¿Qué es la doble imposición?

que es la doble imposicion

I. ¿Qué se entiende por doble imposición?

Se entiende por doble imposición cuando una misma renta, un ingreso, activo o transacción es gravado por dos países diferentes o lo que es lo mismo, dos jurisdicciones fiscales distintas. Cuando una persona física o jurídica reside en un país, pero genera ingresos en otro, puede generar el pago de impuestos en ambos territorios por el mismo hecho imponible, produciéndose de esa manera la doble imposición.

II. ¿Qué es un convenio de doble imposición?

Un convenio de doble imposición es un acuerdo o tratado bilateral firmado entre países, con la finalidad de eliminar o aminorar la doble tributación sobre una misma renta o patrimonio que afecta a un mismo contribuyente –sea este persona física o jurídica-, en un mismo período fiscal. Además, a través de un convenio de doble imposición se busca distribuir la potestad tributaria y proporcionar seguridad jurídica.

III. ¿Cómo funciona un convenio de doble imposición?

Si bien es cierto que la función principal de un convenio de doble imposición radia en evitar que los contribuyentes tengan que tributar dos veces en los países firmantes del acuerdo, esta función se cumple a través de dos métodos, a saber:
  1. Método de exención: a través del cual la renta obtenida en el extranjero no se integra a la base imponible nacional, toda vez que, el Estado de residencia del contribuyente, renuncia a gravar las rentas obtenidas en el país extranjero.
  2. Método de deducción: mediante el cual la renta percibida en el país en el que se generó la misma se incluye en la base imponible del perceptor al objeto de su gravamen por el Estado de residencia. Por lo tanto, de la cuota obtenida se deducirá el impuesto total o parcial. Entonces, se procede a tributación la renta total generada por el sujeto, permitiendo una deducción equivalente a la cuota del impuesto establecida en el país extranjero.

IV. Tipos principales de doble imposición.

Se vuelve imprescindible distinguir entre:
  1. La doble imposición jurídica: la cual se produce cuando un mismo contribuyente es gravado por la misma renta en dos países diferentes.
  2. La doble imposición económica: que se produce cuando dos contribuyentes diferentes tributan por la misma renta.

V. ¿Cuáles son las rentas que se ven afectadas por la doble imposición?

La doble imposición puede afectar a distintos tipos de ingresos, teniendo entre ellos, las siguientes:
  1. Las rentas del trabajo.
  2. Los dividendos, cuando estos sean repartidos por sociedades extranjeras a accionistas residentes en España.
  3. Los intereses y las regalías.
  4. Las pensiones, las cuales pueden ser gravadas en el país de origen y en el de residencia.
  5. Las ganancias patrimoniales que se obtengan por la venta de inmuebles o activos financieros fuera del país.

VI. ¿Qué países tienen doble imposición con España?

De conformidad con los datos aportados por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, los países que tienen doble imposición con España, se fijan a través de los siguientes convenios:    
Convenios Rúbrica (a) Publicación BOCG (c) Publicación BOE (d)
Albania     15/03/11
Alemania (Convenio y Protocolo)     08/04/68
30/07/12
Andorra     07/12/15
Arabia Saudí     14/07/08
Argelia     22/07/05
Argentina (Convenio y Protocolo) (4)     09/09/94
14/01/14
Armenia     17/04/12
Australia     29/12/92
Austria (Convenio y Protocolo) 15/04/13 06/01/68
02/10/95
Azerbaiyán     06/11/20
Bahréin 28/11/13    
Barbados     14/09/11
Bélgica (Convenio y Protocolos)     04/07/03
23/05/18
02/08/18
Bielorrusia     02/03/21
Bolivia     10/12/98
Bosnia Herzegovina     05/11/10
Brasil     31/12/75
Bulgaria     12/07/91
Cabo Verde     02/12/20
Canadá (Convenio y Protocolo)     06/02/81
08/10/15
Catar     15/12/17
República Checa (Convenio antigua Checoslovaquia)     14/07/81
Chile     02/02/04
China (Renegociado)   25/06/92
30/03/21
Chipre     26/05/14
Colombia     28/10/08
Corea     15/12/94
Costa Rica     01/01/11
Croacia     23/05/06
Cuba     10/01/01
Dinamarca (Convenio y Protocolo) (1)   28/01/74
17/05/00
19/11/08
Ecuador     05/05/93
EE.UU. (Convenio y Protocolo)   22/12/90
23/10/19
Egipto     11/07/06
El Salvador     05/06/09
Emiratos Árabes Unidos     23/01/07
Eslovaquia (Convenio antigua Checoslovaquia)     14/07/81
Eslovenia     28/06/02
Estonia     03/02/05
Filipinas     15/12/94
Finlandia (Renegociado)   11/12/68
29/05/18
Francia (Renegociado)     12/06/97
Georgia     01/06/11
Grecia     02/10/02
Hong Kong     14/04/12
Hungría     24/11/87
India (Convenio y Protocolo)     07/02/95
09/07/20
Indonesia     14/01/00
Irán     02/10/06
Irlanda     27/12/94
Islandia     18/10/02
Israel     10/01/01
Italia     22/12/80
Jamaica     12/05/09
Japón (Renegociado)     02/12/74
26/02/21
Kazajstán     03/06/11
Kirguizistán (3)      
Kuwait     05/06/13
Letonia     10/01/05
Lituania     02/02/04
Luxemburgo (Convenio y Protocolo)     04/08/87
31/05/10
Macedonia     03/01/06
Malasia     13/02/08
Malta     07/09/06
Marruecos     22/05/85
15/07/16
México (Protocolo)     27/10/94
07/7/17
Moldavia     11/04/09
Montenegro 24/06/14    
Namibia 04/02/05    
Nigeria     13/04/15
Noruega (Renegociado)     10/01/01
Nueva Zelanda     11/10/06
Omán     8/09/15
Países Bajos 17/12/21   16/10/72
Pakistán     16/05/11
Panamá     04/07/11
Paraguay   01/03/24  
Polonia     15/06/82
Portugal (Renegociado)     07/11/95
Reino Unido (Renegociado)   18/11/76
15/05/14
República Dominicana     02/07/14
Rumanía (Renegociado)     02/10/80
03/12/20
Rusia     06/07/00
Senegal     29/12/14
Serbia     25/01/10
Singapur     11/01/12
Siria 08/05/08    
Sudáfrica     15/02/08
Suecia     22/01/77
Suiza (Convenio y Protocolos)     03/03/67
27/03/07
11/06/13
Tadzhikistán (2)      
Tailandia     09/10/98
Timor Oriental (Convenio Indonesia)     14/01/00
Trinidad y Tobago     08/12/09
Túnez     03/03/87
Turkmenistán (3)      
Turquía     19/01/04
Ucrania (2)   19/02/21  
U.R.S.S. (3)     22/09/86
Uruguay     12/04/11
Uzbekistán     10/09/15
Venezuela     15/06/04
Vietnam     10/01/06

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David Muñoz Zapata

Director

Doctor en Derecho por la Universidad de Castilla-La Mancha, con la tesis: “Estudio y propuesta de revisión de la prerrogativa en los contratos administrativos”, que fue calificada con sobresaliente cum laude por el tribunal nombrado al efecto.

Asimismo ha realizado el Máster en “Derechos Fundamentales y Libertades Públicas” y el Máster en “Derecho de la Contratación Pública” de la Universidad de Castilla-La Mancha.

Cuenta con una experiencia profesional de dieciocho años, compaginando puestos tanto en el sector privado, en el ámbito de la abogacía y la asesoría jurídica, como en el sector público, ocupando destinos en la Consejería de Educación, Cultura y Deportes y en la Consejería de Economía, Empresas y Empleo de Castilla-La Mancha.

Igualmente, posee amplia experiencia en el ámbito del Derecho deportivo, habiendo sido, durante seis años, Secretario del Comité de Disciplina Deportiva de Castilla-La Mancha y Secretario del Consejo Regional de Deportes de dicha Comunidad Autónoma. De igual modo, fue el autor del Anteproyecto de la Ley 5/2015, de 26 de marzo, de la Actividad Física y el Deporte de Castilla-La Mancha.

En el ámbito de la docencia, es profesor en diversas titulaciones de Máster y postgrado del ámbito del Derecho administrativo en la Universidad de Castilla-La Mancha y ha sido docente de varios cursos para empleados públicos de la Diputación Provincial de Toledo y de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Finalmente, en el ámbito de la investigación del Derecho administrativo, ha participado en varios congresos y seminarios y posee media docena de trabajos publicados en distintos soportes.

De la mano de Administrativando Abogados, vuelve al ejercicio de la abogacía tras ser diputado de las Cortes de Castilla-La Mancha en su X Legislatura, participando durante la misma en la ponencia de veinticuatro leyes.

Adela Merino León

Asociada Senior

Tras su paso por otras firmas donde adquirió una sólida base jurídica, se incorpora a Administrativando Abogados, participando en la defensa de todo tipo de expedientes sobre derecho administrativo.

Entre otras materias, interviene en procedimientos relacionados con derecho de aguas, funcionarios, responsabilidad patrimonial, sanciones administrativas, contratación pública , urbanismo y recursos contenciosos administrativos de toda índole.

Además de asesorar a empresas nacionales e internacionales, participa en la defensa de infinidad de Administraciones y Organismos Públicos. Es profesora de Derecho Administrativo en la Universidad Loyola y participa como miembros del tribunal de TFM en el Instituto Superior de Derecho y Economía de Madrid. 

Asimismo, se ha ocupado del diseño y elaboración de diferentes jornadas docentes sobre Derecho Administrativo en la escuela de formación Administrativando Business School.

Nuria Carrasco Sánchez

Directora Financiera y Relaciones Institucionales

Tras cursar Administración y Dirección de Empresas en la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales ETEA (actualmente, Loyola), durante más de veinte años de ejercicio profesional, ha asumido la dirección financiera y contable en compañías nacionales e internacionales dedicadas a diferentes sectores de actividad.

Asimismo, de forma simultánea, en buena parte de tales empresas, se ha ocupado de llevar a cabo funciones de representación institucional.

María José Amo Gago

Socia

Tras obtener premio extraordinario a su paso por la Universidad de Córdoba y preparar las oposiciones a la carrera judicial y fiscal, se incorporó a Aguayo Abogados, como firma especialista en Derecho Administrativo (hoy integrada en Ejaso ETL Global). Posteriormente, formó parte del equipo de Garrigues. 

Fruto de su dilatada experiencia profesional de más de diez años, participa en la orientación y defensa de aquéllos procedimientos administrativos y contenciosos – administrativos de especial dificultad técnica, tanto a nivel nacional como internacional. Asimismo, es especialista en abordar recursos de casación contenciosos – administrativos, de amparo ante el Tribunal Constitucional e impugnaciones ante instancias supranacionales como el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Igualmente, ha intervenido en procedimientos contenciosos – administrativos de máxima relevancia social como el Caso Alvia o la impugnación de la licitación de compra centralizada de Equipos de Protección Individual por parte de la Comunidad de Madrid, entre otros muchos.

Ostenta el cargo de coordinadora de relaciones institucionales en Administrativando Business School.

Natalia Montero Pavón

Asociada

Tras preparar las oposiciones a la carrera judicial y fiscal, se incorporó al Departamento de Derecho Administrativo de la conocida firma Sanguino Abogados.

Defiende procedimientos de suma relevancia en la totalidad de áreas que configuran el Derecho Administrativo. Entre otras materias, es especialista en aguas, minas, medio ambiente, función pública, responsabilidad patrimonial, expropiación forzosa, contratación pública, urbanismo y procedimientos sancionadores. 

Igualmente, interviene de forma regular ante la jurisdicción de lo Contencioso – Administrativo en todas sus instancias. 

Asimismo, compagina su labor como docente impartiendo puntualmente máster class sobre derecho público en la Universidad Loyola Andalucía

También ha asumido la dirección y orientación de diferentes cursos de experto en Derecho Administrativo, principalmente en las materias de responsabilidad patrimonial, expropiación forzosa y contencioso – administrativo. 

Ostenta el cargo de coordinadora académica en Administrativando Business School.

Antonio Pérez Valderrama

Socio

Es profesor en Derecho Administrativo y contratación pública en el Instituto Superior de Derecho y Economía de Madrid.

Con anterioridad, ha formado parte de firmas jurídicas internacionales, como Martínez Echevarría & Rivera Abogados, con cargos de dirección en el Área de Derecho Administrativo

Recientemente ha intervenido como coautor en el «Manual sobre el Contrato Menor», publicado por la Editorial Aranzadi. 

Asimismo, imparte jornadas docentes en la Sección de Derecho Administrativo de Economist & Jurist y Administrativando Abogados. Entre otros eventos, conviene destacar la formación sobre la posible nulidad de las sanciones administrativas impuestas durante los estados de alarma a consecuencia de la Covid-19. 

Ha defendido todo tipo de procedimientos de Derecho Administrativo y Contencioso – Administrativo y ante cualquier instancia.

Ostenta el cargo de director ejecutivo en Administrativando Business School.

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