Modelo de impugnación de la tasación de costas

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I. ¿Qué es la Tasación de Costas?

La tasación de costas es el procedimiento judicial mediante el cual se determina el importe exacto que la parte vencida en un proceso debe abonar a la parte vencedora, siempre que el órgano judicial haya dictado condena en costas.

II. ¿En qué consiste el modelo de impugnación de la tasación en costas?

El modelo de impugnación de la tasación de costas constituye el cauce procesal del que dispone la parte condenada al pago para oponerse a la cuantificación de las costas practicada por el Letrado de la Administración de Justicia. En este supuesto no se cuestiona la procedencia de la condena en costas —ya resuelta por la sentencia—, sino la cuantía concreta que debe satisfacerse.

III. ¿En qué casos se puede impugnar la tasación de las costas?

El modelo de impugnación de la tasación de costas se puede presentar en los siguientes supuestos, por:
  1. Costas indebidas, cuando se han incluido conceptos que legalmente no deberían estar en la liquidación. Por ejemplo, cuando se incluyen gastos que no guardan relación directa con el litigio o cuando se tasan costas a pesar de que la sentencia declaró que cada parte pagaría las suyas. Tal y como lo señala el artículo 245.2 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, de aplicación supletoria conforme lo previsto en la disposición final primera de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
  2. Costas excesivas, procede cuando la parte condenada al pago considera que los honorarios de los profesionales de la parte contraria (abogados y peritos) son desproporcionados en relación con el trabajo realizado o superan los límites legales.
  3. Error en la aplicación de aranceles, si bien es cierto que no en todos los procedimientos se exige de manera obligatoria la figura del procurador, cuando estos intervienen sus derechos se encuentran fijados por Ley, en ese caso, el escrito de impugnación de la tasación de las costas se puede presentar si el procurador ha aplicado un arancel que no corresponde al tipo de procedimiento o a la cuantía del mismo.

IV. ¿Ante quién se presenta el escrito de impugnación de la tasación de las costas?

El escrito de impugnación de la tasación de costas se presenta ante el Letrado de la Administración de Justicia del mismo órgano que haya dictado la resolución en la que se impusieron las costas, quién es el responsable legal de tramitar, gestionar y decidir sobre la tasación.

 V. ¿Cuál es el plazo para presentar el escrito de impugnación de la tasación de las costas?

El plazo para presentar el escrito de impugnación de la tasación de costas es de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la notificación de la diligencia de ordenación mediante la cual el Letrado de la Administración de Justicia da traslado de la tasación a las partes.

VI. ¿Qué ocurre si no se presenta el escrito de impugnación de la tasación de las costas en el plazo de diez días?

Transcurrido el plazo legalmente establecido —diez días— sin que se haya impugnado la tasación de costas practicada, ni se haya solicitado su exoneración o reducción, el Letrado o la Letrada de la Administración de Justicia la aprobará mediante decreto. Contra dicho decreto cabe interponer recurso directo de revisión; en cambio, contra el auto que resuelva dicho recurso no cabrá ulterior recurso alguno.

VII. ¿Qué se debe incluir en el escrito de impugnación de la tasación de las costas?

En el escrito de impugnación de la tasación de las costas habrán de mencionarse las cuentas o minutas y las partidas concretas a que se refiera la discrepancia y las razones de ésta. De no efectuarse dicha mención, el letrado o la letrada de la Administración de Justicia, mediante decreto, inadmitirá la impugnación a trámite.

VIII. ¿Qué sucede luego de presentar un escrito de impugnación de la tasación de las costas?

Al presentarse un escrito de impugnación de la tasación de las costas, nos encontramos con los siguientes escenarios:
  1. Si la tasación se impugnara por considerar excesivos los honorarios de los abogados o las abogadas o peritos, se oirá en el plazo de cinco días al abogado o abogada de que se trate y, si no aceptara la reducción de honorarios que se le reclame, se pasará testimonio de los autos, o de la parte de ellos que resulte necesaria, al Colegio de Abogados para que emita informe. El letrado o letrada de la Administración de Justicia, a la vista de lo actuado y de los dictámenes emitidos, dictará decreto manteniendo la tasación realizada o, en su caso, introducirá las modificaciones que estime oportunas.

En este caso, si la impugnación fuere totalmente desestimada, se impondrán las costas del incidente a la parte impugnante si hubiera obrado con abuso del servicio público de Justicia, o al profesional que impugnó la tasación para que se incluyeran gastos que consideraba debidamente justificados o reclamados. Si fuere total o parcialmente estimada, se impondrán, también en el caso de que hubiera obrado con abuso del servicio público de Justicia, al perito o la parte a la que defienda el abogado o abogada cuyos honorarios se hubieran considerado excesivos o indebidos

  1. Cuando sea impugnada la tasación por haberse incluido en ella partidas de derechos u honorarios indebidas, o por no haberse incluido en aquélla gastos debidamente justificados y reclamados, el letrado o letrada de la Administración de Justicia dará traslado a la otra parte por tres días para que se pronuncie sobre la inclusión o exclusión de las partidas reclamadas. El letrado o letrada de la Administración de Justicia resolverá en los tres días siguientes mediante decreto.

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David Muñoz Zapata

Director

Doctor en Derecho por la Universidad de Castilla-La Mancha, con la tesis: “Estudio y propuesta de revisión de la prerrogativa en los contratos administrativos”, que fue calificada con sobresaliente cum laude por el tribunal nombrado al efecto.

Asimismo ha realizado el Máster en “Derechos Fundamentales y Libertades Públicas” y el Máster en “Derecho de la Contratación Pública” de la Universidad de Castilla-La Mancha.

Cuenta con una experiencia profesional de dieciocho años, compaginando puestos tanto en el sector privado, en el ámbito de la abogacía y la asesoría jurídica, como en el sector público, ocupando destinos en la Consejería de Educación, Cultura y Deportes y en la Consejería de Economía, Empresas y Empleo de Castilla-La Mancha.

Igualmente, posee amplia experiencia en el ámbito del Derecho deportivo, habiendo sido, durante seis años, Secretario del Comité de Disciplina Deportiva de Castilla-La Mancha y Secretario del Consejo Regional de Deportes de dicha Comunidad Autónoma. De igual modo, fue el autor del Anteproyecto de la Ley 5/2015, de 26 de marzo, de la Actividad Física y el Deporte de Castilla-La Mancha.

En el ámbito de la docencia, es profesor en diversas titulaciones de Máster y postgrado del ámbito del Derecho administrativo en la Universidad de Castilla-La Mancha y ha sido docente de varios cursos para empleados públicos de la Diputación Provincial de Toledo y de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Finalmente, en el ámbito de la investigación del Derecho administrativo, ha participado en varios congresos y seminarios y posee media docena de trabajos publicados en distintos soportes.

De la mano de Administrativando Abogados, vuelve al ejercicio de la abogacía tras ser diputado de las Cortes de Castilla-La Mancha en su X Legislatura, participando durante la misma en la ponencia de veinticuatro leyes.

Adela Merino León

Asociada Senior

Tras su paso por otras firmas donde adquirió una sólida base jurídica, se incorpora a Administrativando Abogados, participando en la defensa de todo tipo de expedientes sobre derecho administrativo.

Entre otras materias, interviene en procedimientos relacionados con derecho de aguas, funcionarios, responsabilidad patrimonial, sanciones administrativas, contratación pública , urbanismo y recursos contenciosos administrativos de toda índole.

Además de asesorar a empresas nacionales e internacionales, participa en la defensa de infinidad de Administraciones y Organismos Públicos. Es profesora de Derecho Administrativo en la Universidad Loyola y participa como miembros del tribunal de TFM en el Instituto Superior de Derecho y Economía de Madrid. 

Asimismo, se ha ocupado del diseño y elaboración de diferentes jornadas docentes sobre Derecho Administrativo en la escuela de formación Administrativando Business School.

Nuria Carrasco Sánchez

Directora Financiera y Relaciones Institucionales

Tras cursar Administración y Dirección de Empresas en la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales ETEA (actualmente, Loyola), durante más de veinte años de ejercicio profesional, ha asumido la dirección financiera y contable en compañías nacionales e internacionales dedicadas a diferentes sectores de actividad.

Asimismo, de forma simultánea, en buena parte de tales empresas, se ha ocupado de llevar a cabo funciones de representación institucional.

María José Amo Gago

Socia

Tras obtener premio extraordinario a su paso por la Universidad de Córdoba y preparar las oposiciones a la carrera judicial y fiscal, se incorporó a Aguayo Abogados, como firma especialista en Derecho Administrativo (hoy integrada en Ejaso ETL Global). Posteriormente, formó parte del equipo de Garrigues. 

Fruto de su dilatada experiencia profesional de más de diez años, participa en la orientación y defensa de aquéllos procedimientos administrativos y contenciosos – administrativos de especial dificultad técnica, tanto a nivel nacional como internacional. Asimismo, es especialista en abordar recursos de casación contenciosos – administrativos, de amparo ante el Tribunal Constitucional e impugnaciones ante instancias supranacionales como el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Igualmente, ha intervenido en procedimientos contenciosos – administrativos de máxima relevancia social como el Caso Alvia o la impugnación de la licitación de compra centralizada de Equipos de Protección Individual por parte de la Comunidad de Madrid, entre otros muchos.

Ostenta el cargo de coordinadora de relaciones institucionales en Administrativando Business School.

Natalia Montero Pavón

Asociada

Tras preparar las oposiciones a la carrera judicial y fiscal, se incorporó al Departamento de Derecho Administrativo de la conocida firma Sanguino Abogados.

Defiende procedimientos de suma relevancia en la totalidad de áreas que configuran el Derecho Administrativo. Entre otras materias, es especialista en aguas, minas, medio ambiente, función pública, responsabilidad patrimonial, expropiación forzosa, contratación pública, urbanismo y procedimientos sancionadores. 

Igualmente, interviene de forma regular ante la jurisdicción de lo Contencioso – Administrativo en todas sus instancias. 

Asimismo, compagina su labor como docente impartiendo puntualmente máster class sobre derecho público en la Universidad Loyola Andalucía

También ha asumido la dirección y orientación de diferentes cursos de experto en Derecho Administrativo, principalmente en las materias de responsabilidad patrimonial, expropiación forzosa y contencioso – administrativo. 

Ostenta el cargo de coordinadora académica en Administrativando Business School.

Antonio Pérez Valderrama

Socio

Es profesor en Derecho Administrativo y contratación pública en el Instituto Superior de Derecho y Economía de Madrid.

Con anterioridad, ha formado parte de firmas jurídicas internacionales, como Martínez Echevarría & Rivera Abogados, con cargos de dirección en el Área de Derecho Administrativo

Recientemente ha intervenido como coautor en el «Manual sobre el Contrato Menor», publicado por la Editorial Aranzadi. 

Asimismo, imparte jornadas docentes en la Sección de Derecho Administrativo de Economist & Jurist y Administrativando Abogados. Entre otros eventos, conviene destacar la formación sobre la posible nulidad de las sanciones administrativas impuestas durante los estados de alarma a consecuencia de la Covid-19. 

Ha defendido todo tipo de procedimientos de Derecho Administrativo y Contencioso – Administrativo y ante cualquier instancia.

Ostenta el cargo de director ejecutivo en Administrativando Business School.

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