Una de las oposiciones más duras que existen en España es la de Abogacía del Estado, pero podemos decir que también son de las que mejor recompensadas económicamente. A lo largo del presente artículo vamos a ver en qué consiste este puesto de función pública, así como los dilemas fundamentales asociados a la misma.
I- ¿Qué es la Abogacía General del Estado?
Hasta hace muy poco tiempo, la Abogacía General del Estado era conocida por la mayoría, en nuestro país, como “Servicio Jurídico del Estado”, quizá un nombre más descriptivo pero, con la entrada en vigor del Real Decreto 649/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas, en el ámbito de la Abogacía General del Estado, el nombre pasa a ser exclusivamente “Abogacía General del Estado”, derogando esta norma el Reglamento del Servicio Jurídico del Estado de 2003.
La Abogacía General del Estado es el órgano integrado en el Ministerio de Justicia, que se encarga de dirigir los servicios que prestan asistencia jurídica al Estado y a otras instituciones públicas.
Por “abogados del Estado” se hace referencia al cuerpo de funcionarios públicos de la Administración General del Estado, lo cual quiere decir que es único para todo el territorio nacional, que operan bajo la mencionada Abogacía General del Estado.
II.- ¿Qué función realiza un Abogado del Estado?
La función principal de un Abogado del Estado es representar y defender los intereses del Estado y de otras entidades públicas en los procedimientos judiciales y administrativos en los que se puedan ver involucrados, así como la representación y defensa de los Órganos Constitucionales, según se extrae del artículo 1 de la Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas.
Tratando de ser algo más exhaustivos en la descripción de funciones de un Abogado del Estado podemos decir que algunas de sus tareas son:
- Representar al Estado y sus Organismos Públicos en los tribunales
- Presentar recursos y apelaciones en nombre del Estado
- Defender el Patrimonio Público
- Brindar asesoramiento legal
- Asesorar en la negociación, redacción y revisión de acuerdos y convenios en los que el Estado sea parte.
- Fiscalizar normas y actos administrativos.
III.- ¿Dónde trabaja un Abogado del Estado?
Un Abogado del Estado desarrollará su labor en diferentes áreas y órganos del Estado, como Ministerios; la Audiencia Nacional; el Tribunal Supremo; Agencias estatales o en la estructura provincial de la Abogacía del Estado.
IV.- ¿Cómo ser Abogado del Estado?
Las oposiciones para acceder a este cuerpo, como indicábamos al inicio, son de las más complejas de las que existen actualmente. Los motivos son el elevado número de temas a memorizar, así como la dificultad propia de los cantes de temario; el alto nivel exigido y el escaso número de plazas que se ofertan cada año, unas cuarenta.
Las pruebas para obtener una de esas plazas son cinco, reproducimos a continuación la última publicación del Ministerio de Justicia con respecto a la oposición.
“La oposición estará formada por los siguientes ejercicios, todos ellos eliminatorios:
Primer ejercicio
Consistirá en exponer oralmente durante un plazo máximo de 65 minutos:
Dos temas de Derecho Civil
Uno de Derecho Hipotecario
Dos de Derecho Procesal
Uno de Derecho Mercantil
Uno de Derecho del Trabajo
El tiempo mínimo dedicado a la exposición de cada tema no podrá ser inferior a cinco minutos
Segundo ejercicio
Consistirá en exponer oralmente durante el plazo máximo de 65 minutos, los siguientes temas:
Un tema de Derecho Constitucional
Dos temas de Derecho Administrativo
Dos temas de Hacienda Pública
Un tema de Derecho Internacional Público y Derecho Comunitario Europeo
Uno de Derecho Penal
El tiempo mínimo dedicado a la exposición de cada tema no podrá ser inferior a cinco minutos
Tercer ejercicio
Constará de dos pruebas de idiomas:
Ambas pruebas consistirán en acreditar oralmente ante el Tribunal, los conocimientos suficientes de lectura y traducción del idioma extranjero.
La primera, de carácter obligatorio y eliminatorio (los aspirantes podrán elegir como idioma de la prueba el inglés o el francés)
La segunda, de carácter voluntario y no eliminatorio (los aspirantes podrán elegir cualquier idioma extranjero de los oficiales de la Unión Europea, siempre que sea distinto al elegido para la prueba anterior)
Cuarto ejercicio.
Es un ejercicio de carácter práctico que consistirá en realizar alguna actuación escrita en asunto judicial en que sean parte el Estado o las Entidades de Derecho Público vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado.
Quinto ejercicio.
Es un ejercicio de carácter práctico que consistirá en informar por escrito sobre algún asunto jurídico en que esté interesada la Administración General del Estado o sus Entidades Públicas o dependientes.
Para el desarrollo de cada uno de los ejercicios 4º y 5º, los opositores podrán consultar textos legales y jurisprudenciales en soporte papel y en soporte informático que se les faciliten en el lugar de celebración del examen y dispondrán de un tiempo máximo de 10 horas por cada uno de ellos.”
Vistos los ejercicios no hay mucho más que añadir con respecto a la dificultad de esta oposición.
V.- ¿Cuántos Abogados del Estado hay en España?
La plantilla, a 2023, está configurada por 663 letrados, aunque tan solo 357 están en activo, según el Ministerio de Justicia. Por comparar con otras oposiciones del ámbito y con elevada dificultad, el Consejo General del Notariado informa de que, en la actualidad, hay 2.800 notarios en nuestro país.
VI.- ¿Cuánto gana un Abogado del Estado?
Efectivamente, está compensado el esfuerzo de aprobar la oposición con el salario, ya que reciben entre 50.000 y 60.000 euros, en 14 pagas, llegando incluso a los 80.000 euros.
VII.- El dilema de los Abogados del Estado
Abogados del Estado hay muy pocos y la mitad de ellos no ejercen como tales. Muchos se podrían preguntar por qué, después de superar una oposición tan difícil, los funcionarios eligen no ejercer; pues aquí va la sencilla respuesta: les ofrecen puestos con sueldos elevadísimos en el sector privado.
Algunos de ellos abandonan su puesto para ejercer en reconocidos bufetes de abogados, donde cobran alrededor de 500.000 euros de fijo, más otro tanto en variable.
Otros acceden a puestos directivos en empresas y multinacionales de todos los sectores, donde perciben literalmente millones de euros en fijo y otros tantos en variables.
Finalmente, algunos se encuentran en “servicios especiales” que, en su gran mayoría, se dedican a la política con, evidentemente, salarios más exiguos que los de la empresa privada pero sensiblemente superiores al de cualquier Abogado del Estado.
Un dilema que será el Ministerio de Justicia el que tenga que resolver para tener completa la plantilla de la Abogacía del Estado y la defensa de los intereses del Estado y, por tanto, de todos los ciudadanos.