Competencia del Estado en materia farmacéutica
El artículo 149.1 16 de nuestra Constitución Española, establece expresamente: “1. El Estado tiene competencia exclusiva sobre las siguientes materias: 16.ª Sanidad exterior. Bases y coordinación general de la sanidad. Legislación sobre productos farmacéuticos”. Hemos de reparar, por tanto, en lo que se ha entender por el concepto “legislación sobre productos farmacéuticos”. El Tribunal Constitucional, […]