El TSJ de Cantabria reconoce como accidente laboral el suicido de un trabajador

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha reconocido el suicidio de un trabajador como accidente laboral, al determinar que existió causalidad en la decisión de quitarse la vida con la situación que vivía en su empleo. La sentencia obliga a pagar a su viuda y a su hija menor de edad una indemnización y las correspondientes pensiones de viudedad y orfandad.

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, estima el recurso presentado por la viuda a una sentencia del Juzgado de lo Social número 3 de Santander, que desestimaba la demanda que en su día presentó, achacando la decisión del suicido a la situación personal del trabajador, con un padre enfermo.

Por su parte, la sentencia 118/2023, de 27 de febrero, del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, establece que el hombre, que ejercía como responsable de una tienda de una cadena de supermercados, fue denunciado por acoso laboral por otra trabajadora. Una investigación interna de la empresa apuntaba que la denuncia pudo estar inducida por otra empleada, que había sido despedida meses antes.

Como consecuencia de ello, el hombre fue castigado con tres días de suspensión de empleo y sueldo, y la empresa propuso al trabajador un cambio a una tienda alejada de su residencia y que aceptara la sanción por acoso a la trabajadora. A esta situación, según apunta la sentencia, se sumaba el hecho de que en la tienda en la que el hombre era responsable tenía un ambiente “enrarecido” por causa de unas elecciones sindicales.

Relación entre acto suicida y trabajo

Tras su decisión del suicidio del trabajador, su viuda presentó una demanda solicitando una pensión de viudedad y orfandad para ella y su hija derivadas de contingencia profesional, una demanda que el Juzgado de lo Social número 3 de Santander desestimó al entender que no existía relación entre el acto suicida y el trabajo.

Tras el fallo, la mujer del trabajador interpuso un recurso de suplicación, que ha estimado el Tribunal Superior de Justicia, que apunta en su sentencia que la decisión “estuvo vinculada de manera próxima y más que directa con su trabajo y, en concreto, con la situación derivada de la demanda por acoso laboral y las consecuencias de la misma”. Así, en la sentencia se establece que la problemática laboral interfirió en su vida familiar y su salud mental.

En concreto, la sentencia se apunta que “el trabajo o las circunstancias en las que se desarrollaba su prestación de servicios laboral es lo que está en la base de la decisión de quitarse la vida” y se subraya que “así se desprende del hecho de que los problemas laborales que inicio a comienzos del año 2021 como consecuencia de la denuncia por acoso persistieron casi hasta la fecha del óbito del actor”.

Preocupación laboral

Las pruebas que respaldan estas conclusiones son una conversación con su mujer, tres días antes de su fallecimiento, en el que el trabajador mostraba su preocupación por la posible denuncia de la trabajadora. Además, un día antes del fatal desenlace, el trabajador realizó una búsqueda en Internet acerca de las consecuencias penales asociadas a una denuncia de acoso laboral. Con estas pruebas, el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, entiende la preocupación que acompañó al trabajador en los días previos a su fallecimiento y su causa es puramente laboral.

Pensión e indemnización

La sentencia recoge que “entendemos que la conflictividad laboral, una previsible interposición de una denuncia penal contra él y la próxima incorporación a un nuevo centro de trabajo fuera del lugar de su residencia, tres días antes del suicidio, incidieron en su estado de ánimo y en la posterior decisión de acabar con su vida”.

Por este motivo, el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha estimado el recurso interpuesto por la viuda del trabajador, revocando la sentencia del Juzgado de Primera Estancia. En la sentencia, que insta a que la viuda y la hija obtengan las pensiones de viudedad y orfandad derivadas de contingencia profesional, condena a la empresa, a la asegurada y a la Seguridad Social a hacerse responsable tanto del pago de las prestaciones como de la indemnización a la viuda y su hija.

La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria llega en un omento en que se aprobado por unanimidad en el Congreso de los Diputados de un nuevo permiso retribuido de dos semanas para acompañar a un familiar o allegado en riesgo inminente de suicidio, siempre que un médico o un psicólogo lo consideren oportuno.

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Adela Merino León

Asociada

Tras su paso por otras firmas donde adquirió una sólida base jurídica, se incorpora a Administrativando Abogados, participando en la defensa de todo tipo de expedientes sobre derecho administrativo.

Entre otras materias, interviene en procedimientos relacionados con derecho de aguas, funcionarios, responsabilidad patrimonial, sanciones administrativas, contratación pública , urbanismo y recursos contenciosos administrativos de toda índole.

Además de asesorar a empresas nacionales e internacionales, participa en la defensa de infinidad de Administraciones y Organismos Públicos.

Asimismo, se ha ocupado del diseño y elaboración de diferentes jornadas docentes sobre Derecho Administrativo en la escuela de formación Administrativando Business School.

Nuria Carrasco Sánchez

Directora Financiera y Relaciones Institucionales

Tras cursar Administración y Dirección de Empresas en la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales ETEA (actualmente, Loyola), durante más de veinte años de ejercicio profesional, ha asumido la dirección financiera y contable en compañías nacionales e internacionales dedicadas a diferentes sectores de actividad.

Asimismo, de forma simultánea, en buena parte de tales empresas, se ha ocupado de llevar a cabo funciones de representación institucional.

María José Amo Gago

Directora

Tras obtener premio extraordinario a su paso por la Universidad de Córdoba y preparar las oposiciones a la carrera judicial y fiscal, se incorporó a Aguayo Abogados, como firma especialista en Derecho Administrativo (hoy integrada en Ejaso ETL Global). Posteriormente, formó parte del equipo de Garrigues.

Fruto de su dilatada experiencia profesional de más de diez años, participa en la orientación y defensa de aquéllos procedimientos administrativos y contenciosos – administrativos de especial dificultad técnica, tanto a nivel nacional como internacional. Asimismo, es especialista en abordar recursos de casación contenciosos – administrativos, de amparo ante el Tribunal Constitucional e impugnaciones ante instancias supranacionales como el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Igualmente, ha intervenido en procedimientos contenciosos – administrativos de máxima relevancia social como el Caso Alvia o la impugnación de la licitación de compra centralizada de Equipos de Protección Individual por parte de la Comunidad de Madrid, entre otros muchos.

Ostenta el cargo de coordinadora de relaciones institucionales en Administrativando Business School.

Natalia Montero Pavón

Asociada

Tras preparar las oposiciones a la carrera judicial y fiscal, se incorporó al Departamento de Derecho Administrativo de la conocida firma Sanguino Abogados.

Defiende procedimientos de suma relevancia en la totalidad de áreas que configuran el Derecho Administrativo. Entre otras materias, es especialista en aguas, minas, medio ambiente, función pública, responsabilidad patrimonial, expropiación forzosa, contratación pública, urbanismo y procedimientos sancionadores.

Igualmente, interviene de forma regular ante la jurisdicción de lo Contencioso – Administrativo en todas sus instancias.

Asimismo, compagina su labor como docente impartiendo puntualmente máster class sobre derecho público en la Universidad Loyola Andalucía.

También ha asumido la dirección y orientación de diferentes cursos de experto en Derecho Administrativo, principalmente en las materias de responsabilidad patrimonial, expropiación forzosa y contencioso – administrativo.

Ostenta el cargo de coordinadora académica en Administrativando Business School.

Antonio Pérez Valderrama

Director

Es profesor en Derecho Administrativo y contratación pública en el Instituto Superior de Derecho y Economía de Madrid.

Con anterioridad, ha formado parte de firmas jurídicas internacionales, como Martínez Echevarría & Rivera Abogados, con cargos de dirección en el Área de Derecho Administrativo.

Recientemente ha intervenido como coautor en el «Manual sobre el Contrato Menor», publicado por la Editorial Aranzadi.

Asimismo, imparte jornadas docentes en la Sección de Derecho Administrativo de Economist & Jurist y Administrativando Abogados. Entre otros eventos, conviene destacar la formación sobre la posible nulidad de las sanciones administrativas impuestas durante los estados de alarma a consecuencia de la Covid-19.

Ha defendido todo tipo de procedimientos de Derecho Administrativo y Contencioso – Administrativo y ante cualquier instancia.

Ostenta el cargo de director ejecutivo en Administrativando Business School.

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