dieciocho años, compaginando puestos tanto en el sector privado, en el ámbito de la abogacía y la asesoría jurídica, como en el sector público, ocupando destinos en la Consejería de Educación, Cultura y Deportes y en la Consejería de Economía, Empresas y Empleo de Castilla-La Mancha.

Igualmente, posee amplia experiencia en el ámbito del Derecho deportivo, habiendo sido, durante seis años, Secretario del Comité de Disciplina Deportiva de Castilla-La Mancha y Secretario del Consejo Regional de Deportes de dicha Comunidad Autónoma. De igual modo, fue el autor del Anteproyecto de la Ley 5/2015, de 26 de marzo, de la Actividad Física y el Deporte de Castilla-La Mancha.

En el ámbito de la docencia, es profesor en diversas titulaciones de Máster y postgrado del ámbito del Derecho administrativo en la Universidad de Castilla-La Mancha y ha sido docente de varios cursos para empleados públicos de la Diputación Provincial de Toledo y de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Finalmente, en el ámbito de la investigación del Derecho administrativo, ha participado en varios congresos y seminarios y posee media docena de trabajos publicados en distintos soportes.

De la mano de Administrativando Abogados, vuelve al ejercicio de la abogacía tras ser diputado de las Cortes de Castilla-La Mancha en su X Legislatura, participando durante la misma en la ponencia de veinticuatro leyes.

Adela Merino León

Asociada Senior

Tras su paso por otras firmas donde adquirió una sólida base jurídica, se incorpora a Administrativando Abogados, participando en la defensa de todo tipo de expedientes sobre derecho administrativo.

Entre otras materias, interviene en procedimientos relacionados con derecho de aguas, funcionarios, responsabilidad patrimonial, sanciones administrativas, contratación pública , urbanismo y recursos contenciosos administrativos de toda índole.

Además de asesorar a empresas nacionales e internacionales, participa en la defensa de infinidad de Administraciones y Organismos Públicos. Es profesora de Derecho Administrativo en la Universidad Loyola y participa como miembros del tribunal de TFM en el Instituto Superior de Derecho y Economía de Madrid. 

Asimismo, se ha ocupado del diseño y elaboración de diferentes jornadas docentes sobre Derecho Administrativo en la escuela de formación Administrativando Business School.

Nuria Carrasco Sánchez

Directora Financiera y Relaciones Institucionales

Tras cursar Administración y Dirección de Empresas en la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales ETEA (actualmente, Loyola), durante más de veinte años de ejercicio profesional, ha asumido la dirección financiera y contable en compañías nacionales e internacionales dedicadas a diferentes sectores de actividad.

Asimismo, de forma simultánea, en buena parte de tales empresas, se ha ocupado de llevar a cabo funciones de representación institucional.

María José Amo Gago

Socia

Tras obtener premio extraordinario a su paso por la Universidad de Córdoba y preparar las oposiciones a la carrera judicial y fiscal, se incorporó a Aguayo Abogados, como firma especialista en Derecho Administrativo (hoy integrada en Ejaso ETL Global). Posteriormente, formó parte del equipo de Garrigues. 

Fruto de su dilatada experiencia profesional de más de diez años, participa en la orientación y defensa de aquéllos procedimientos administrativos y contenciosos – administrativos de especial dificultad técnica, tanto a nivel nacional como internacional. Asimismo, es especialista en abordar recursos de casación contenciosos – administrativos, de amparo ante el Tribunal Constitucional e impugnaciones ante instancias supranacionales como el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Igualmente, ha intervenido en procedimientos contenciosos – administrativos de máxima relevancia social como el Caso Alvia o la impugnación de la licitación de compra centralizada de Equipos de Protección Individual por parte de la Comunidad de Madrid, entre otros muchos.

Ostenta el cargo de coordinadora de relaciones institucionales en Administrativando Business School.

Natalia Montero Pavón

Asociada

Tras preparar las oposiciones a la carrera judicial y fiscal, se incorporó al Departamento de Derecho Administrativo de la conocida firma Sanguino Abogados.

Defiende procedimientos de suma relevancia en la totalidad de áreas que configuran el Derecho Administrativo. Entre otras materias, es especialista en aguas, minas, medio ambiente, función pública, responsabilidad patrimonial, expropiación forzosa, contratación pública, urbanismo y procedimientos sancionadores. 

Igualmente, interviene de forma regular ante la jurisdicción de lo Contencioso – Administrativo en todas sus instancias. 

Asimismo, compagina su labor como docente impartiendo puntualmente máster class sobre derecho público en la Universidad Loyola Andalucía

También ha asumido la dirección y orientación de diferentes cursos de experto en Derecho Administrativo, principalmente en las materias de responsabilidad patrimonial, expropiación forzosa y contencioso – administrativo. 

Ostenta el cargo de coordinadora académica en Administrativando Business School.

Antonio Pérez Valderrama

Socio

Es profesor en Derecho Administrativo y contratación pública en el Instituto Superior de Derecho y Economía de Madrid.

Con anterioridad, ha formado parte de firmas jurídicas internacionales, como Martínez Echevarría & Rivera Abogados, con cargos de dirección en el Área de Derecho Administrativo

Recientemente ha intervenido como coautor en el «Manual sobre el Contrato Menor», publicado por la Editorial Aranzadi. 

Asimismo, imparte jornadas docentes en la Sección de Derecho Administrativo de Economist & Jurist y Administrativando Abogados. Entre otros eventos, conviene destacar la formación sobre la posible nulidad de las sanciones administrativas impuestas durante los estados de alarma a consecuencia de la Covid-19. 

Ha defendido todo tipo de procedimientos de Derecho Administrativo y Contencioso – Administrativo y ante cualquier instancia.

Ostenta el cargo de director ejecutivo en Administrativando Business School.

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