I. ¿En qué consiste la portabilidad numérica?
La portabilidad numérica en términos de telefonía española, es un derecho esencial de los abonados al servicio telefónico disponible al público, o usuarios de servicios de telecomunicaciones que consiste en la conservación (previa solicitud) del número de teléfono móvil o de la línea fija cuando se cambia de operador de servicio.
En ese sentido, con la portabilidad numérica estamos ante un cambio de tarifa de cierta operadora, manteniendo el mismo número móvil, pasando a otra tarifa de una operadora distinta. Es decir, se causa la baja en el operador que le provee el servicio.
Es importante destacar, que el cambio que se produce a través de la portabilidad numérica es entre operadoras distintas, esto es, no procede entre tarifas de la misma compañía.
II. ¿Dónde se encuentra regulada la portabilidad numérica?
La portabilidad numérica se encuentra regulada en el artículo 65.1.b) de la Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones, como un derecho específico de los usuarios finales y consumidores de redes y servicios de comunicaciones electrónicas disponibles al público.
No obstante, el proceso de cambio de operador y de conservación del número se regulará mediante real decreto, para lo cual deberá tenerse en cuenta la normativa en materia de consumidores y usuarios, la viabilidad técnica y la necesidad de mantener la continuidad del servicio al usuario final. En ese sentido, en aplicación de este real decreto y su normativa de desarrollo, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia podrá fijar, mediante circular, características y condiciones para el cambio de operador y la conservación de los números, así como los aspectos técnicos y administrativos necesarios para que ésta se lleve a cabo.
III. ¿Qué plazo se tiene para hacer uso del derecho a una portabilidad numérica?
El plazo que se tiene para hacer uso del derecho a solicitar una portabilidad numérica, es decir, a cambiar su número al nuevo operador, es de al menos un mes, después de la fecha o momento cuando el usuario rescinde un contrato con un operador, salvo que el usuario renuncie de manera expresa a ese derecho.
IV. ¿Cuáles son los pasos para solicitar una portabilidad numérica?
Para llevar a cabo el procedimiento mediante el cual se efectúa la portabilidad numérica, lo primero que se debe hacer es solicitar el alta en un operador distinto al operador con el cual se tiene el contrato de servicio, indicándose en esta solicitud que se requiere la portabilidad numérica. Con esta solicitud la compañía recibirá la petición por parte del nuevo operador y tramitará la baja de los servicios de forma automática.
Este procedimiento implica que el usuario debe manifestar previamente su consentimiento para poder efectuar la portabilidad numérica.
V. ¿Cuánto tiempo se lleva efectuar la portabilidad numérica?
El trámite para efectuar la portabilidad numérica y su activación subsiguiente se ejecutarán con la mayor brevedad en la fecha o fechas acordadas explícitamente con el usuario final. No obstante, en cualquier caso, a los usuarios finales que han suscrito un acuerdo para de portabilidad numérica se les activará dicho número en el plazo de un día hábil desde la fecha acordada con el usuario final.
VI. ¿Qué se entiende por día hábil a los fines de la portabilidad numérica?
A los fines de la portabilidad numérica, se entenderá por día hábil a un día natural de lunes a viernes, excluyendo las fiestas de carácter nacional. Dentro de un día hábil se considerará horario hábil al período de 8:00 a 20:00 horas.
VII. ¿Quién se encarga de llevar a cabo la portabilidad numérica?
El encargado de llevar a cabo el procedimiento para la portabilidad numérica, será el operador receptor quien dirigirá los procesos de cambio y conservación de números, debiendo cooperar de buena fe tanto el operador receptor como el operador donante. En ese sentido, ambos operadores se obligan a garantizar que no provocarán retrasos ni cometerán abusos relacionados con los procesos de portabilidad numérica.
VIII. ¿Qué ocurre si falla el procedimiento para la portabilidad numérica?
En caso de que el proceso para la portabilidad numérica falle, el operador donante reactivará el número o el servicio del usuario final hasta que dicho proceso finalice con éxito y continuará prestando sus servicios en las mismas condiciones hasta que se activen los servicios del operador receptor. En cualquier caso, la pérdida de servicio durante el proceso de cambio y conservación no excederá de un día hábil.
IX. ¿Cuáles son las causas de denegación de la portabilidad numérica?
A pesar de que la portabilidad numérica se constituye como un derecho esencial, la misma puede ser denegada si versan entre otras, algunas de las siguientes causas:
- Datos incompletos o erróneos en la información esencial de la solicitud (identificación del abonado, identificación del donante, identificación del operador receptor, entre otras).
- Recepción de una solicitud de portabilidad de una numeración para la que ya existe un proceso de cambio en marcha.
- Numeración no asignada ni portada al operador donante.
- Por razones técnicas.
X. ¿Qué ventajas ofrece la portabilidad numérica?
La principal ventaja que ofrece la portabilidad numérica radica en poder cambiar de operador de servicios y conservar el número, permitiendo además la portabilidad numérica, que los usuarios puedan elegir entre tarifas y planes que más se adapten a sus necesidades.


