¿Qué derechos tiene el personal laboral de una Administración Pública?

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I. ¿Qué derechos tiene el personal laboral de una Administración Pública?

Dentro de los derechos del personal laboral en la Administración, tenemos:
  1. Derecho a la carrera profesional
  2. Estabilidad, aplicable al personal laboral fijo
  3. Retribución justa
  4. Jornada laboral (40 horas semanales de trabajo efectivo) y descansos semanales o festivos, como, por ejemplo, las fiestas de ámbito nacional como las de la Natividad del Señor, Año Nuevo, 1 de mayo, Fiesta del Trabajo o 12 de octubre, como Fiesta Nacional de España)
  5. Vacaciones
  6. Permisos concedidos por motivos justificados, tales como matrimonio, nacimiento de un hijo, enfermedad grave de un familiar, cambio de domicilio, lactancia, entre otros
  7. Conciliación de la vida personal y laboral
  8. Protección frente al acoso laboral
  9. Derecho a la negociación colectiva y sindicación
  10. Derecho a la formación y promoción profesional
  11. Derecho a huelga

II. ¿Qué se entiende por personal laboral en la Administración Pública?

Se entiende por personal laboral en la Administración Pública a la persona física cuya relación con la Administración se establece mediante un contrato de trabajo formalizado por escrito, con el fin de prestar servicios personales retribuidos. Dicho vínculo puede tener carácter fijo, indefinido o temporal. Por ello, resulta necesario determinar los derechos que corresponden al personal laboral dentro de la Administración Pública.

III. ¿Cómo se puede adquirir la condición de personal laboral?

La condición de personal laboral se adquiere a través de sistemas selectivos de personal, como los de oposición, concurso-oposición, o concurso de valoración de méritos.

IV. ¿Cómo se efectúan los procedimientos de selección del personal laboral?

De acuerdo con el artículo 11.3 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (en lo sucesivo, EBEP), los procedimientos de selección del personal laboral serán públicos, rigiéndose en todo caso por los principios de igualdad, mérito y capacidad. En el caso del personal laboral temporal se regirá igualmente por el principio de celeridad, teniendo por finalidad atender razones expresamente justificadas de necesidad y urgencia.

V. ¿Qué normativa regula los derechos de los laborales en la Administración Pública?

Además del EBEP, los derechos del personal laboral en la Administración se encuentran regulados, en:
  1. El Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (en lo sucesivo, Estatuto de los Trabajadores)
  2. Convenio colectivo aplicable
  3. Las normas internas de la Administración contratante

VI. ¿Cómo se clasifica el personal laboral?

El personal laboral en función de la duración del contrato se clasifica en:
  1. Fijo, referido a aquellos empleados públicos que tienen un contrato indefinido con la Administración Pública
  2. Por tiempo indefinido, se trata de aquel personal laboral en la Administración Pública que ocupa una plaza no fija con carácter indefinido
  3. Temporal, categoría referida a aquellos trabajadores contratados para realizar funciones específicas durante un período determinado, cubriendo necesidades temporales o urgentes

VII. ¿Qué diferencia al personal laboral del personal funcionario?

El personal laboral se diferencia del personal funcionario, por los siguientes aspectos: 
Elemento diferenciador Personal laboral Personal funcionario
Normativa Estatuto de los Trabajadores y Convenios Colectivos EBEP y su normativa de desarrollo
Acto por medio del cual se establece el vínculo con la administración Contrato de Trabajo regido por el Derecho Laboral Nombramiento, regido por el Derecho Administrativo
Estabilidad Puede ser alta en caso de personal laboral fijo, o media cuando se trate de personal laboral indefinido y baja en caso de personal laboral temporal Permanente cuando se trate de personal funcionario de carrera o temporal cuando se trate de personal interino
Funciones Sus tareas no implican ejercicio de autoridad Cumple funciones reservadas a la Administración Pública
Retribución o compensación económica La retribución se determina según la normativa laboral, los convenios aplicables y el contrato de trabajo La retribución y sus incrementos se establecen en el EBEP
Forma de recibir el pago o retribución económica La retribución se efectúa en períodos semestrales: del 1 de enero al 30 de junio y del 1 de julio al 31 de diciembre El pago se realiza en periodos semestrales: del 1 de diciembre al 31 de mayo y del 1 de junio al 30 de noviembre

VIII. ¿Puedo pasar de ser personal laboral a personal funcionario?

El EBEP contempla que el personal laboral pueda participar en los procesos de promoción interna convocados mediante el sistema de concurso-oposición, ya sea de forma independiente o conjunta con los de libre concurrencia. Podrá hacerlo en los Cuerpos y Escalas cuyas funciones o puestos correspondan a los que desempeñe, siempre que cumpla los requisitos exigidos y posea la titulación necesaria. Se valorarán como mérito los servicios prestados como personal laboral fijo y las pruebas superadas para acceder a dicha condición.

IX. ¿Cuánto personal laboral hay en España?

Conforme a la información presentada en el Boletín Estadístico del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas (BEPSAP) de enero de 2025, las Administraciones Públicas cuentan con 3.037.432 efectivos en su plantilla, distribuidos de la manera siguiente:

  1. Total de las Administraciones Públicas: 20,10%
  2. Sector público del Estado: 15,30%
  3. Sector público de las Comunidades Autónomas: 13,26%.
  4. Sector público de la Administración Local: 46,31%, siendo este último sector donde se observa mayor concentración de personal laboral

 

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David Muñoz Zapata

Director

Doctor en Derecho por la Universidad de Castilla-La Mancha, con la tesis: “Estudio y propuesta de revisión de la prerrogativa en los contratos administrativos”, que fue calificada con sobresaliente cum laude por el tribunal nombrado al efecto.

Asimismo ha realizado el Máster en “Derechos Fundamentales y Libertades Públicas” y el Máster en “Derecho de la Contratación Pública” de la Universidad de Castilla-La Mancha.

Cuenta con una experiencia profesional de dieciocho años, compaginando puestos tanto en el sector privado, en el ámbito de la abogacía y la asesoría jurídica, como en el sector público, ocupando destinos en la Consejería de Educación, Cultura y Deportes y en la Consejería de Economía, Empresas y Empleo de Castilla-La Mancha.

Igualmente, posee amplia experiencia en el ámbito del Derecho deportivo, habiendo sido, durante seis años, Secretario del Comité de Disciplina Deportiva de Castilla-La Mancha y Secretario del Consejo Regional de Deportes de dicha Comunidad Autónoma. De igual modo, fue el autor del Anteproyecto de la Ley 5/2015, de 26 de marzo, de la Actividad Física y el Deporte de Castilla-La Mancha.

En el ámbito de la docencia, es profesor en diversas titulaciones de Máster y postgrado del ámbito del Derecho administrativo en la Universidad de Castilla-La Mancha y ha sido docente de varios cursos para empleados públicos de la Diputación Provincial de Toledo y de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Finalmente, en el ámbito de la investigación del Derecho administrativo, ha participado en varios congresos y seminarios y posee media docena de trabajos publicados en distintos soportes.

De la mano de Administrativando Abogados, vuelve al ejercicio de la abogacía tras ser diputado de las Cortes de Castilla-La Mancha en su X Legislatura, participando durante la misma en la ponencia de veinticuatro leyes.

Adela Merino León

Asociada Senior

Tras su paso por otras firmas donde adquirió una sólida base jurídica, se incorpora a Administrativando Abogados, participando en la defensa de todo tipo de expedientes sobre derecho administrativo.

Entre otras materias, interviene en procedimientos relacionados con derecho de aguas, funcionarios, responsabilidad patrimonial, sanciones administrativas, contratación pública , urbanismo y recursos contenciosos administrativos de toda índole.

Además de asesorar a empresas nacionales e internacionales, participa en la defensa de infinidad de Administraciones y Organismos Públicos. Es profesora de Derecho Administrativo en la Universidad Loyola y participa como miembros del tribunal de TFM en el Instituto Superior de Derecho y Economía de Madrid. 

Asimismo, se ha ocupado del diseño y elaboración de diferentes jornadas docentes sobre Derecho Administrativo en la escuela de formación Administrativando Business School.

Nuria Carrasco Sánchez

Directora Financiera y Relaciones Institucionales

Tras cursar Administración y Dirección de Empresas en la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales ETEA (actualmente, Loyola), durante más de veinte años de ejercicio profesional, ha asumido la dirección financiera y contable en compañías nacionales e internacionales dedicadas a diferentes sectores de actividad.

Asimismo, de forma simultánea, en buena parte de tales empresas, se ha ocupado de llevar a cabo funciones de representación institucional.

María José Amo Gago

Socia

Tras obtener premio extraordinario a su paso por la Universidad de Córdoba y preparar las oposiciones a la carrera judicial y fiscal, se incorporó a Aguayo Abogados, como firma especialista en Derecho Administrativo (hoy integrada en Ejaso ETL Global). Posteriormente, formó parte del equipo de Garrigues. 

Fruto de su dilatada experiencia profesional de más de diez años, participa en la orientación y defensa de aquéllos procedimientos administrativos y contenciosos – administrativos de especial dificultad técnica, tanto a nivel nacional como internacional. Asimismo, es especialista en abordar recursos de casación contenciosos – administrativos, de amparo ante el Tribunal Constitucional e impugnaciones ante instancias supranacionales como el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Igualmente, ha intervenido en procedimientos contenciosos – administrativos de máxima relevancia social como el Caso Alvia o la impugnación de la licitación de compra centralizada de Equipos de Protección Individual por parte de la Comunidad de Madrid, entre otros muchos.

Ostenta el cargo de coordinadora de relaciones institucionales en Administrativando Business School.

Natalia Montero Pavón

Asociada

Tras preparar las oposiciones a la carrera judicial y fiscal, se incorporó al Departamento de Derecho Administrativo de la conocida firma Sanguino Abogados.

Defiende procedimientos de suma relevancia en la totalidad de áreas que configuran el Derecho Administrativo. Entre otras materias, es especialista en aguas, minas, medio ambiente, función pública, responsabilidad patrimonial, expropiación forzosa, contratación pública, urbanismo y procedimientos sancionadores. 

Igualmente, interviene de forma regular ante la jurisdicción de lo Contencioso – Administrativo en todas sus instancias. 

Asimismo, compagina su labor como docente impartiendo puntualmente máster class sobre derecho público en la Universidad Loyola Andalucía

También ha asumido la dirección y orientación de diferentes cursos de experto en Derecho Administrativo, principalmente en las materias de responsabilidad patrimonial, expropiación forzosa y contencioso – administrativo. 

Ostenta el cargo de coordinadora académica en Administrativando Business School.

Antonio Pérez Valderrama

Socio

Es profesor en Derecho Administrativo y contratación pública en el Instituto Superior de Derecho y Economía de Madrid.

Con anterioridad, ha formado parte de firmas jurídicas internacionales, como Martínez Echevarría & Rivera Abogados, con cargos de dirección en el Área de Derecho Administrativo

Recientemente ha intervenido como coautor en el «Manual sobre el Contrato Menor», publicado por la Editorial Aranzadi. 

Asimismo, imparte jornadas docentes en la Sección de Derecho Administrativo de Economist & Jurist y Administrativando Abogados. Entre otros eventos, conviene destacar la formación sobre la posible nulidad de las sanciones administrativas impuestas durante los estados de alarma a consecuencia de la Covid-19. 

Ha defendido todo tipo de procedimientos de Derecho Administrativo y Contencioso – Administrativo y ante cualquier instancia.

Ostenta el cargo de director ejecutivo en Administrativando Business School.

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