Obras ilegales: ¿cómo defenderse si te han denunciado?

denuncia obras ilegales​

I. ¿Qué se entiende por obras ilegales?

Una obra ilegal es aquella intervención o construcción que se realiza sin haber obtenido el correspondiente título habilitante —como la licencia urbanística, la declaración responsable o la comunicación previa— exigido por la normativa. En otras palabras, se considera obra ilegal cualquier actuación material de edificación, reforma o modificación que se ejecute sin el permiso oficial otorgado por la Administración competente para autorizarla.

II. Clasificación de las obras ilegales.

Con carácter previo a definir la estrategia a seguir como defensa ante una denuncia por obra ilegal, o incluso procedimiento incoado de oficio por la administración competente para velar por la legalidad urbanística, debemos tener claro el tipo de infracción que se nos imputa.

  1. Con carácter principal, se dividen en dos tipologías:
  • Legalizables: como su propio nombre indica, son aquellas que, pese a no contar con el permiso correspondiente, son susceptibles de regularización y, en definitiva, de ser legalizadas.
  • No legalizables: se trata de obras que, por no ser acordes a la normativa urbanística, no son susceptibles de regularización.
  1. También debe de tenerse en consideración, la actuación material de edificación, reforma o modificación que se haya ejecutado sin el permiso permitente. Por ejemplo:
  • Obra nueva
  • Modificaciones y ampliaciones
  • Cambio de uso
  • Parcelaciones
  • Movimientos de tierra, etc.

III. ¿Qué consecuencias genera la ejecución de obras ilegales?

La ejecución de obras ilegales puede traer como consecuencia:

  1. Sanciones económicas.
  2. El inicio de un procedimiento de restauración de la legalidad urbanística. El cual puede concluir con la emisión de una orden de demolición que obliga a destruir lo ilegalmente construido y devolver la obra a su estado original.
  3. Imposibilidad de escriturar o registrar cualquier propiedad tipificada como ilegal, debido a que la falta de regularización impide la inscripción en el Registro de la Propiedad. Esto dificulta la venta o transmisión del inmueble.

IV. ¿Qué obras requieren permiso y/o licencia por parte de la Administración y cuáles no?

Las obras que generalmente no requieren una licencia urbanística previa del ayuntamiento son aquellas de mantenimiento, reparación o cambios estéticos menores que no afectan a la estructura, la distribución principal del edificio o la fachada, tales como:

  1. Pintura de interiores o exteriores, siempre que no se vea alterado el color original en áreas protegidas.
  2. Reparaciones menores de mantenimiento general, por ejemplo, sustitución de grifos, enchufes o tuberías sin modificar la red principal.
  3. Montaje de muebles empotrados, armarios o cocinas que no impliquen cambios estructurales.

Mientras que, las obras para cuya ejecución se requiere contar con la debida autorización, serán aquellas obras que en general modifiquen la estructura, la distribución interior, la configuración arquitectónica el volumen, la altura o el uso del edificio. Por ejemplo, la edificación de una obra nueva, así como abrir o cerrar nuevas ventanas o puertas, modificar las dimensiones de los existentes, cambiar el acabado exterior de forma sustancial o modificar el color en zonas protegidas.

V. ¿Cómo defenderse si te han denunciado por obras ilegales?

Ante una denuncia por obra ilegal, debe oponerse que la misma está amparada por la obligada licencia urbanística, la declaración responsable o la comunicación previa que habilita la actuación.

Pero ¿qué ocurre si no contamos con esa autorización de la administración?

El Ayuntamiento en cuestión va a iniciar (pues está obligado a ello, no se trata de ninguna opción o facultad) un procedimiento administrativo que puede tener por objeto:

  • Requerir la legalización de las obras, si estas son compatibles con la normativa urbanística.
  • Ordenar la paralización inmediata de los trabajos en curso.
  • Iniciar un expediente de restablecimiento de la legalidad urbanística.
  • Imponer sanciones por la comisión de infracciones urbanísticas, cuando proceda.

En ese sentido, también hemos de distinguir:

1. ¿Cómo defenderse si te han denunciado por obras ilegales que se encuentren en ejecución?

En caso de que la obra se encuentre en ejecución –y sea legalizable-, se deberá solicitar la licencia correspondiente a los fines de su legalización. Esto traerá como consecuencia que se paralice cualquier procedimiento que haya incoado el Ayuntamiento para restaurar la legalidad urbanística. Sin embargo, no sucederá lo mismo con el procedimiento sancionador, el cual seguirá su curso, toda vez, que se efectuaron obras, que aun siendo legalizables, se ejecutaron sin el debido permiso de la Administración.

2. ¿Cómo defenderse si te han denunciado por obras ilegales que se encuentren concluidas?

En este caso resulta fundamental determinar, a partir de la antigüedad de la construcción, si la obra ya ejecutada se encuentra o no prescrita. La llamada prescripción de la obra ilegal se refiere, en realidad, al plazo del que dispone la Administración para iniciar un procedimiento de restauración de la legalidad urbanística y dictar una orden de demolición. Por ello, alegar la prescripción constituye uno de los medios de defensa frente a una denuncia por obras ilegales.

Para invocar este argumento, será necesario acreditar ante el Ayuntamiento los años de antigüedad de la obra ejecutada, para lo que podemos valernos de los siguientes trámites:

  • Al momento de formular alegaciones.
  • A través del recurso potestativo de reposición que se interponga contra la sanción.
  • A través del recurso contencioso-administrativo que se interponga contra la sanción o contra la desestimación del recurso potestativo de reposición.

3. ¿Cómo defenderse si te han denunciado por obras ilegales que se encuentran en ejecución, pero no son legalizables?

Si se ha presentado una denuncia por obras ilegales que están en ejecución y dichas obras no pueden ser legalizadas, será necesario decidir entre mantener lo construido —asumiendo las consecuencias— o proceder voluntariamente a su demolición y retirada. En caso de optar por continuar con la obra, deberá articularse una defensa adecuada, pudiendo emplear para ello los siguientes medios:

  1. Recurso potestativo de reposición, el cual se podrá interponer contra el requerimiento de legalización u orden de demolición.
  2. Recurso contencioso-administrativo de manera directa contra el acto que se quiere impugnar o contra la desestimación del recurso potestativo de reposición.
  3. Solicitud de adopción de medidas cautelares de suspensión de Orden de Demolición.
  4. Recurso de apelación contra sentencia desestimatoria del recurso contencioso administrativo.

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David Muñoz Zapata

Director

Doctor en Derecho por la Universidad de Castilla-La Mancha, con la tesis: “Estudio y propuesta de revisión de la prerrogativa en los contratos administrativos”, que fue calificada con sobresaliente cum laude por el tribunal nombrado al efecto.

Asimismo ha realizado el Máster en “Derechos Fundamentales y Libertades Públicas” y el Máster en “Derecho de la Contratación Pública” de la Universidad de Castilla-La Mancha.

Cuenta con una experiencia profesional de dieciocho años, compaginando puestos tanto en el sector privado, en el ámbito de la abogacía y la asesoría jurídica, como en el sector público, ocupando destinos en la Consejería de Educación, Cultura y Deportes y en la Consejería de Economía, Empresas y Empleo de Castilla-La Mancha.

Igualmente, posee amplia experiencia en el ámbito del Derecho deportivo, habiendo sido, durante seis años, Secretario del Comité de Disciplina Deportiva de Castilla-La Mancha y Secretario del Consejo Regional de Deportes de dicha Comunidad Autónoma. De igual modo, fue el autor del Anteproyecto de la Ley 5/2015, de 26 de marzo, de la Actividad Física y el Deporte de Castilla-La Mancha.

En el ámbito de la docencia, es profesor en diversas titulaciones de Máster y postgrado del ámbito del Derecho administrativo en la Universidad de Castilla-La Mancha y ha sido docente de varios cursos para empleados públicos de la Diputación Provincial de Toledo y de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Finalmente, en el ámbito de la investigación del Derecho administrativo, ha participado en varios congresos y seminarios y posee media docena de trabajos publicados en distintos soportes.

De la mano de Administrativando Abogados, vuelve al ejercicio de la abogacía tras ser diputado de las Cortes de Castilla-La Mancha en su X Legislatura, participando durante la misma en la ponencia de veinticuatro leyes.

Adela Merino León

Asociada Senior

Tras su paso por otras firmas donde adquirió una sólida base jurídica, se incorpora a Administrativando Abogados, participando en la defensa de todo tipo de expedientes sobre derecho administrativo.

Entre otras materias, interviene en procedimientos relacionados con derecho de aguas, funcionarios, responsabilidad patrimonial, sanciones administrativas, contratación pública , urbanismo y recursos contenciosos administrativos de toda índole.

Además de asesorar a empresas nacionales e internacionales, participa en la defensa de infinidad de Administraciones y Organismos Públicos. Es profesora de Derecho Administrativo en la Universidad Loyola y participa como miembros del tribunal de TFM en el Instituto Superior de Derecho y Economía de Madrid. 

Asimismo, se ha ocupado del diseño y elaboración de diferentes jornadas docentes sobre Derecho Administrativo en la escuela de formación Administrativando Business School.

Nuria Carrasco Sánchez

Directora Financiera y Relaciones Institucionales

Tras cursar Administración y Dirección de Empresas en la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales ETEA (actualmente, Loyola), durante más de veinte años de ejercicio profesional, ha asumido la dirección financiera y contable en compañías nacionales e internacionales dedicadas a diferentes sectores de actividad.

Asimismo, de forma simultánea, en buena parte de tales empresas, se ha ocupado de llevar a cabo funciones de representación institucional.

María José Amo Gago

Socia

Tras obtener premio extraordinario a su paso por la Universidad de Córdoba y preparar las oposiciones a la carrera judicial y fiscal, se incorporó a Aguayo Abogados, como firma especialista en Derecho Administrativo (hoy integrada en Ejaso ETL Global). Posteriormente, formó parte del equipo de Garrigues. 

Fruto de su dilatada experiencia profesional de más de diez años, participa en la orientación y defensa de aquéllos procedimientos administrativos y contenciosos – administrativos de especial dificultad técnica, tanto a nivel nacional como internacional. Asimismo, es especialista en abordar recursos de casación contenciosos – administrativos, de amparo ante el Tribunal Constitucional e impugnaciones ante instancias supranacionales como el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Igualmente, ha intervenido en procedimientos contenciosos – administrativos de máxima relevancia social como el Caso Alvia o la impugnación de la licitación de compra centralizada de Equipos de Protección Individual por parte de la Comunidad de Madrid, entre otros muchos.

Ostenta el cargo de coordinadora de relaciones institucionales en Administrativando Business School.

Natalia Montero Pavón

Asociada

Tras preparar las oposiciones a la carrera judicial y fiscal, se incorporó al Departamento de Derecho Administrativo de la conocida firma Sanguino Abogados.

Defiende procedimientos de suma relevancia en la totalidad de áreas que configuran el Derecho Administrativo. Entre otras materias, es especialista en aguas, minas, medio ambiente, función pública, responsabilidad patrimonial, expropiación forzosa, contratación pública, urbanismo y procedimientos sancionadores. 

Igualmente, interviene de forma regular ante la jurisdicción de lo Contencioso – Administrativo en todas sus instancias. 

Asimismo, compagina su labor como docente impartiendo puntualmente máster class sobre derecho público en la Universidad Loyola Andalucía

También ha asumido la dirección y orientación de diferentes cursos de experto en Derecho Administrativo, principalmente en las materias de responsabilidad patrimonial, expropiación forzosa y contencioso – administrativo. 

Ostenta el cargo de coordinadora académica en Administrativando Business School.

Antonio Pérez Valderrama

Socio

Es profesor en Derecho Administrativo y contratación pública en el Instituto Superior de Derecho y Economía de Madrid.

Con anterioridad, ha formado parte de firmas jurídicas internacionales, como Martínez Echevarría & Rivera Abogados, con cargos de dirección en el Área de Derecho Administrativo

Recientemente ha intervenido como coautor en el «Manual sobre el Contrato Menor», publicado por la Editorial Aranzadi. 

Asimismo, imparte jornadas docentes en la Sección de Derecho Administrativo de Economist & Jurist y Administrativando Abogados. Entre otros eventos, conviene destacar la formación sobre la posible nulidad de las sanciones administrativas impuestas durante los estados de alarma a consecuencia de la Covid-19. 

Ha defendido todo tipo de procedimientos de Derecho Administrativo y Contencioso – Administrativo y ante cualquier instancia.

Ostenta el cargo de director ejecutivo en Administrativando Business School.

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