Como es sabido, y así hemos tenido ocasión de comentar en otro post, el pasado día 2 de octubre de 2015, se publicaron en el BOE la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas («LPAC»), y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público («LRJSP»).
Pues bien, a partir de hoy, despliegan plenos efectos ambas normativas (a salvo de la Administración Electrónica, que deberemos de esperar al 2 de octubre del próximo año 2017), quedando derogada la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Procedimiento Administrativo Común.
Si bien nos remitimos a los post publicados al respecto sobre las novedades que introducen estas nuevas leyes, debemos de recordar por su importancia que, a partir de ahora, los plazos administrativos se computan por horas, sin contar los sábados ni el mes de agosto.
Deberemos, por tanto, anotar la hora de recepción de la notificación, y tomarla como referencia en el dies ad quem, so pena de que nuestras alegaciones y/o recursos sean inadmitidos por extemporáneos.