I. ¿Qué es la Plataforma de Contratación del Estado?
La Plataforma de Contratación del Estado es una plataforma electrónica que la Dirección General del Patrimonio del Estado del Ministerio de Hacienda y Función Pública, pone a disposición de todos los órganos de contratación del Sector Público para permitir la difusión de sus perfiles de contratante a través de Internet, así como prestar otros servicios complementarios asociados al tratamiento informático de estos datos.
En ese sentido, mediante la Plataforma de Contratación del Sector Público, se permite dar publicidad a través de Internet a las convocatorias de licitaciones y sus resultados y a cuanta información consideren relevante con relación a los contratos que celebren, así como prestar otros servicios complementarios asociados al tratamiento informático de estos datos, todo ello de conformidad con lo previsto en el artículo 347 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en lo sucesivo, LCSP).
Esta Plataforma de Contratación del Estado se constituye como un mecanismo de uso obligatorio por parte de los organismos y entidades del sector público estatal para alojar, gestionar y difundir de forma exclusiva sus perfiles de contratante, tal y como establece el artículo 347.2 de la LCSP.
Es importante destacar que, de conformidad con lo previsto en la Disposición adicional tercera de la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de Garantía de la Unidad de Mercado, la Plataforma de Contratación del Estado, pasó a denominarse Plataforma de Contratación del Sector Público, sin embargo, en la presente entrada se estarán empleando ambos términos de manera indistinta.
II. ¿Qué servicios se prestan a través de la Plataforma de Contratación del Estado?
De conformidad con lo previsto en la Orden EHA/1220/2008, de 30 de abril, por la que se aprueban las instrucciones para operar en la Plataforma de Contratación del Estado, a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público se prestarán, con carácter general, los siguientes servicios:
1.- Publicación de información contractual, relativa a las licitaciones concretas y a los acuerdos marcos, como son:
En primer lugar, anuncios, dentro de los cuales se encuentran anuncios sobre licitaciones, adjudicaciones provisionales y definitivas, contrataciones programadas.
No obstante, lo anterior, el pasado 7 de mayo, la Plataforma de Contratación del Sector Público, incorporó la posibilidad de publicación de dos nuevos tipos de anuncios: i) El anuncio de información previa para la reducción de plazo, el cual complementa al actual anuncio previo en el Perfil de Contratante, pero adaptado a los formularios electrónicos (eForms) 7, 8 y 9 definidos en el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1780. Este anuncio exige la incorporación de una mayor cantidad de datos que el anuncio previo ya existente con el objetivo de ofrecer una mayor información a los posibles licitadores, y; ii) El anuncio de finalización que permite la publicación de información importante desde el punto de vista de la transparencia ya que publica datos de la fase de ejecución del contrato como es la fecha final de terminación del contrato, el importe realmente pagado o si el contrato ha sido resuelto de forma prematura. Este anuncio es de carácter voluntario y se publicará cuando el contrato se haya completado.
En segundo lugar, otra información contractual relacionada con: pliegos; anulación del procedimiento o consultas; fórmulas y respuestas aportadas por el órgano de contratación.
En tercer lugar, información no vinculada a una licitación, como sería el caso de la celebración de acuerdos marcos; instrucciones internas contratación; y modelos de Pliegos particulares para categorías de contratos de naturaleza análoga.
2.- Servicio relacionado con el envío de anuncios a diarios oficiales.
3.- Servicios de notificación a candidatos o licitadores, como: i) Admisión y rechazo de candidatos y los licitadores; ii) Adjudicación provisional y definitiva; iii) Renuncia del órgano de contratación a celebrar un contrato ya convocado; iv) Desistimiento del procedimiento.
III. ¿Quién es el responsable de la Plataforma de Contratación del Sector Público?
En términos generales, será responsable de la Plataforma de Contratación del Sector Público la Dirección General del Patrimonio del Estado, que tiene dentro de sus funciones la coordinación de la implantación de la contratación electrónica, promoviendo la interoperabilidad de las aplicaciones, en colaboración con la Comisión de Estrategia TIC, y la gestión, evolución y desarrollo de la Plataforma de Contratación del Sector Público, así como la definición, gestión y explotación de los datos en materia de contratación pública, quien tiene delegada esta función en la Subdirección General de Coordinación de la Contratación Electrónica, de conformidad con lo previsto en el artículo 14.2.f, del Real Decreto 206/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda.
IV. ¿Cómo funciona la Plataforma de Contratación del Sector Público?
La Plataforma de Contratación del Sector Público, funciona como un servicio on-line que trabaja 24 horas al día, los 7 días de la semana, bajo una modalidad de disponibilidad 24×7, lo que permite que la accesibilidad a su contenido se lleve a cabo en cualquier momento. Para acceder a la referida plataforma se deberá seguir el siguiente enlace: https://contrataciondelsectorpublico.gob.es/wps/portal/plataforma,
Esta Plataforma de Contratación del Estado funciona de conformidad con lo previsto en la Orden EHA/1220/2008, de 30 de abril, por la que se aprueban las instrucciones para operar en la Plataforma de Contratación del Estado, mediante:
1.- Interacción a través de servicio web.
En interacción con la Plataforma de Contratación del Sector Público mediante servicios web, el órgano de contratación comunica en modo sistema a sistema la información que deba ser publicada en la Plataforma en formato CODICE, sistema basado en la transmisión de mensajes según estándar XML, los cuales serán publicados y actualizados en el propio Portal. En este caso, la comunicación con la Plataforma de Contratación del Estado se realizará de forma segura mediante el uso de certificados electrónicos
2.- Interacción a través del Portal.
La interacción del órgano de contratación con la Plataforma de Contratación del Estado a través del Portal se efectuará por:
- El responsable del órgano de contratación, quien podrá realizar todas las funciones relativas a la gestión de usuarios (altas y bajas), gestión de espacios de licitación (creación, asignación y reasignación) y gestión de la información contractual (edición y publicación), así como la modificación de los datos correspondientes al perfil del contratante.
- El administrador del órgano de contratación, que podrá realizar las funciones correspondientes a la gestión de usuarios (altas y bajas) en relación con los Publicadores y Editores y la asignación y reasignación de espacios de licitación.
- El publicador, que podrá realizar funciones de gestión de espacios de licitación (creación, asignación y reasignación en relación con Editores) y de gestión de la información contractual (edición y publicación).
- El editor, podrá realizar funciones de edición de la información contractual, preparando la correspondiente documentación, pero sin capacidad para publicarla.
En este caso el acceso a la Plataforma de Contratación del Sector Público, por parte de estos usuarios se efectuará usando los correspondientes identificadores de usuario y palabra de paso, o un certificado digital de los que se acuerde la admisión general en el ámbito de la Administración General del Estado.
V. ¿Qué beneficios ofrece la Plataforma de Contratación del Estado?
La Plataforma de Contratación del Sector Público, ofrece beneficios tanto para el órgano de contratación como para los licitadores, dentro de los cuales podemos mencionar:
1.- Beneficios para el órgano de contratación.
En primer lugar, máxima difusión de los procesos de licitación.
En segundo lugar, se utiliza el Portal propio de la Plataforma para procesos, tales como:
- Preparación y publicación de anuncios, pliegos, y demás documentos relativos al proceso de contratación.
- Invitaciones para participar en la licitación.
- Información referente a las preguntas y respuestas presentadas por los licitadores, información está que se encontrará visible y disponible para el resto de los licitadores.
- Información sobre la admisión o exclusión de licitadores o comunicación de la Adjudicación.
- Requerimiento de alguna documentación.
En tercer lugar, registro, custodia e integridad de todos los documentos alojados en la plataforma (Espacio Virtual de Licitación).
En cuarto lugar, apertura de ofertas electrónicas, entre otros beneficios.
2.- Beneficios para los licitadores.
- Se configura como un punto único de información para los licitadores.
- Permite la interacción telemática con el órgano de contratación.
- Permite el seguimiento de las licitaciones.
- Posibilidad de elaborar y presentar ofertas y documentación electrónicamente
- Integración con el Registro de Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado (ROLECE), permitiendo que el licitador obtenga un certificado ROLECE que acredite los documentos registrados una única vez, lo que admite que el licitador no tenga que volver a aportar la documentación administrativa para participar en cada licitación.


