Miles de jubilados de banca podrán reclamar a Hacienda una parte de su pensión

Tras una sentencia del Tribunal Supremo, jubilados de banca de toda España podrán reclamar la devolución de parte de su pensión que no debiera haber tributado en sus declaraciones de IRPF. Esta situación, que puede provocar la reclamación de miles de jubilados, beneficia al colectivo de exprofesionales de más de 70 años.

La sentencia 255/2023, de 28 de febrero, del Tribunal Supremo, puede provocar una avalancha de reclamaciones por parte de los jubilados de la banca que estén dispuestos a reclamar a Hacienda una parte de su pensión que no debería haber tributado en sus declaraciones de IRPF. Los jubilados que podrían beneficiarse de esta situación son los que comenzaron a trabajar en banca antes de 1979.

Los expertos consideran que la devolución media será de 650 euros por ejercicio fiscal, incluyendo el de 2022, que se liquida en breve, y los cuatro ejercicios anteriores no prescritos. Por su parte, los ex trabajadores de banca que hayan litigado antes podrán beneficiarse de la devolución desde el ejercicio de la demanda. Tomando como referencia 1979, cuanto más tiempo haya transcurrido desde el comienzo del trabajador en la plantilla del banco, mayor será la parte de la pensión que no tributa en el IRPF, según han señalado los expertos.

Esta sentencia del Tribunal Supremo modifica la del Tribunal Económico-Administrativo Central, que se aplicaba a la prestación por las aportaciones efectuadas a la mutualidad de la banca de 1967 a 1978. Sin embargo, ahora, en lugar de integrarse como rendimientos de trabajo al 100% deberán tributar solo al 75%.

Fórmula de devolución

De momento, la Agencia Tributaria ha señalado que estudiará la fórmula de devolución que corresponda, aunque siempre que el interesado presente su solicitud. Hay que tener en cuenta, además, que probablemente Hacienda no recogerá en su borrador los efectos de esta sentencia del Tribunal Supremo, de manera que el interesado deberá corregirlo, tanto en el borrador del ejercicio 2022 como en los siguientes.

La sentencia del Tribunal Supremo a favor del colectivo de jubilados de banca, llega tras un periplo de años de recursos ante la Agencia Tributaria, Tribunales Económico-Administrativos, Haciendas Forales y Tribunales Superiores de Justicia. El primer paso comenzó con la reclamación a Hacienda por el IRPF pagado de más por parte de la Asociación de Jubilados de Banca Abancheis.

La sentencia emitida por el Tribunal Supremo llega tras el recurso interpuesto por la Abogacía del Estado de la Agencia Tributaria contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura. Hay que recordar que la sentencia afecta a todos los ex trabajadores jubilados de banca que comenzaron a trabajar antes de 1979, independientemente de su lugar de residencia, tanto a los que tributan en la Agencia Tributaria como los que lo hacen en las Haciendas Forales.

Pensionistas y declaración de la Renta

A partir del próximo 11 de abril, los pensionistas podrán obtener el borrador de la declaración de la Renta correspondiente al ejercicio de 2022. Sin embargo, no todos ellos tienen la obligatoriedad de presentarla, ni tampoco los que tengan la obligación de hacerla pagarán lo mismo, ya que el Ministerio de Hacienda considera que la obligatoriedad de presentar la declaración varía en función de los ingresos obtenidos en el ejercicio al que se refiere.

En la declaración de la Renta 2023, referente al ejercicio de 2022, el límite que determina la obligatoriedad de presentar la declaración de la Renta es de 22.000 euros, si han sido recibidos por un solo pagador. Y en el caso de los pensionistas que hayan tenido más de un pagador, el umbral se fija en los 15.000 euros, siempre que el dinero recibido a partir del segundo pagador no exceda los 1.500 euros al año.

Las pensiones procedentes del extranjero cuentan como un segundo pagador, por lo que el pensionista tendrá que declararlo como tal. En este caso, si la cantidad que se ha recibido del extranjero es mayor de 1.500 euros, el jubilado se ve obligado a realizar la declaración de la Renta.

Por otro lado, los pensionistas que durante el anterior ejercicio pasaron a recibir una pensión, pero antes tenían otros ingresos, como pueden ser los propios de su puesto de trabajo, deberán sumar los ingresos obtenidos para ver si son superiores a los 15.000 euros, y en ese caso deberán presentar la declaración.

Lo mismo ocurre con las personas que hayan optado por la jubilación activa, o lo que es lo mismo, quienes afrontan alguna actividad profesional mientras mantienen su jubilación.

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Adela Merino León

Asociada

Tras su paso por otras firmas donde adquirió una sólida base jurídica, se incorpora a Administrativando Abogados, participando en la defensa de todo tipo de expedientes sobre derecho administrativo.

Entre otras materias, interviene en procedimientos relacionados con derecho de aguas, funcionarios, responsabilidad patrimonial, sanciones administrativas, contratación pública , urbanismo y recursos contenciosos administrativos de toda índole.

Además de asesorar a empresas nacionales e internacionales, participa en la defensa de infinidad de Administraciones y Organismos Públicos.

Asimismo, se ha ocupado del diseño y elaboración de diferentes jornadas docentes sobre Derecho Administrativo en la escuela de formación Administrativando Business School.

Nuria Carrasco Sánchez

Directora Financiera y Relaciones Institucionales

Tras cursar Administración y Dirección de Empresas en la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales ETEA (actualmente, Loyola), durante más de veinte años de ejercicio profesional, ha asumido la dirección financiera y contable en compañías nacionales e internacionales dedicadas a diferentes sectores de actividad.

Asimismo, de forma simultánea, en buena parte de tales empresas, se ha ocupado de llevar a cabo funciones de representación institucional.

María José Amo Gago

Directora

Tras obtener premio extraordinario a su paso por la Universidad de Córdoba y preparar las oposiciones a la carrera judicial y fiscal, se incorporó a Aguayo Abogados, como firma especialista en Derecho Administrativo (hoy integrada en Ejaso ETL Global). Posteriormente, formó parte del equipo de Garrigues.

Fruto de su dilatada experiencia profesional de más de diez años, participa en la orientación y defensa de aquéllos procedimientos administrativos y contenciosos – administrativos de especial dificultad técnica, tanto a nivel nacional como internacional. Asimismo, es especialista en abordar recursos de casación contenciosos – administrativos, de amparo ante el Tribunal Constitucional e impugnaciones ante instancias supranacionales como el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Igualmente, ha intervenido en procedimientos contenciosos – administrativos de máxima relevancia social como el Caso Alvia o la impugnación de la licitación de compra centralizada de Equipos de Protección Individual por parte de la Comunidad de Madrid, entre otros muchos.

Ostenta el cargo de coordinadora de relaciones institucionales en Administrativando Business School.

Natalia Montero Pavón

Asociada

Tras preparar las oposiciones a la carrera judicial y fiscal, se incorporó al Departamento de Derecho Administrativo de la conocida firma Sanguino Abogados.

Defiende procedimientos de suma relevancia en la totalidad de áreas que configuran el Derecho Administrativo. Entre otras materias, es especialista en aguas, minas, medio ambiente, función pública, responsabilidad patrimonial, expropiación forzosa, contratación pública, urbanismo y procedimientos sancionadores.

Igualmente, interviene de forma regular ante la jurisdicción de lo Contencioso – Administrativo en todas sus instancias.

Asimismo, compagina su labor como docente impartiendo puntualmente máster class sobre derecho público en la Universidad Loyola Andalucía.

También ha asumido la dirección y orientación de diferentes cursos de experto en Derecho Administrativo, principalmente en las materias de responsabilidad patrimonial, expropiación forzosa y contencioso – administrativo.

Ostenta el cargo de coordinadora académica en Administrativando Business School.

Antonio Pérez Valderrama

Director

Es profesor en Derecho Administrativo y contratación pública en el Instituto Superior de Derecho y Economía de Madrid.

Con anterioridad, ha formado parte de firmas jurídicas internacionales, como Martínez Echevarría & Rivera Abogados, con cargos de dirección en el Área de Derecho Administrativo.

Recientemente ha intervenido como coautor en el «Manual sobre el Contrato Menor», publicado por la Editorial Aranzadi.

Asimismo, imparte jornadas docentes en la Sección de Derecho Administrativo de Economist & Jurist y Administrativando Abogados. Entre otros eventos, conviene destacar la formación sobre la posible nulidad de las sanciones administrativas impuestas durante los estados de alarma a consecuencia de la Covid-19.

Ha defendido todo tipo de procedimientos de Derecho Administrativo y Contencioso – Administrativo y ante cualquier instancia.

Ostenta el cargo de director ejecutivo en Administrativando Business School.

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