Ahora presentan, de la mano de Administrativando Abogados, una demanda de ejecución provisional para tomar posesión cuanto antes de sus plazas
Todo comenzó cuando en noviembre de 2021 las 13 maestras que ocupaban el cargo en forma de interinidad impugnaron unas oposiciones convocadas por el citado Ayuntamiento.
El titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº32 de Madrid. Excelentísimo Sr. D. Luís Vacas decidió anular las bases de la convocatoria y hacer fijas a las interinas -como fórmula de estabilización- al entender que llevaban ocupando su plaza desde 2013.
Vacas consideró que al llevar años encadenando contratos temporales, se estaba vulnerando el Estatuto del Empleado Público, la Directiva 1999/70/CE del Consejo sobre el trabajo de duración determinada y la sentencia del TJUE de 19 de marzo de 2020 que regulaba la situación de los interinos.
Sin embargo, once docentes que sí superaron la oposición entendieron que la decisión era injusta y acudieron al TSJM para recurrir la sentencia de la mano de Administrativando Abogados.
Y lograron su objetivo: todos y cada uno de sus argumentos convencieron a los Srs. magistrados D. José Daniel Sanz Heredero, D. Juan Francisco López, D. José Ramón Chulvi, D. Álvaro Domínguez Calvo y Dña. María de la Soledad Gamo.
Consideraron que el presunto abuso de interinidad no era darle a dichas personas unas plazas de funcionario público porque, para ello, debían sacarse las correspondientes oposiciones.
Por lo que explicaron que, si estaban en fraude de ley, podían pedir al ayuntamiento una indemnización por daños y perjuicios.
Así, las once docentes que sí han aprobado las oposiciones han presentado una demanda de ejecución provisional de sentencia tras la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de tumbar el fallo de primera instancia con costas que hacía fijas a las maestras interinas.
Esta decisión es consecuencia de la voluntad de las interinas de seguir batallando judicialmente ya que el pasado 4 de mayo recurrieron la sentencia ante el Tribunal Supremo. Y en caso de que se admitiese esta ejecución provisional de sentencia, las profesoras que sí superaron el proceso selectivo podrán tomar posesión de las plazas ofertadas hasta que el Alto Tribunal resuelva.
Paralización laboral absoluta y precariedad
Según la demanda, que ha sido presentada por Antonio Benítez Ostos, socio director de Administrativando Abogados y que defiende a las docentes afectadas, las aspirantes se encuentran «en una situación de paralización laboral absoluta a expensas de una resolución confirmatoria de legalidad final».
Esto les supone estar en una situación precaria ya que no están percibiendo ningún tipo de retribución económica que permita, tanto su sustento, como el de sus familiares. “Es una situación insostenible” porque ya han transcurrido más de dos años desde que debieron tomar posesión.
Por el contrario, “en el escrito de demanda se considera que la mera interposición del recurso de casación permitiría, artificiosamente y de forma presunta, que las recurrentes interinas sigan percibiendo sus haberes y alargar la situación injusta en la que se encuentran nuestros clientes”, explica el letrado.
Además, la propia sentencia del TSJM manifestó que “las partes favorecidas por la sentencia podrán instar su ejecución provisional” si era recurrida ante el Alto Tribunal.
Objetivo: que la sentencia se ejecute de inmediato
Antonio Benítez Ostos ha relatado que entienden «que es de Justicia que la sentencia estimada íntegramente a nuestros clientes se ejecute de inmediato, publicándose el correspondiente listado de aprobados y se proceda a la correspondiente toma de posesión».
Ya que, «de lo contrario, se estaría permitiendo que el personal interino recurrente siga ocupando unas plazas que no le corresponden, tal y como ha decretado el Tribunal Superior de Justicia de Madrid».
«Consideramos que dilatar artificiosamente esta situación, no sólo no se ajustaría a Derecho sino que, además, supondría incrementar los perjuicios que injustamente están padeciendo nuestros representados», ha concluido.