Principales novedades en la declaración de la Renta 2023

La declaración de la Renta 2023 viene cargada de novedades introducidas por la Agencia Tributaria. La presente campaña está marcada por diferentes modificaciones relacionadas con la reducción por obtención de rendimientos de trabajo, obligación de declarar, tipo de gravamen del ahorro en el IRPF o deducciones por maternidad, entre otras.

Aunque los plazos para la presentación de la declaración de la Renta 2023 son bastante amplios, a la hora de realizarla conviene tener claras las principales novedades introducidas por la Agencia Tributaria.

En cuanto a la reducción por obtención de rendimientos del trabajo, se aumentan los importes que minorarán los rendimientos netos del trabajo, además de aumentarse la cuantía por debajo de la cual opera esta reducción. Se aplica a los contribuyentes con rendimientos netos del trabajo por debajo de 19.747,50 euros siempre que no tengan rentas, excluidas las exentas, distintas de las del trabajo, superiores a 6.500 euros.

Otra novedad se refiere a la obligación de declarar, estableciéndose que el límite excluyente se eleva a 15.000 euros, lo que supone 1.000 euros más que el ejercicio anterior, en el que el límite era de 14.000 euros.

Respecto a la determinación del tipo de retención, para determinar el tipo de ingreso a cuenta sobre los rendimientos del trabajo se distinguen dos situaciones. Por un lado, a los rendimientos que se satisfagan o abonen durante el mes de enero de 2023, y a los que resulte de aplicación el procedimiento general de retención, se aplicará la normativa vigente a 31 de diciembre de 2022.

Por el contrario, a los rendimientos del trabajo que se satisfagan o abonen a partir del 1 de febrero de 2023, siempre que no se trate de rendimientos correspondientes al mes de enero, el pagador deberá calcular el tipo de retención conforme a la normativa vigente a partir de 1 de enero de 2023.

Reducción para empresarios

En cuanto a la reducción para empresarios o profesionales que determinen su rendimiento neto por el método de estimación directa, hay que tener en cuenta que se aplicará a los contribuyentes con rendimientos netos de actividades económicas inferiores a 19.747,50 euros siempre que no tengan rentas, excluidas las exentas, distintas de las de actividades económicas, superiores a 6.500 euros.

En cambio, los empresarios o profesionales que determinen su rendimiento neto por el método de estimación directa simplificada deben tener en cuenta que si determinan el rendimiento neto de sus actividades económicas por el método de estimación objetiva pueden reducir en un 10% el rendimiento neto de módulos obtenido en 2023.

Asimismo, se establecen límites de reducción en la base imponible de las aportaciones y contribuciones empresariales a sistemas de previsión social. En este sentido, se modifican las aportaciones máximas que el trabajador puede hacer al mismo instrumento de previsión social al que se hubieran realizado contribuciones empresariales.

Además, la Agencia Tributaria ha introducido una nueva escala aplicable a la base liquidable del ahorro, y también se modifica la escala que se aplica a la parte de la base liquidable del ahorro para determinar la cuota íntegra estatal en el caso de aquellos contribuyentes que tuviesen su residencia habitual en el extranjero, y la escala aplicable a los trabajadores desplazados a territorio español.

Deducción por maternidad

Otro de los aspectos que más importan a los españoles en cuanto a las novedades de la declaración de la Renta 2023, es la que afecta a las deducciones por maternidad. La normativa establece que las mujeres con hijos menores de tres años con derecho a la aplicación del mínimo por descendientes pueden minorar la cuota diferencial hasta en 1.200 euros anuales por cada hijo menor de tres años hasta que el menor alcance los tres años de edad siempre que en el momento del nacimiento perciban prestaciones de desempleo, o que en el momento del nacimiento o posteriormente estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad con un periodo mínimo, en el último caso, de 30 días cotizados.

Además, el importe de esta deducción se podrá incrementar hasta en 1.000 euros cuando el contribuyente hubiera satisfecho en el período impositivo gastos de custodia del hijo menor de tres años en guarderías o centros de educación infantil autorizados.

Con cualquiera de estos requisitos se mantiene el derecho a seguir percibiendo esta deducción hasta que el menor alcance los tres años. Esta deducción se calculará de forma proporcional al número de meses del periodo impositivo posteriores al momento en se cumplan los requisitos, en los que la mujer tenga derecho al mínimo por descendientes por ese menor de tres años, siempre que durante dichos meses no se perciba por ninguno de los progenitores en relación con su hijo el complemento de ayuda para la infancia por la que se establece el ingreso mínimo vital, salvo que lo vinieran percibiendo desde antes del 1 de enero de 2023.

Cuando se tenga derecho a la deducción por haberse dado de alta en la Seguridad Social o mutualidad con posterioridad al nacimiento del menor, la deducción correspondiente al mes en que se cumpla el período de cotización de 30 días se incrementará en 150 euros anuales.

El incremento de la deducción por gastos de custodia en guardería o centros de educación infantil autorizados se calculará de forma proporcional al número de meses en que se cumplan de forma simultánea los requisitos y tendrá como límite el importe total del gasto efectivo no subvencionado satisfecho en dicho período en relación con ese hijo. Además, se podrá solicitar el abono anticipado del importe de la deducción por maternidad, pero no del incremento de la misma por gastos de guardería o centros de educación infantil.

Propiedad intelectual y rentas inmobiliarias

Respecto a la retención sobre los rendimientos procedentes de la propiedad intelectual, se establece que el porcentaje de retención sobre los rendimientos del trabajo derivados de obras literarias, científicas o artistas será del 7% siempre que su volumen correspondiente al ejercicio inmediato anterior sea menor de 15.000 euros y presenten más del 75% de la suma de los rendimientos de actividades económicas y del trabajo en dicho ejercicio.

En cuanto a las rentas inmobiliarias se refiere, la novedad es que el porcentaje de imputación del 1,1 resultará de aplicación en el caso de inmuebles situados en municipios en los que los valores catastrales hayan sido revisados, modificados o determinados mediante un procedimiento de valoración colectiva general en vigor a partir de 1 de enero de 2012.

Sigue leyendo Administrativando

Suscríbete a nuestro canal de YouTube

Vídeos sobre infinidad de temáticas relacionadas con el Derecho Administrativo y Contencioso-Administrativo.

Apúntate a nuestra newsletter

Puedes suscribirte a la newsletter de Administrativando haciendo click en el botón que verás debajo.

Puedes suscribirte a Administrativando dejando tu e-mail a continuación y recibirás semanalmente los últimos artículos en tu bandeja de entrada.

Adela Merino León

Abogada Senior

Tras su paso por otras firmas donde adquirió una sólida base jurídica, se incorpora a Administrativando Abogados, participando en la defensa de todo tipo de expedientes sobre derecho administrativo.

Entre otras materias, interviene en procedimientos relacionados con derecho de aguas, funcionarios, responsabilidad patrimonial, sanciones administrativas, contratación pública , urbanismo y recursos contenciosos administrativos de toda índole.

Además de asesorar a empresas nacionales e internacionales, participa en la defensa de infinidad de Administraciones y Organismos Públicos.

Asimismo, se ha ocupado del diseño y elaboración de diferentes jornadas docentes sobre Derecho Administrativo en la escuela de formación Administrativando Business School.

Nuria Carrasco Sánchez

Directora Financiera y Relaciones Institucionales

Tras cursar Administración y Dirección de Empresas en la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales ETEA (actualmente, Loyola), durante más de veinte años de ejercicio profesional, ha asumido la dirección financiera y contable en compañías nacionales e internacionales dedicadas a diferentes sectores de actividad.

Asimismo, de forma simultánea, en buena parte de tales empresas, se ha ocupado de llevar a cabo funciones de representación institucional.

María José Amo Gago

Asociada Senior

Tras obtener premio extraordinario a su paso por la Universidad de Córdoba y preparar las oposiciones a la carrera judicial y fiscal, se incorporó a Aguayo Abogados, como firma especialista en Derecho Administrativo (hoy integrada en Ejaso ETL Global). Posteriormente, formó parte del equipo de Garrigues.

Fruto de su dilatada experiencia profesional de más de diez años, participa en la orientación y defensa de aquéllos procedimientos administrativos y contenciosos – administrativos de especial dificultad técnica, tanto a nivel nacional como internacional. Asimismo, es especialista en abordar recursos de casación contenciosos – administrativos, de amparo ante el Tribunal Constitucional e impugnaciones ante instancias supranacionales como el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Igualmente, ha intervenido en procedimientos contenciosos – administrativos de máxima relevancia social como el Caso Alvia o la impugnación de la licitación de compra centralizada de Equipos de Protección Individual por parte de la Comunidad de Madrid, entre otros muchos.

Ostenta el cargo de coordinadora de relaciones institucionales en Administrativando Business School.

Natalia Montero Pavón

Asociada

Tras preparar las oposiciones a la carrera judicial y fiscal, se incorporó al Departamento de Derecho Administrativo de la conocida firma Sanguino Abogados.

Defiende procedimientos de suma relevancia en la totalidad de áreas que configuran el Derecho Administrativo. Entre otras materias, es especialista en aguas, minas, medio ambiente, función pública, responsabilidad patrimonial, expropiación forzosa, contratación pública, urbanismo y procedimientos sancionadores.

Igualmente, interviene de forma regular ante la jurisdicción de lo Contencioso – Administrativo en todas sus instancias.

Asimismo, compagina su labor como docente impartiendo puntualmente máster class sobre derecho público en la Universidad Loyola Andalucía.

También ha asumido la dirección y orientación de diferentes cursos de experto en Derecho Administrativo, principalmente en las materias de responsabilidad patrimonial, expropiación forzosa y contencioso – administrativo.

Ostenta el cargo de coordinadora académica en Administrativando Business School.

Antonio Pérez Valderrama

Director

Es profesor en Derecho Administrativo y contratación pública en el Instituto Superior de Derecho y Economía de Madrid.

Con anterioridad, ha formado parte de firmas jurídicas internacionales, como Martínez Echevarría & Rivera Abogados, con cargos de dirección en el Área de Derecho Administrativo.

Recientemente ha intervenido como coautor en el «Manual sobre el Contrato Menor», publicado por la Editorial Aranzadi.

Asimismo, imparte jornadas docentes en la Sección de Derecho Administrativo de Economist & Jurist y Administrativando Abogados. Entre otros eventos, conviene destacar la formación sobre la posible nulidad de las sanciones administrativas impuestas durante los estados de alarma a consecuencia de la Covid-19.

Ha defendido todo tipo de procedimientos de Derecho Administrativo y Contencioso – Administrativo y ante cualquier instancia.

Ostenta el cargo de director ejecutivo en Administrativando Business School.

En AB Legal International S.L.P. utilizamos cookies propias y de terceros que permiten al usuario la navegación a través de una página web (técnicas), para el seguimiento y análisis estadístico del comportamiento de los usuarios (analíticas),  que permiten la gestión de los espacios publicitarios que, en su caso, el editor haya incluido en una página (publicitarias) y  cookies  que almacenan información del comportamiento de los usuarios obtenida a través de la observación continuada de sus hábitos de navegación, lo que permite desarrollar un perfil específico para mostrar publicidad en función del mismo elaboración de perfiles web ( hay que poner la información genérica sobre el tipo de datos que se van a recopilar y utilizar en caso de que se elaboren perfiles) (análisis de perfiles) (si hubiera otras finalidades debería incluirse la información). Si acepta este aviso consideraremos que acepta su uso. Puede obtener más información, o bien conocer cómo cambiar la configuración, en nuestra política de cookies.

Puedes suscribirte a Administrativando dejando tu e-mail a continuación y recibirás semanalmente los últimos artículos en tu bandeja de entrada.

Call Now Button