Administrativando Abogados consigue una sentencia que condena a un Ayuntamiento por vulnerar la legalidad urbanística

Sentencia que condena a un Ayuntamiento por vulnerar la legalidad urbanística

La Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Madrid (Plaza nº 12) ha estimado el recurso interpuesto frente a la actuación de un Ayuntamiento de la provincia de Madrid, declarando no ajustado a Derecho el decreto municipal que avaló la construcción de una plataforma en espacio público y obligando al Consistorio a restaurar la legalidad urbanística. La resolución, Sentencia nº 222/2026, de 2 de julio, anula el Decreto de Alcaldía y ordena al Ayuntamiento incoar los procedimientos necesarios para desmantelar completamente la actuación y reponer el entorno a su estado anterior.

El procedimiento ha sido defendido por Administrativando Abogados.

Origen del procedimiento judicial

El litigio se originó tras la ejecución de una actuación municipal consistente en una plataforma pavimentada con rampa y barandilla, ubicada junto a una edificación colindante y ocupando la totalidad de la acera lateral y parte de una zona ajardinada. La demandante, propietaria de la vivienda colindante, había promovido previamente actuaciones ante el Ayuntamiento denunciando que la obra no respetaba la normativa urbanística ni las exigencias de accesibilidad, seguridad y movilidad peatonal. Pese a ello, el Ayuntamiento desestimó su solicitud de revisión de la legalidad urbanística, lo que dio lugar al recurso contencioso-administrativo.

La sentencia considera acreditado que la actuación municipal no podía quedar amparada por una mera valoración de oportunidad o conveniencia urbanística, porque afectaba directamente a parámetros jurídicos vinculados a la accesibilidad y al uso del espacio público. En particular, el órgano judicial da relevancia a que la plataforma se ejecutó adosada a la fachada, suprimiendo el paso peatonal por la acera perimetral y alterando el itinerario de tránsito en un punto especialmente sensible desde la perspectiva de la movilidad y la seguridad. Sobre esa base, el juzgado rechaza la tesis municipal y concluye que la solución constructiva no se ajusta a Derecho.

Claves del caso

Uno de los ejes de la resolución es la protección del itinerario peatonal accesible. La sentencia enlaza el caso con la doctrina del Tribunal Supremo sobre la ocupación del espacio colindante a fachada y recuerda que la configuración del tránsito peatonal no puede sacrificarse en beneficio de una actuación que introduzca obstáculos o desvíos incompatibles con la accesibilidad universal. Desde esa perspectiva, el fallo pone el acento en la incidencia que este tipo de intervenciones puede tener sobre personas con movilidad reducida o discapacidad visual, y rechaza que pueda considerarse irrelevante la alteración del paso cuando la actuación se integra precisamente en el espacio destinado al tránsito de peatones.

Además, el pronunciamiento destaca que no bastaba con que la Administración sostuviera que se trataba de una “zona estancial” promovida por el propio Ayuntamiento. El hecho de que la actuación se hubiera ejecutado con medios municipales no excluye el deber de control de legalidad ni neutraliza la obligación de respetar la normativa urbanística y técnica aplicable. Al contrario, la sentencia recuerda que corresponde al municipio velar por la conformidad de las obras con la ordenación urbanística y ejercer, cuando proceda, sus potestades de protección de la legalidad, reposición del orden infringido y sanción.

Alcance de la resolución judicial

El fallo no se limita a anular el decreto municipal impugnado. El juzgado reconoce el derecho de la recurrente a que el Ayuntamiento active de forma efectiva la disciplina urbanística y adopte medidas concretas frente a la actuación ejecutada. En consecuencia, ordena incoar el correspondiente expediente de restablecimiento de la legalidad urbanística, valorar la apertura del expediente sancionador que proceda y acordar el desmantelamiento completo de la plataforma, con restauración de la situación física previa a las obras. A ello se suma la condena en costas al Ayuntamiento demandado.

La resolución tiene interés más allá del caso concreto porque recuerda un principio básico en materia urbanística: el espacio público no puede transformarse al margen de las exigencias de accesibilidad, seguridad y legalidad, ni siquiera cuando la actuación parte de la propia Administración. El control judicial, en este supuesto, corrige una intervención municipal consolidada que había sido presentada como ajustada a Derecho y reafirma que la potestad urbanística no es discrecional cuando entran en juego límites normativos vinculados al tránsito peatonal, la accesibilidad universal y la protección del entorno urbano.

Interés de la sentencia

El asunto ha sido defendido por Administrativando Abogados, correspondiendo la dirección letrada a Antonio Benítez Ostos, Adela Merino León y David Muñoz Zapata. Como destaca el despacho, la sentencia resulta especialmente relevante porque refuerza la posibilidad de exigir judicialmente la reacción de la Administración cuando un Ayuntamiento, pese a conocer una actuación presuntamente contraria a la legalidad urbanística, decide no actuar o avalarla formalmente. En ese sentido, el pronunciamiento vuelve a poner de relieve la utilidad de la acción urbanística y del recurso contencioso-administrativo como instrumentos eficaces para frenar ocupaciones o intervenciones en vía pública incompatibles con la normativa

Sigue leyendo Administrativando

David Muñoz Zapata

Director

Doctor en Derecho por la Universidad de Castilla-La Mancha, con la tesis: “Estudio y propuesta de revisión de la prerrogativa en los contratos administrativos”, que fue calificada con sobresaliente cum laude por el tribunal nombrado al efecto.

Asimismo ha realizado el Máster en “Derechos Fundamentales y Libertades Públicas” y el Máster en “Derecho de la Contratación Pública” de la Universidad de Castilla-La Mancha.

Cuenta con una experiencia profesional de dieciocho años, compaginando puestos tanto en el sector privado, en el ámbito de la abogacía y la asesoría jurídica, como en el sector público, ocupando destinos en la Consejería de Educación, Cultura y Deportes y en la Consejería de Economía, Empresas y Empleo de Castilla-La Mancha.

Igualmente, posee amplia experiencia en el ámbito del Derecho deportivo, habiendo sido, durante seis años, Secretario del Comité de Disciplina Deportiva de Castilla-La Mancha y Secretario del Consejo Regional de Deportes de dicha Comunidad Autónoma. De igual modo, fue el autor del Anteproyecto de la Ley 5/2015, de 26 de marzo, de la Actividad Física y el Deporte de Castilla-La Mancha.

En el ámbito de la docencia, es profesor en diversas titulaciones de Máster y postgrado del ámbito del Derecho administrativo en la Universidad de Castilla-La Mancha y ha sido docente de varios cursos para empleados públicos de la Diputación Provincial de Toledo y de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Finalmente, en el ámbito de la investigación del Derecho administrativo, ha participado en varios congresos y seminarios y posee media docena de trabajos publicados en distintos soportes.

De la mano de Administrativando Abogados, vuelve al ejercicio de la abogacía tras ser diputado de las Cortes de Castilla-La Mancha en su X Legislatura, participando durante la misma en la ponencia de veinticuatro leyes.

Adela Merino León

Asociada Senior

Tras su paso por otras firmas donde adquirió una sólida base jurídica, se incorpora a Administrativando Abogados, participando en la defensa de todo tipo de expedientes sobre derecho administrativo.

Entre otras materias, interviene en procedimientos relacionados con derecho de aguas, funcionarios, responsabilidad patrimonial, sanciones administrativas, contratación pública , urbanismo y recursos contenciosos administrativos de toda índole.

Además de asesorar a empresas nacionales e internacionales, participa en la defensa de infinidad de Administraciones y Organismos Públicos. Es profesora de Derecho Administrativo en la Universidad Loyola y participa como miembros del tribunal de TFM en el Instituto Superior de Derecho y Economía de Madrid. 

Asimismo, se ha ocupado del diseño y elaboración de diferentes jornadas docentes sobre Derecho Administrativo en la escuela de formación Administrativando Business School.

Nuria Carrasco Sánchez

Directora Financiera y Relaciones Institucionales

Tras cursar Administración y Dirección de Empresas en la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales ETEA (actualmente, Loyola), durante más de veinte años de ejercicio profesional, ha asumido la dirección financiera y contable en compañías nacionales e internacionales dedicadas a diferentes sectores de actividad.

Asimismo, de forma simultánea, en buena parte de tales empresas, se ha ocupado de llevar a cabo funciones de representación institucional.

María José Amo Gago

Socia

Tras obtener premio extraordinario a su paso por la Universidad de Córdoba y preparar las oposiciones a la carrera judicial y fiscal, se incorporó a Aguayo Abogados, como firma especialista en Derecho Administrativo (hoy integrada en Ejaso ETL Global). Posteriormente, formó parte del equipo de Garrigues. 

Fruto de su dilatada experiencia profesional de más de diez años, participa en la orientación y defensa de aquéllos procedimientos administrativos y contenciosos – administrativos de especial dificultad técnica, tanto a nivel nacional como internacional. Asimismo, es especialista en abordar recursos de casación contenciosos – administrativos, de amparo ante el Tribunal Constitucional e impugnaciones ante instancias supranacionales como el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Igualmente, ha intervenido en procedimientos contenciosos – administrativos de máxima relevancia social como el Caso Alvia o la impugnación de la licitación de compra centralizada de Equipos de Protección Individual por parte de la Comunidad de Madrid, entre otros muchos.

Ostenta el cargo de coordinadora de relaciones institucionales en Administrativando Business School.

Natalia Montero Pavón

Asociada

Tras preparar las oposiciones a la carrera judicial y fiscal, se incorporó al Departamento de Derecho Administrativo de la conocida firma Sanguino Abogados.

Defiende procedimientos de suma relevancia en la totalidad de áreas que configuran el Derecho Administrativo. Entre otras materias, es especialista en aguas, minas, medio ambiente, función pública, responsabilidad patrimonial, expropiación forzosa, contratación pública, urbanismo y procedimientos sancionadores. 

Igualmente, interviene de forma regular ante la jurisdicción de lo Contencioso – Administrativo en todas sus instancias. 

Asimismo, compagina su labor como docente impartiendo puntualmente máster class sobre derecho público en la Universidad Loyola Andalucía

También ha asumido la dirección y orientación de diferentes cursos de experto en Derecho Administrativo, principalmente en las materias de responsabilidad patrimonial, expropiación forzosa y contencioso – administrativo. 

Ostenta el cargo de coordinadora académica en Administrativando Business School.

Antonio Pérez Valderrama

Socio

Es profesor en Derecho Administrativo y contratación pública en el Instituto Superior de Derecho y Economía de Madrid.

Con anterioridad, ha formado parte de firmas jurídicas internacionales, como Martínez Echevarría & Rivera Abogados, con cargos de dirección en el Área de Derecho Administrativo

Recientemente ha intervenido como coautor en el «Manual sobre el Contrato Menor», publicado por la Editorial Aranzadi. 

Asimismo, imparte jornadas docentes en la Sección de Derecho Administrativo de Economist & Jurist y Administrativando Abogados. Entre otros eventos, conviene destacar la formación sobre la posible nulidad de las sanciones administrativas impuestas durante los estados de alarma a consecuencia de la Covid-19. 

Ha defendido todo tipo de procedimientos de Derecho Administrativo y Contencioso – Administrativo y ante cualquier instancia.

Ostenta el cargo de director ejecutivo en Administrativando Business School.

En AB Legal International S.L.P. utilizamos cookies propias y de terceros que permiten al usuario la navegación a través de una página web (técnicas), para el seguimiento y análisis estadístico del comportamiento de los usuarios (analíticas),  que permiten la gestión de los espacios publicitarios que, en su caso, el editor haya incluido en una página (publicitarias) y  cookies  que almacenan información del comportamiento de los usuarios obtenida a través de la observación continuada de sus hábitos de navegación, lo que permite desarrollar un perfil específico para mostrar publicidad en función del mismo elaboración de perfiles web ( hay que poner la información genérica sobre el tipo de datos que se van a recopilar y utilizar en caso de que se elaboren perfiles) (análisis de perfiles) (si hubiera otras finalidades debería incluirse la información). Si acepta este aviso consideraremos que acepta su uso. Puede obtener más información, o bien conocer cómo cambiar la configuración, en nuestra política de cookies.

919017030