Modelo de solicitud de ejecución forzosa de sentencia

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I. ¿En qué consiste la ejecución forzosa de sentencia?

La ejecución forzosa constituye una de las dos modalidades de ejecución de sentencias previstas en el artículo 104 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (en lo sucesivo, LRJCA). Resulta aplicable en aquellos supuestos en los que la sentencia no se ejecuta voluntariamente. Se configura, asimismo, como una manifestación del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva reconocido en el artículo 24.1 de la Constitución Española.

II. ¿En qué consiste el modelo de solicitud de ejecución forzosa de sentencia?

La solicitud de ejecución forzosa de sentencia en el orden contencioso-administrativo se configura como un incidente de ejecución integrado en el propio proceso principal, mediante el cual se insta al órgano jurisdiccional a compeler a la Administración Pública al cumplimiento de una sentencia firme que no ha sido ejecutada voluntariamente.

III. ¿Cuál es la finalidad del escrito de solicitud de ejecución forzosa de sentencia?

La finalidad de la solicitud de ejecución forzosa es obtener el cumplimiento de las obligaciones de hacer, de no hacer o de pago de cantidades de dinero (incluidos, en su caso, los intereses legales).

IV. Condiciones temporales que deben cumplirse para poder presentar una solicitud de ejecución forzosa de sentencia.

Para iniciar este trámite y poder presentar una solicitud de ejecución forzosa de sentencia, deben cumplirse dos condiciones temporales, como son:
  1. Debe existir una sentencia firme.
  2. Deben haber transcurrido dos meses desde la notificación de la sentencia, o el plazo fijado en ésta para el cumplimiento del fallo sin que la Administración haya cumplido íntegramente lo ordenado.
  3. No obstante, cuando la Administración fuere condenada al pago de cantidad líquida, el plazo transcurrido para instar la ejecución forzosa de la sentencia será de tres meses desde que la sentencia firme sea comunicada al órgano que deba cumplirla.
Es importante destacar, que, si el escrito se presenta antes de los plazos antes mencionados, será rechazado por prematuro.

V. ¿Cuál es el plazo para presentar una solicitud de ejecución forzosa de sentencia?

La LRJCA no establece expresamente un plazo de prescripción para la ejecución forzosa de las sentencias contencioso-administrativas. Sin embargo:
  1. La doctrina y la jurisprudencia aplican supletoriamente el artículo 1964 del Código Civil, que prevé que las acciones personales que no tengan un plazo especial prescriben a cinco años. Esto incluye la acción de ejecución de sentencias que imponen obligaciones de pago de cantidad líquida contra la Administración, siempre que la sentencia sea firme y ejecutable.
  2. Para obligaciones de hacer o no hacer, la jurisprudencia considera que la ejecución puede instarse mientras sea posible el cumplimiento efectivo de la sentencia; es decir, el derecho no se extingue mientras la prestación pueda cumplirse.

VI. ¿Quién puede presentar el escrito de solicitud de ejecución forzosa de sentencia?

Podrá presentar el escrito de solicitud de ejecución forzosa de sentencia, cualquiera de las partes y personas afectadas, es decir, que frente al incumplimiento de la Administración las partes y personas afectadas pueden reaccionar acudiendo al juzgado o tribunal para que obliguen a aquélla a dar cumplimiento al fallo de la sentencia.

VII. ¿Ante quién se presenta el escrito de solicitud de ejecución forzosa de sentencia?

El escrito de solicitud de ejecución forzosa de sentencia debe presentarse ante el órgano jurisdiccional que hubiera conocido del asunto en primera o única instancia, tal y como lo prevé el artículo 103 de la LRJCA, la competencia para ejecutar las sentencias corresponde exclusivamente a los Juzgados y Tribunales de este orden, -referidos actualmente, a la Sección de lo contencioso-administrativo del Tribunal de Instancia-, concretamente a aquel que dictó la resolución judicial original.

VIII. ¿Cómo se presenta el modelo de escrito de solicitud de ejecución forzosa de sentencia?

El escrito de solicitud de ejecución forzosa de sentencia se presentará telemáticamente a través de la Sede Judicial Electrónica, plataforma habilitada para ciudadanos y profesionales de la justicia, cuya titularidad y gestión corresponde a las Administraciones competentes en materia de Justicia. La remisión se realizará mediante LexNET, sistema utilizado por el procurador para enviar el escrito al órgano jurisdiccional competente.

IX. ¿Cuál es el contenido del escrito de solicitud de ejecución forzosa de sentencia?

El escrito de solicitud de ejecución forzosa de sentencia debe contener:
  1. Identificación del proceso, esto es:
    1. Número de procedimiento.
    2. Autos.
    3. Sentencia cuya ejecución se insta.
  1. AcreditaciónAcre de firmeza, es decir, la referencia de la notificación donde el Letrado de la Administración de Justicia, declara la sentencia como firme.
  2. Justificación del incumplimiento, en este caso se deberá exponer que ha transcurrido el plazo legal –dos o tres meses-, sin que la Administración haya cumplido voluntariamente.
  3. Petición concreta, en donde se debe solicitar la ejecución forzosa de la sentencia, así como las medidas específicas, como sería el caso de:
    1. Requerimiento de pago bajo apercibimiento de multas coercitivas (de 150 a 1.500 euros).
    2. Embargo de bienes no demaniales.
  1. Firma del Abogado y Procurador, manteniendo la representación que se tuvo durante el proceso principal.
Para ahondar más sobre este tema, se recomienda consultar la exposición de nuestra Asociada Senior, Adela Merino León, quien explica todo lo relativo a cuándo y cómo se ejecuta una sentencia en lo Contencioso-Administrativo: notificación, plazos y proceso, en el siguiente video.

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David Muñoz Zapata

Director

Doctor en Derecho por la Universidad de Castilla-La Mancha, con la tesis: “Estudio y propuesta de revisión de la prerrogativa en los contratos administrativos”, que fue calificada con sobresaliente cum laude por el tribunal nombrado al efecto.

Asimismo ha realizado el Máster en “Derechos Fundamentales y Libertades Públicas” y el Máster en “Derecho de la Contratación Pública” de la Universidad de Castilla-La Mancha.

Cuenta con una experiencia profesional de dieciocho años, compaginando puestos tanto en el sector privado, en el ámbito de la abogacía y la asesoría jurídica, como en el sector público, ocupando destinos en la Consejería de Educación, Cultura y Deportes y en la Consejería de Economía, Empresas y Empleo de Castilla-La Mancha.

Igualmente, posee amplia experiencia en el ámbito del Derecho deportivo, habiendo sido, durante seis años, Secretario del Comité de Disciplina Deportiva de Castilla-La Mancha y Secretario del Consejo Regional de Deportes de dicha Comunidad Autónoma. De igual modo, fue el autor del Anteproyecto de la Ley 5/2015, de 26 de marzo, de la Actividad Física y el Deporte de Castilla-La Mancha.

En el ámbito de la docencia, es profesor en diversas titulaciones de Máster y postgrado del ámbito del Derecho administrativo en la Universidad de Castilla-La Mancha y ha sido docente de varios cursos para empleados públicos de la Diputación Provincial de Toledo y de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Finalmente, en el ámbito de la investigación del Derecho administrativo, ha participado en varios congresos y seminarios y posee media docena de trabajos publicados en distintos soportes.

De la mano de Administrativando Abogados, vuelve al ejercicio de la abogacía tras ser diputado de las Cortes de Castilla-La Mancha en su X Legislatura, participando durante la misma en la ponencia de veinticuatro leyes.

Adela Merino León

Asociada Senior

Tras su paso por otras firmas donde adquirió una sólida base jurídica, se incorpora a Administrativando Abogados, participando en la defensa de todo tipo de expedientes sobre derecho administrativo.

Entre otras materias, interviene en procedimientos relacionados con derecho de aguas, funcionarios, responsabilidad patrimonial, sanciones administrativas, contratación pública , urbanismo y recursos contenciosos administrativos de toda índole.

Además de asesorar a empresas nacionales e internacionales, participa en la defensa de infinidad de Administraciones y Organismos Públicos. Es profesora de Derecho Administrativo en la Universidad Loyola y participa como miembros del tribunal de TFM en el Instituto Superior de Derecho y Economía de Madrid. 

Asimismo, se ha ocupado del diseño y elaboración de diferentes jornadas docentes sobre Derecho Administrativo en la escuela de formación Administrativando Business School.

Nuria Carrasco Sánchez

Directora Financiera y Relaciones Institucionales

Tras cursar Administración y Dirección de Empresas en la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales ETEA (actualmente, Loyola), durante más de veinte años de ejercicio profesional, ha asumido la dirección financiera y contable en compañías nacionales e internacionales dedicadas a diferentes sectores de actividad.

Asimismo, de forma simultánea, en buena parte de tales empresas, se ha ocupado de llevar a cabo funciones de representación institucional.

María José Amo Gago

Socia

Tras obtener premio extraordinario a su paso por la Universidad de Córdoba y preparar las oposiciones a la carrera judicial y fiscal, se incorporó a Aguayo Abogados, como firma especialista en Derecho Administrativo (hoy integrada en Ejaso ETL Global). Posteriormente, formó parte del equipo de Garrigues. 

Fruto de su dilatada experiencia profesional de más de diez años, participa en la orientación y defensa de aquéllos procedimientos administrativos y contenciosos – administrativos de especial dificultad técnica, tanto a nivel nacional como internacional. Asimismo, es especialista en abordar recursos de casación contenciosos – administrativos, de amparo ante el Tribunal Constitucional e impugnaciones ante instancias supranacionales como el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Igualmente, ha intervenido en procedimientos contenciosos – administrativos de máxima relevancia social como el Caso Alvia o la impugnación de la licitación de compra centralizada de Equipos de Protección Individual por parte de la Comunidad de Madrid, entre otros muchos.

Ostenta el cargo de coordinadora de relaciones institucionales en Administrativando Business School.

Natalia Montero Pavón

Asociada

Tras preparar las oposiciones a la carrera judicial y fiscal, se incorporó al Departamento de Derecho Administrativo de la conocida firma Sanguino Abogados.

Defiende procedimientos de suma relevancia en la totalidad de áreas que configuran el Derecho Administrativo. Entre otras materias, es especialista en aguas, minas, medio ambiente, función pública, responsabilidad patrimonial, expropiación forzosa, contratación pública, urbanismo y procedimientos sancionadores. 

Igualmente, interviene de forma regular ante la jurisdicción de lo Contencioso – Administrativo en todas sus instancias. 

Asimismo, compagina su labor como docente impartiendo puntualmente máster class sobre derecho público en la Universidad Loyola Andalucía

También ha asumido la dirección y orientación de diferentes cursos de experto en Derecho Administrativo, principalmente en las materias de responsabilidad patrimonial, expropiación forzosa y contencioso – administrativo. 

Ostenta el cargo de coordinadora académica en Administrativando Business School.

Antonio Pérez Valderrama

Socio

Es profesor en Derecho Administrativo y contratación pública en el Instituto Superior de Derecho y Economía de Madrid.

Con anterioridad, ha formado parte de firmas jurídicas internacionales, como Martínez Echevarría & Rivera Abogados, con cargos de dirección en el Área de Derecho Administrativo

Recientemente ha intervenido como coautor en el «Manual sobre el Contrato Menor», publicado por la Editorial Aranzadi. 

Asimismo, imparte jornadas docentes en la Sección de Derecho Administrativo de Economist & Jurist y Administrativando Abogados. Entre otros eventos, conviene destacar la formación sobre la posible nulidad de las sanciones administrativas impuestas durante los estados de alarma a consecuencia de la Covid-19. 

Ha defendido todo tipo de procedimientos de Derecho Administrativo y Contencioso – Administrativo y ante cualquier instancia.

Ostenta el cargo de director ejecutivo en Administrativando Business School.

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