Modelo de escrito de personación en recurso contencioso-administrativo

escrito personación en recurso contencioso-administrativo

I. ¿Cómo se define el escrito de personación contencioso-administrativo?

El escrito de personación en el orden jurisdiccional contencioso-administrativo es el acto procesal mediante el cual una de las partes —ya sea la recurrente, la Administración demandada o un tercero con interés legítimo— comparece formalmente ante el órgano judicial para manifestar su voluntad de intervenir en el procedimiento y designar a los profesionales que asumirán su representación y defensa, esto es, abogado y, cuando resulte preceptivo, procurador.

Este escrito se utiliza habitualmente una vez interpuesto el recurso contencioso-administrativo, cuando el órgano judicial requiere a las partes para que se personen formalmente en las actuaciones, así como en aquellos supuestos en los que un interesado pretende comparecer en el procedimiento en calidad de codemandado o parte interesada.

En Administrativando Abogados contamos con abogados especializados en Derecho Contencioso-Administrativo y una amplia experiencia en la tramitación y dirección letrada de toda clase de procedimientos ante la jurisdicción contencioso-administrativa, ofreciendo un asesoramiento técnico y una defensa jurídica integral adaptada a las particularidades de cada asunto.

II. ¿Quién presenta el escrito de personación contencioso-administrativo?

El escrito de personación contencioso-administrativo, lo puede presentar:

  1. El recurrente, a quien luego de interponer el anuncio del recurso, el Tribunal le requerirá para que se persone formalmente.
  2. La Administración demandada, quien se encontrará representada habitualmente por los Servicios Jurídicos del Estado, Comunidad Autónoma o Entidad Local.
  3. Los codemandados e interesados, que son aquellas personas cuyos derechos o intereses legítimos puedan verse afectados por la anulación del acto administrativo y que han sido emplazados por la Administración o han tenido noticia del pleito.

III. ¿Cuándo se presenta el escrito de personación contencioso-administrativo?

El momento procesal para presentar el escrito de personación contencioso-administrativo, va a depender de la posición de la parte, por ejemplo:

  1. Si se trata del demandante, tenemos que, tras el anuncio del recurso, una vez el órgano judicial recibe el expediente administrativo, se da traslado para la personación y posterior formalización de la demanda.
  2. Si se trata de un interesado –codemandado-, el plazo general es de 9 días desde que recibes el emplazamiento en tu domicilio o desde que se publica el anuncio en el boletín oficial correspondiente, conforme lo establecen los artículos 49 y 50 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

IV. ¿Cuál es la finalidad de presentar un escrito de personación contencioso-administrativo?

La finalidad de presentar el modelo de personación contencioso-administrativa es garantizar el principio de contradicción, toda vez que, al personarse, se asegura que el juzgado te notifique todas las resoluciones, te permita proponer pruebas, presentar escritos de conclusiones y, en definitiva, defender tu postura ante la posible anulación o mantenimiento del acto administrativo.

V. ¿Qué sucede si no se presenta el escrito de personación contencioso-administrativa?

Las consecuencias de no personarse en el proceso contencioso-administrativo en tiempo y forma pueden variar en función de la posición procesal de la parte afectada. Entre las principales consecuencias, cabe destacar las siguientes:

  1. Para la parte recurrente: la falta de personación puede dar lugar a que se declare el desistimiento tácito del recurso, la caducidad del trámite o, en determinados supuestos, el archivo de las actuaciones. Como consecuencia de ello, el acto administrativo impugnado devendrá firme en vía jurisdiccional.
  2. Para el codemandado o tercero interesado: el procedimiento continuará su tramitación sin su intervención, de modo que no podrá formular alegaciones, proponer prueba ni presentar escritos procesales. Asimismo, en caso de que la resolución judicial le resulte desfavorable, no podrá invocar indefensión, al haber sido debidamente emplazado y haber dejado transcurrir el plazo para comparecer.
  3. Preclusión procesal: la falta de personación dentro del plazo legalmente establecido determina, con carácter general, la pérdida de la oportunidad de realizar dicho trámite procesal. No obstante, excepcionalmente, la parte podrá comparecer en un momento posterior del procedimiento, si el órgano judicial lo admite, si bien deberá aceptar las actuaciones en el estado en que se encuentren, sin posibilidad de retrotraer trámites ya practicados.

VI. ¿La personación en el contencioso-administrativo conlleva algún gasto específico?

La personación en el contencioso-administrativo, no tiene una tasa judicial -para personas físicas-. Sin embargo, implica el coste de los honorarios del Abogado y Procurador. Además, al personarse como parte, se asume el riesgo de ser condenado en costas si pierdes el juicio.

VII. ¿La personación contencioso-administrativa puede efectuarse sin asistencia de Abogado?

La personación contencioso-administrativa, sólo en un caso muy específico puede efectuarse sin asistencia de Abogado, como sería cuando se es funcionario público y el pleito trata sobre cuestiones de personal que no impliquen la separación del servicio -despido/sanción muy grave-. En el resto de los casos, la dirección letrada -a través de Abogado-, es obligatoria.

VIII. ¿Qué sucede si se cumple el plazo para efectuar personación contencioso-administrativa?

Si transcurre el plazo para personarse como interesado en el procedimiento contencioso-administrativo, podrá personarse en cualquier momento posterior, siempre que la sentencia no se haya dictado. Sin embargo, el procedimiento no retrocederá, esto quiere decir, que, si ya ha pasado el plazo para proponer pruebas o presentar conclusiones, habrás perdido esa oportunidad, ya que, en este caso, la incorporación al procedimiento se efectúa en el estado en el que el mismo se encuentre.

IX. Modelo de escrito de personación contencioso-administrativo

Para mayor ilustración de lo que acabamos de exponer, a continuación, acompañamos un modelo de escrito de personación contencioso-administrativo que podrá consultar en el supuesto de encontrarse ante un procedimiento en el que deba comparecer formalmente como parte interesada o codemandado:

Sigue leyendo Administrativando

Suscríbete a nuestro canal de YouTube

Vídeos sobre infinidad de temáticas relacionadas con el Derecho Administrativo y Contencioso-Administrativo.

Apúntate a nuestra newsletter

Puedes suscribirte a la newsletter de Administrativando haciendo click en el botón que verás debajo.

Newsletter

Puedes suscribirte a Administrativando dejando tu e-mail a continuación y recibirás semanalmente los últimos artículos en tu bandeja de entrada.

David Muñoz Zapata

Director

Doctor en Derecho por la Universidad de Castilla-La Mancha, con la tesis: “Estudio y propuesta de revisión de la prerrogativa en los contratos administrativos”, que fue calificada con sobresaliente cum laude por el tribunal nombrado al efecto.

Asimismo ha realizado el Máster en “Derechos Fundamentales y Libertades Públicas” y el Máster en “Derecho de la Contratación Pública” de la Universidad de Castilla-La Mancha.

Cuenta con una experiencia profesional de dieciocho años, compaginando puestos tanto en el sector privado, en el ámbito de la abogacía y la asesoría jurídica, como en el sector público, ocupando destinos en la Consejería de Educación, Cultura y Deportes y en la Consejería de Economía, Empresas y Empleo de Castilla-La Mancha.

Igualmente, posee amplia experiencia en el ámbito del Derecho deportivo, habiendo sido, durante seis años, Secretario del Comité de Disciplina Deportiva de Castilla-La Mancha y Secretario del Consejo Regional de Deportes de dicha Comunidad Autónoma. De igual modo, fue el autor del Anteproyecto de la Ley 5/2015, de 26 de marzo, de la Actividad Física y el Deporte de Castilla-La Mancha.

En el ámbito de la docencia, es profesor en diversas titulaciones de Máster y postgrado del ámbito del Derecho administrativo en la Universidad de Castilla-La Mancha y ha sido docente de varios cursos para empleados públicos de la Diputación Provincial de Toledo y de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Finalmente, en el ámbito de la investigación del Derecho administrativo, ha participado en varios congresos y seminarios y posee media docena de trabajos publicados en distintos soportes.

De la mano de Administrativando Abogados, vuelve al ejercicio de la abogacía tras ser diputado de las Cortes de Castilla-La Mancha en su X Legislatura, participando durante la misma en la ponencia de veinticuatro leyes.

Adela Merino León

Asociada Senior

Tras su paso por otras firmas donde adquirió una sólida base jurídica, se incorpora a Administrativando Abogados, participando en la defensa de todo tipo de expedientes sobre derecho administrativo.

Entre otras materias, interviene en procedimientos relacionados con derecho de aguas, funcionarios, responsabilidad patrimonial, sanciones administrativas, contratación pública , urbanismo y recursos contenciosos administrativos de toda índole.

Además de asesorar a empresas nacionales e internacionales, participa en la defensa de infinidad de Administraciones y Organismos Públicos. Es profesora de Derecho Administrativo en la Universidad Loyola y participa como miembros del tribunal de TFM en el Instituto Superior de Derecho y Economía de Madrid. 

Asimismo, se ha ocupado del diseño y elaboración de diferentes jornadas docentes sobre Derecho Administrativo en la escuela de formación Administrativando Business School.

Nuria Carrasco Sánchez

Directora Financiera y Relaciones Institucionales

Tras cursar Administración y Dirección de Empresas en la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales ETEA (actualmente, Loyola), durante más de veinte años de ejercicio profesional, ha asumido la dirección financiera y contable en compañías nacionales e internacionales dedicadas a diferentes sectores de actividad.

Asimismo, de forma simultánea, en buena parte de tales empresas, se ha ocupado de llevar a cabo funciones de representación institucional.

María José Amo Gago

Socia

Tras obtener premio extraordinario a su paso por la Universidad de Córdoba y preparar las oposiciones a la carrera judicial y fiscal, se incorporó a Aguayo Abogados, como firma especialista en Derecho Administrativo (hoy integrada en Ejaso ETL Global). Posteriormente, formó parte del equipo de Garrigues. 

Fruto de su dilatada experiencia profesional de más de diez años, participa en la orientación y defensa de aquéllos procedimientos administrativos y contenciosos – administrativos de especial dificultad técnica, tanto a nivel nacional como internacional. Asimismo, es especialista en abordar recursos de casación contenciosos – administrativos, de amparo ante el Tribunal Constitucional e impugnaciones ante instancias supranacionales como el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Igualmente, ha intervenido en procedimientos contenciosos – administrativos de máxima relevancia social como el Caso Alvia o la impugnación de la licitación de compra centralizada de Equipos de Protección Individual por parte de la Comunidad de Madrid, entre otros muchos.

Ostenta el cargo de coordinadora de relaciones institucionales en Administrativando Business School.

Natalia Montero Pavón

Asociada

Tras preparar las oposiciones a la carrera judicial y fiscal, se incorporó al Departamento de Derecho Administrativo de la conocida firma Sanguino Abogados.

Defiende procedimientos de suma relevancia en la totalidad de áreas que configuran el Derecho Administrativo. Entre otras materias, es especialista en aguas, minas, medio ambiente, función pública, responsabilidad patrimonial, expropiación forzosa, contratación pública, urbanismo y procedimientos sancionadores. 

Igualmente, interviene de forma regular ante la jurisdicción de lo Contencioso – Administrativo en todas sus instancias. 

Asimismo, compagina su labor como docente impartiendo puntualmente máster class sobre derecho público en la Universidad Loyola Andalucía

También ha asumido la dirección y orientación de diferentes cursos de experto en Derecho Administrativo, principalmente en las materias de responsabilidad patrimonial, expropiación forzosa y contencioso – administrativo. 

Ostenta el cargo de coordinadora académica en Administrativando Business School.

Antonio Pérez Valderrama

Socio

Es profesor en Derecho Administrativo y contratación pública en el Instituto Superior de Derecho y Economía de Madrid.

Con anterioridad, ha formado parte de firmas jurídicas internacionales, como Martínez Echevarría & Rivera Abogados, con cargos de dirección en el Área de Derecho Administrativo

Recientemente ha intervenido como coautor en el «Manual sobre el Contrato Menor», publicado por la Editorial Aranzadi. 

Asimismo, imparte jornadas docentes en la Sección de Derecho Administrativo de Economist & Jurist y Administrativando Abogados. Entre otros eventos, conviene destacar la formación sobre la posible nulidad de las sanciones administrativas impuestas durante los estados de alarma a consecuencia de la Covid-19. 

Ha defendido todo tipo de procedimientos de Derecho Administrativo y Contencioso – Administrativo y ante cualquier instancia.

Ostenta el cargo de director ejecutivo en Administrativando Business School.

En AB Legal International S.L.P. utilizamos cookies propias y de terceros que permiten al usuario la navegación a través de una página web (técnicas), para el seguimiento y análisis estadístico del comportamiento de los usuarios (analíticas),  que permiten la gestión de los espacios publicitarios que, en su caso, el editor haya incluido en una página (publicitarias) y  cookies  que almacenan información del comportamiento de los usuarios obtenida a través de la observación continuada de sus hábitos de navegación, lo que permite desarrollar un perfil específico para mostrar publicidad en función del mismo elaboración de perfiles web ( hay que poner la información genérica sobre el tipo de datos que se van a recopilar y utilizar en caso de que se elaboren perfiles) (análisis de perfiles) (si hubiera otras finalidades debería incluirse la información). Si acepta este aviso consideraremos que acepta su uso. Puede obtener más información, o bien conocer cómo cambiar la configuración, en nuestra política de cookies.

919017030