I. ¿Qué es el recurso contencioso-administrativo?
No se puede determinar cuál sería el precio del abogado especialista en recurso contencioso-administrativo, sin antes saber en qué consiste un recurso contencioso-administrativo.
El recurso contencioso-administrativo es un procedimiento jurídico que se interpone contra disposiciones de carácter general o actos de la administración pública (central, autonómica y local) cuando se agota la instancia o vía administrativa (resolución a recursos de alzada, recursos de reposición, recursos de los tribunales económico-administrativos) con el objeto de impugnar la inactividad, acción o decisión de la administración local, autonómica o estatal.
II. ¿Qué se entiende por abogado especialista en recurso contencioso-administrativo?
Los abogados especialistas en recursos contencioso-administrativos son aquellos profesionales del derecho, que poseen la experiencia y el conocimiento jurídico suficiente en las materias que integran sustantivamente el derecho administrativo, y que, a su vez, se dedican al asesoramiento jurídico, la asistencia y la representación en el ámbito judicial contencioso-administrativo.
En cuanto a los servicios prestados, los abogados especialistas en recursos contencioso-administrativos, así como cualquier profesional de la abogacía tienen derecho a una contraprestación por sus servicios y al reintegro de los gastos ocasionados, de conformidad con las normas reguladoras de la actuación del abogado, específicamente, los artículos 25 y 26 el Real Decreto 135/2021, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto General de la Abogacía Española (EGAE) y el artículo 14 del Código Deontológico, aprobado por el Pleno del Consejo General de la Abogacía Española, el 6 de marzo de 2019 (Código Deontológico), constituyendo éste el fundamento jurídico que permite fijar el coste o el precio del abogado especialista en recursos contencioso-administrativos.
III. Aspectos resaltantes a la hora de determinar el coste de los servicios prestados por el abogado especialista en recursos contencioso-administrativos
Los honorarios profesionales de un abogado especialista en recursos contencioso-administrativos son la retribución económica que percibe objeto de su actividad de carácter liberal. Por lo tanto, esa contraprestación conocida como honorarios profesionales tiene la particularidad de que es obligatoria siempre que se verifique la prestación de un servicio de carácter profesional, y su fijación ha de ser flexible y libre por parte del abogado o letrado y además ha de venir acompañada de una facturación.
Por consiguiente, esta contraprestación traducida en una compensación de tipo económico que configura el precio del abogado especialista en recurso contencioso-administrativo puede ser pactada y a la vez asumida como una retribución fija, periódica o por horas, tomando en cuenta aspectos como:
(i) La variedad de problemas y complejidades inherentes al asunto en concreto.
(ii) La importancia.
(iii) La duración.
(iv) La extensión.
En cualquier caso, sobre los honorarios ha de tomarse siempre en consideración lo que a tales fines ha señalado la Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de fecha 12 de enero de 2023, en el asunto C-395/21 y la Sentencia de la Sala contencioso-administrativa del Tribunal Supremo de 19 de diciembre de 2022 (rec.7573/2021).
En ese sentido, dentro de los aspectos procedimentales que influyen en la fijación del precio del abogado en recurso contencioso-administrativo, se observa:
(i) Interposición del recurso contencioso-administrativo.
Interponer el recurso contencioso-administrativo estará en manos del abogado especialista en esa área, a quien le fuere conferido el encargo del trabajo de interposición de referido recurso, interposición ésta que ha de efectuarse mediante un escrito reducido, en el cual se ha de señalar la disposición, acto, inactividad o actuación constitutiva de vía de hecho que se impugne. Este escrito se ha de acompañar de:
- El documento que acredite la representación del compareciente.
- El documento o documentos que acrediten la legitimación del actor cuando la ostente por habérsela transmitido otro por herencia o por cualquier otro título.
- La copia o traslado de la disposición o del acto expreso que se recurran, o indicación del expediente en que haya recaído el acto. En caso de que el objeto versare sobre la base de la inactividad de la Administración o una vía de hecho, se ha de mencionar el órgano o dependencia al que se atribuya una u otra, en su caso, el expediente en que tuvieran origen, o cualesquiera otros datos que sirvan para identificar suficientemente el objeto del recurso.
- El documento o documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos exigidos para entablar acciones las personas jurídicas con arreglo a las normas o estatutos que les sean de aplicación.
(ii) Tramitación del recurso contencioso-administrativo.
No se puede determinar el coste exacto de los honorarios del abogado experto en la redacción y tramitación de recursos contencioso-administrativos, sin antes conocer cuáles son las fases que ha de cumplir el abogado para la interposición de un recurso de este tipo.
En ese sentido, es importante tomar en consideración lo previsto en el artículo 33 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, el cual establece:
- Los órganos del orden jurisdiccional contencioso-administrativo juzgarán dentro del límite de las pretensiones formuladas por las partes y de los motivos que fundamenten el recurso y la oposición.
- Si el Juez o Tribunal, al dictar sentencia, estimare que la cuestión sometida a su conocimiento pudiera no haber sido apreciada debidamente por las partes, por existir en apariencia otros motivos susceptibles de fundar el recurso o la oposición, lo someterá a aquéllas mediante providencia en que, advirtiendo que no se prejuzga el fallo definitivo, los expondrá y concederá a los interesados un plazo común de diez días para que formulen las alegaciones que estimen oportunas, con suspensión del plazo para pronunciar el fallo. Contra la expresada providencia no cabrá recurso alguno.
- Esto mismo se observará si, impugnados directamente determinados preceptos de una disposición general, el Tribunal entendiera necesario extender el enjuiciamiento a otros de la misma disposición por razones de conexión o consecuencia con los preceptos recurridos.
IV. Honorarios del abogado especialista en recurso contencioso-administrativo
La cuantía de los honorarios de un abogado especialista en recurso contencioso-administrativo o el precio por sus servicios, será libremente convenida entre el cliente y el profesional de la Abogacía con respeto a las normas deontológicas y sobre la defensa de la competencia y competencia desleal.
No obstante, en este apartado reflejamos a título de referencia una información que puede servir como margen referencial al momento de saber cuál es el precio del abogado especialista en recursos contencioso-administrativos. En este caso, se ha de tener en consideración que la información no incluye lo referente al porcentaje correspondiente a los impuestos que las autoridades competentes establezcan, específicamente el abono del Impuesto del Valor Añadido, por tanto, el monto reflejado deberá ser incrementado con el IVA para calcular el precio total a abonar.
La fijación de los honorarios de los abogados que se dedican a la asistencia o representación de sus clientes en el orden contencioso-administrativo, específicamente en cuanto a la interposición de recursos, dependerá en gran medida de la cuantía del procedimiento o interés económico en litigio. Esa cuantía será determinada por el valor de la cosa o del pleito en litigio.
En ese caso, el precio que ha de fijar el abogado dependerá entre otras cosas, del tipo de procedimiento que vaya a efectuar (ordinario o abreviado), por ejemplo, en lo que respecta al recurso contencioso-administrativo de apelación, el precio aproximado ronda los 800 euros, pudiendo aplicarse costes variables en función de la cuantía que se reclame. Mismo tratamiento puede observarse en cuanto al recurso contencioso-administrativo de casación, ya que tarifará unos honorarios por el orden de los 1.200 euros, aplicando de ser el caso, costes variables.