La democracia de audiencia en los principios del gobierno representativo de Bernard Manin

Os presentamos interesantísimo artículo de nuestro colaborador José Enrique Candela Talavero. Secretario-Interventor de la Administración Local. Nos ofrece una gran reflexión sobre la nueva forma de gobierno que está emergiendo de la mano de los modernos medios de comunicación.

La obra de Bernard Manin “Los principios del gobierno representativo” se canaliza a través de la relación y vinculación entre el representante y el representado que le habilita a reconocer la existencia de cuatro criterios en los que basar su análisis en un período de la historia de los sistemas políticos de esencia representativa, en los que los ciudadanos preocupados y ocupados en sus tareas de producción confían y delegan en los representantes mediante su elección, el gobierno de su pueblo.

Tales realidades están representados por los principios siguientes: 1/el juicio mediante discusión, que supone que la toma de una decisión, en perspectiva política, debería ser objeto de previo debate; 2/ elección del representante, cuya legitimación al ejercer el poder en la toma de decisiones se basa en una elección de esencial periódica; 3/ libertad de los representantes, por cuanto la adopción de sus decisiones se define por albergar cierta autonomía sobre las pretensiones e incluso la exigencias del pueblo y finalmente 4/ libertad de opinión pública de los representantes, sin aparecer intervenidos ni controlados por los sujetos pasivos de la elección representativa.

No debemos olvidar, que los parlamentarios no son representantes del Estado sino que, legitimados por la elección, representan a los ciudadanos en el Estado y su posición jurídica, tras obtener su confianza, les convierte en mecanismos al servicio de los fines generales. Estamos en un sistema de democracia representativa que se define por ser indirecta e limitada, pues el pueblo tras votar queda al margen del gobierno y votación como única actuación con efectos inmediatos en la formación del gobierno representativo, lo que supone una escasa participación en la vida democrática.

Así mismo, Bernard Manin presentará la existencia de tres tipos de representación en línea con su dimensión política; de tipo o modelo electoral que también denomina “democracia de audiencia”; modelo parlamentario conocido como “parlamentarismo” y el “modelo de masas” configurado como una democracia de partidos. Cada uno de ellos presenta notas propias que lo diferencias de los demás.

En cuanto al modelo electoral, el estudio de Manin ha permito ser un referente en el análisis de la realidad democrática social y política actual para ver conducir las políticas públicas mediante el uso inmediato de las tecnologías, de los medios de comunicación al servicio del poder , creándose la democracia de audiencia en la que se sobrecarga de imágenes y mensajes al electorado, generándose una agenda de la política por los propios medios que, no olvidemos, buscarán sus intereses privados. Y de ahí la existencia de una especie de negociación a la hora de materializar una política pública entre el poder político y los medios de comunicación, grandes corporaciones empresariales, alejadas de las pretensiones de la ciudadanía.

Es una democracia de audiencia que hace que se provoque una fuerte distancia entre el electorado y el partido político; menor conexión con su ideario y programa electoral, que llevará al votante a decidir su voto en función de criterios manejados por los medios partidistas para conseguir mediante ellos el voto, como la personalidad del líder, encontrándonos, según Manin, lejos del sistema representativo real y de una auténtica democracia.

Hemos pasado de la democracia tradicional a una democracia en las que los sujetos principales, los partidos políticos, centran parte, si no toda, su maquinaria, en el control de los medios de comunicación decidiendo toda su política en clave de búsqueda del voto, lo que desencadena una participación de la ciudadanía en la vida social y política como sujetos con personalidad propia y directa, a través de los movimientos sociales. Aunque con la particularidad de que el comportamiento electoral será distinto según las opciones electorales y según en qué asuntos o ámbito territoriales nos encontremos. “Los resultados electorales varían significativamente, aun en breves lapsos temporales, dependiendo de qué temas figuren destacadamente en las campañas” asegura el profesor Bernard Manin.

Este modelo de democracia de audiencia ofrece una realidad social en la que las preferencias electorales y la realidad del elector de tipo cultural, económica y social antiguamente conectadas, hace que hoy en día “los resultados varíen significativamente de unas elecciones a otras permaneciendo invariable el trasfondo socioeconómico y cultural de los votantes”, y que el voto se dilucide gracias a los “expertos en comunicación”, en función del fenómeno de la “personalidad en la representación”, pues el elector reflexiona, si lo hace al ejercer el derecho de sufragio, sobre las notas características del representante, del candidato, del líder convertido en “personaje mediático”, notas entorno a las que gira toda la campaña electoral y no sobre el contenido y efectos del programa político.

Una democracia de audiencia que ve favorecida su expansión por razones señaladas por el profesor Manin, como la mayor discrecionalidad y ámbito de actuación política de que disponen los representantes , así “el gobierno ya no regula simplemente el marco general de la existencia social; ahora, interviene en toda una serie de áreas (especialmente la esfera económica), tomando decisiones concretas”; también por el hecho contrastado de que los actuales medios de comunicación son grandes corporaciones empresariales con intereses propios interconectados con el de los aspirantes para el logro electoral, utilizando cualquier mecanismo de actuación mediática y llegando a mantener una relación inmediata ,gracias actualmente a Internet, con el electorado sin que intervenga el partido, como se pudo comprobar en las última elecciones presidenciales norteamericanas.

En ese tipo de democracia, si bien los medios de comunicación deberían mantenerse neutrales, la realidad demuestra que sus intereses privados les lleva a crear “distorsiones y prejuicios” y esto hace que exista grupos mediáticos de carácter partidista tambaleando la neutralidad del sistema representativo, pues aunque “la expresión electoral y no electoral del pueblo sobre las cuestiones del día puede no coincidir”, los medios partidistas quiebran la libertad de conciencia y de opinión reflejadas en las encuestas. Por eso que asevera el profesor Manin que “en cierto sentido, encontramos en la democracia de audiencia, una configuración que se asemeja al parlamentarismo, con la diferencia de que las encuestas de opinión confieren un carácter bastante específico a la manifestación no electoral del pueblo”.

En conclusión, señalar que aunque en ocasiones en el juicio mediante discusión “los parlamentos no son foros de discusión pública”, hoy gracias a los medios la comunicación, básicamente las redes sociales, la ciudadanía adquiere la capacidad de cambiar de voto en función del tema a deliberar, creándose la figura de “un votante flotante que está bien informado, interesado en política y bastante bien instruido”. Así, “la forma de gobierno representativo que ahora está emergiendo se caracteriza, por lo tanto, por tener un nuevo protagonista en la discusión pública, el votante flotante, y un nuevo foro, los medios de comunicación”. Este fenómeno de los medios de comunicación junto al espacio público que han conseguido nos obliga a pensar y repensar en su papel, intermediación y función en un sistema democrático de Derecho garante de libertades y derechos, junto al elenco de obligaciones y deberes que, ineludiblemente, tiene que cumplir toda la ciudadanía.

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Adela Merino León

Asociada

Tras su paso por otras firmas donde adquirió una sólida base jurídica, se incorpora a Administrativando Abogados, participando en la defensa de todo tipo de expedientes sobre derecho administrativo.

Entre otras materias, interviene en procedimientos relacionados con derecho de aguas, funcionarios, responsabilidad patrimonial, sanciones administrativas, contratación pública , urbanismo y recursos contenciosos administrativos de toda índole.

Además de asesorar a empresas nacionales e internacionales, participa en la defensa de infinidad de Administraciones y Organismos Públicos.

Asimismo, se ha ocupado del diseño y elaboración de diferentes jornadas docentes sobre Derecho Administrativo en la escuela de formación Administrativando Business School.

Nuria Carrasco Sánchez

Directora Financiera y Relaciones Institucionales

Tras cursar Administración y Dirección de Empresas en la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales ETEA (actualmente, Loyola), durante más de veinte años de ejercicio profesional, ha asumido la dirección financiera y contable en compañías nacionales e internacionales dedicadas a diferentes sectores de actividad.

Asimismo, de forma simultánea, en buena parte de tales empresas, se ha ocupado de llevar a cabo funciones de representación institucional.

María José Amo Gago

Directora

Tras obtener premio extraordinario a su paso por la Universidad de Córdoba y preparar las oposiciones a la carrera judicial y fiscal, se incorporó a Aguayo Abogados, como firma especialista en Derecho Administrativo (hoy integrada en Ejaso ETL Global). Posteriormente, formó parte del equipo de Garrigues.

Fruto de su dilatada experiencia profesional de más de diez años, participa en la orientación y defensa de aquéllos procedimientos administrativos y contenciosos – administrativos de especial dificultad técnica, tanto a nivel nacional como internacional. Asimismo, es especialista en abordar recursos de casación contenciosos – administrativos, de amparo ante el Tribunal Constitucional e impugnaciones ante instancias supranacionales como el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Igualmente, ha intervenido en procedimientos contenciosos – administrativos de máxima relevancia social como el Caso Alvia o la impugnación de la licitación de compra centralizada de Equipos de Protección Individual por parte de la Comunidad de Madrid, entre otros muchos.

Ostenta el cargo de coordinadora de relaciones institucionales en Administrativando Business School.

Natalia Montero Pavón

Asociada

Tras preparar las oposiciones a la carrera judicial y fiscal, se incorporó al Departamento de Derecho Administrativo de la conocida firma Sanguino Abogados.

Defiende procedimientos de suma relevancia en la totalidad de áreas que configuran el Derecho Administrativo. Entre otras materias, es especialista en aguas, minas, medio ambiente, función pública, responsabilidad patrimonial, expropiación forzosa, contratación pública, urbanismo y procedimientos sancionadores.

Igualmente, interviene de forma regular ante la jurisdicción de lo Contencioso – Administrativo en todas sus instancias.

Asimismo, compagina su labor como docente impartiendo puntualmente máster class sobre derecho público en la Universidad Loyola Andalucía.

También ha asumido la dirección y orientación de diferentes cursos de experto en Derecho Administrativo, principalmente en las materias de responsabilidad patrimonial, expropiación forzosa y contencioso – administrativo.

Ostenta el cargo de coordinadora académica en Administrativando Business School.

Antonio Pérez Valderrama

Director

Es profesor en Derecho Administrativo y contratación pública en el Instituto Superior de Derecho y Economía de Madrid.

Con anterioridad, ha formado parte de firmas jurídicas internacionales, como Martínez Echevarría & Rivera Abogados, con cargos de dirección en el Área de Derecho Administrativo.

Recientemente ha intervenido como coautor en el «Manual sobre el Contrato Menor», publicado por la Editorial Aranzadi.

Asimismo, imparte jornadas docentes en la Sección de Derecho Administrativo de Economist & Jurist y Administrativando Abogados. Entre otros eventos, conviene destacar la formación sobre la posible nulidad de las sanciones administrativas impuestas durante los estados de alarma a consecuencia de la Covid-19.

Ha defendido todo tipo de procedimientos de Derecho Administrativo y Contencioso – Administrativo y ante cualquier instancia.

Ostenta el cargo de director ejecutivo en Administrativando Business School.

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