Caso Shakira: posible ilegalidad al instalar cámaras de vigilancia en el exterior de su vivienda

¿Podemos instalar cámaras de vigilancia al exterior si somos famosos?

Últimamente, estrellas de la música o el cine, recurren con frecuencia a observar a los periodistas que persiguen conocer aspectos de su vida cotidiana. Hemos visto en más de una ocasión cómo sostienen sus móviles frente a una cámara de un reportero o cómo también toman fotografías de los periodistas que les plantan el micro delante, tratando de hacer una curiosa contraofensiva.

Es más, hemos observado reprimendas de famosos a viandantes, que no son ni reporteros ni periodistas, pero que obtienen excelentes exclusivas gracias a tener el Smartphone a mano en el momento adecuado, nutriendo de contenido a los programas del corazón más necesitados.

Parece que la lucha por la privacidad de unos y la insaciable curiosidad de otros, ha alcanzado un nuevo estadio con la última ocurrencia de Shakira: apuntar a la vía pública con sus cámaras de videovigilancia.

Seguramente no sea la primera en hacerlo, y probablemente, no será la última, pero desde luego ha causado un extraordinario revuelo en nuestro país: Denuncian reporteros de un famoso programa de televisión que la cantante colombiana ha cambiado la dirección a la que apuntan sus cámaras de videovigilancia, haciendo que estas controlen la vía pública.

¿Es esto ilegal? Bueno, pues depende.

Empecemos por la Ley 5/2014, de 5 de abril, de Seguridad Privada: de acuerdo a esta norma, tanto Shakira como usted, tienen derecho a instalar un sistema de videovigilancia, que define el artículo 42:

Los servicios de videovigilancia consisten en el ejercicio de la vigilancia a través de sistemas de cámaras o videocámaras, fijas o móviles, capaces de captar y grabar imágenes y sonidos, incluido cualquier medio técnico o sistema que permita los mismos tratamientos que éstas.(…)

(…) No se podrán utilizar cámaras o videocámaras con fines de seguridad privada para tomar imágenes y sonidos de vías y espacios públicos o de acceso público salvo en los supuestos y en los términos y condiciones previstos en su normativa específica, previa autorización administrativa por el órgano competente en cada caso.

O sea, que sí se puede instalar un sistema de videovigilancia aunque no se podrán tomar imágenes de la vía pública salvo excepciones.

Lo que nos lleva a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Concretamente a su artículo 22, que dispone:

  1. Las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, podrán llevar a cabo el tratamiento de imágenes a través de sistemas de cámaras o videocámaras con la finalidad de preservar la seguridad de las personas y bienes, así como de sus instalaciones.
  2. Solo podrán captarse imágenes de la vía pública en la medida en que resulte imprescindible para la finalidad mencionada en el apartado anterior.

Y ahí está la clave: la norma permite que se tomen imágenes de la vía pública o espacios comunes si es imprescindible para preservar la seguridad de las personas, como, por ejemplo: entrada a una casa unifamiliar, acceso a un garaje comunitario, entrada de un portal…debiendo captarse una franja mínima de dicho espacio público.

Por tanto, en principio, Shakira no está incumpliendo la norma con las cámaras de su casa de Barcelona, si estas captan lo necesario para preservar su seguridad.

Ahora bien, habría que ver si, además, advierte públicamente de que se trata de una zona videovigilada; se asegura que a dichas imágenes solo tiene acceso personal autorizado; y cumple con los plazos de conservación de datos.

Si todo ello está en orden lo más lógico sería pensar que la cantante mundialmente famosa sea la que tenga motivos para preservar su intimidad y haga bien teniendo un sistema de videovigilancia.

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Adela Merino León

Abogada Senior

Tras su paso por otras firmas donde adquirió una sólida base jurídica, se incorpora a Administrativando Abogados, participando en la defensa de todo tipo de expedientes sobre derecho administrativo.

Entre otras materias, interviene en procedimientos relacionados con derecho de aguas, funcionarios, responsabilidad patrimonial, sanciones administrativas, contratación pública , urbanismo y recursos contenciosos administrativos de toda índole.

Además de asesorar a empresas nacionales e internacionales, participa en la defensa de infinidad de Administraciones y Organismos Públicos.

Asimismo, se ha ocupado del diseño y elaboración de diferentes jornadas docentes sobre Derecho Administrativo en la escuela de formación Administrativando Business School.

Nuria Carrasco Sánchez

Directora Financiera y Relaciones Institucionales

Tras cursar Administración y Dirección de Empresas en la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales ETEA (actualmente, Loyola), durante más de veinte años de ejercicio profesional, ha asumido la dirección financiera y contable en compañías nacionales e internacionales dedicadas a diferentes sectores de actividad.

Asimismo, de forma simultánea, en buena parte de tales empresas, se ha ocupado de llevar a cabo funciones de representación institucional.

María José Amo Gago

Asociada Senior

Tras obtener premio extraordinario a su paso por la Universidad de Córdoba y preparar las oposiciones a la carrera judicial y fiscal, se incorporó a Aguayo Abogados, como firma especialista en Derecho Administrativo (hoy integrada en Ejaso ETL Global). Posteriormente, formó parte del equipo de Garrigues.

Fruto de su dilatada experiencia profesional de más de diez años, participa en la orientación y defensa de aquéllos procedimientos administrativos y contenciosos – administrativos de especial dificultad técnica, tanto a nivel nacional como internacional. Asimismo, es especialista en abordar recursos de casación contenciosos – administrativos, de amparo ante el Tribunal Constitucional e impugnaciones ante instancias supranacionales como el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Igualmente, ha intervenido en procedimientos contenciosos – administrativos de máxima relevancia social como el Caso Alvia o la impugnación de la licitación de compra centralizada de Equipos de Protección Individual por parte de la Comunidad de Madrid, entre otros muchos.

Ostenta el cargo de coordinadora de relaciones institucionales en Administrativando Business School.

Natalia Montero Pavón

Asociada

Tras preparar las oposiciones a la carrera judicial y fiscal, se incorporó al Departamento de Derecho Administrativo de la conocida firma Sanguino Abogados.

Defiende procedimientos de suma relevancia en la totalidad de áreas que configuran el Derecho Administrativo. Entre otras materias, es especialista en aguas, minas, medio ambiente, función pública, responsabilidad patrimonial, expropiación forzosa, contratación pública, urbanismo y procedimientos sancionadores.

Igualmente, interviene de forma regular ante la jurisdicción de lo Contencioso – Administrativo en todas sus instancias.

Asimismo, compagina su labor como docente impartiendo puntualmente máster class sobre derecho público en la Universidad Loyola Andalucía.

También ha asumido la dirección y orientación de diferentes cursos de experto en Derecho Administrativo, principalmente en las materias de responsabilidad patrimonial, expropiación forzosa y contencioso – administrativo.

Ostenta el cargo de coordinadora académica en Administrativando Business School.

Antonio Pérez Valderrama

Director

Es profesor en Derecho Administrativo y contratación pública en el Instituto Superior de Derecho y Economía de Madrid.

Con anterioridad, ha formado parte de firmas jurídicas internacionales, como Martínez Echevarría & Rivera Abogados, con cargos de dirección en el Área de Derecho Administrativo.

Recientemente ha intervenido como coautor en el «Manual sobre el Contrato Menor», publicado por la Editorial Aranzadi.

Asimismo, imparte jornadas docentes en la Sección de Derecho Administrativo de Economist & Jurist y Administrativando Abogados. Entre otros eventos, conviene destacar la formación sobre la posible nulidad de las sanciones administrativas impuestas durante los estados de alarma a consecuencia de la Covid-19.

Ha defendido todo tipo de procedimientos de Derecho Administrativo y Contencioso – Administrativo y ante cualquier instancia.

Ostenta el cargo de director ejecutivo en Administrativando Business School.

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